DECRETO DE ALCALDIA N° 001 - Actualizan porcentajes correspondientes a los derechos del TUPA de la Municipalidad con relación al nuevo valor de la UIT para el año 2013

Fecha de disposición26 Enero 2013
Fecha de publicación26 Enero 2013
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 26 de enero de 2013
486962
Artículo Cuarto.- DISPONER las reservas de los
aportes para Recreación Pública, Renovación Urbana,
Parques Zonales, Ministerio de Educación y Municipalidad
Distrital, según datos indicados en el Cuadro de Areas que
se aprueba, para ser transferidos, en su oportunidad, a la
entidad competente, de acuerdo a ley.
Artículo Quinto.- DISPONER que Promotora Urbana
S.A.C., al concluir las obras de cada una de las etapas
del proyecto de habilitación urbana deberá solicitar la
recepción de obras, de acuerdo a lo indicado en el numeral
Artículo Sexto.- DISPONER la publicación de la
presente Resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano, cuyo
costo estará a cargo del administrado, en un plazo de (30)
días calendario contados a partir de su notif‌i cación.
Artículo Sétimo.- REMITASE, copia de la presente
Resolución a los interesados para las acciones de su
competencia.
Artículo Octavo.- REMITASE copia de la presente
resolución a Gerencia Municipal, Secretaria General,
Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia
de Administración y Finanzas de la Municipalidad Distrital
de Santa Rosa para las acciones de su competencia,
así como a la Zona Registral Nº IX-Sede Lima para su
respectiva inscripción.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
SANTOS P. CABALLERO CLAUDIO
Gerente de Desarrollo Urbano
893302-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Actualizan porcentajes correspondientes
a los derechos del TUPA de la
Municipalidad con relación al nuevo
valor de la UIT para el año 2013
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 001
La Punta, 15 de enero de 2013.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
LA PUNTA
VISTO:
El Informe Nº 004-2013-MDLP/OPP, y el Memorándum
Nº 021-2013-MDLP/OPP, de la Of‌i cina de Planeamiento y
Presupuesto;
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo establece el Artículo 194° de la Constitución
Política modif‌i cado por la Ley de Reforma Constitucional del
Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización- Ley
Nº 27680 y posteriormente modif‌i cado por la Ley Nº 28607,
las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de
Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia. En
concordancia con éste se pronuncia el Artículo II del Título
Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972,
que agrega que dicha autonomía radica en ejercer actos de
gobierno, administrativos y de administración, con sujeción
al ordenamiento jurídico, por lo que están sujetos a las leyes
y disposiciones que, de manera general y de conformidad
a la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y
funcionamiento del Sector Público, así como a las normas
técnicas referidas a los sistemas administrativos del Estado
que, por su naturaleza son de observancia y cumplimiento
obligatorios;
Que, de acuerdo a los Artículos 36º y ss. de la Ley
del Procedimiento Administrativo General, Nº 27444, los
procedimientos, requisitos y costos administrativos deben
ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de
Procedimientos Administrativos – TUPA, aprobados para
cada entidad, el cual comprende, entre otros, los supuestos
en que procede el pago de derechos de tramitación, con
indicación de su monto y forma de pago. El monto de
los derechos se expresará con relación a la UIT. Una vez
aprobado el TUPA, toda modif‌i cación que no implique
la creación de nuevos procedimientos, incremento de
derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por
Decreto de Alcaldía, publicándose dicha modif‌i cación;
Que, en este contexto, se aprobó el Texto Único de
Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad
Distrital de la Punta, mediante la Ordenanza Municipal Nº
001-2008-MDLP/ALC, publicada el 29 de marzo de 2008,
modif‌i cado con Decreto de Alcaldía Nº 005-2008-MDLP/
ALC, Decreto de Alcaldía Nº 002-2010-MDLP/ALC,
Decreto de Alcaldía Nº 003-2011-MDLP/ALC, Decreto de
Alcaldía Nº 004-2011-MDLP/ALC, Decreto de Alcaldía Nº
005-2011-MDLP/ALC y Decreto de Alcaldía Nº 01-2012-
MDLP/ALC, ratif‌i cado con Acuerdos de Concejo Nºs. 0063
y 244-2008 de la Municipalidad Provincial del Callao;
Que, con fecha 20 de diciembre de 2012, se publicó el
Decreto Supremo Nº 264-2012-EF, en cuyo Artículo 1º se
determina el valor de la Unidad lmpositiva Tributaria (UIT)
como índice de referencia en normas tributarias en Tres
Mil Setecientos y 00/100 Nuevos Soles (S/.3,700.00),
durante el año 2013;
Que, de acuerdo al Artículo 4º del Decreto Supremo Nº
062-2009-PCM, que aprobó el Formato del Texto Único de
Procedimientos Administrativos (TUPA) y que establece
precisiones para su aplicación, la modif‌i cación del valor
de la UIT no implica la modif‌i cación automática del monto
de los derechos de tramitación contenidos en el TUPA, por
lo que dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a
la vigencia de la modif‌i cación de dicho valor, las entidades
deberán efectuar la reconversión de los nuevos términos
porcentuales aplicables como resultado de la división del
monto de cada derecho de tramitación vigente, entre el
nuevo valor de la UIT;
Que, en ese sentido, dentro del marco legal descrito, la
Of‌i cina de Planeamiento y Presupuesto presenta a través
de los documentos de vistos, el proyecto de TUPA que
reajusta los porcentajes correspondientes a los derechos
de pago de sus procedimientos administrativos a la nueva
UIT 2013, a f‌i n de conservar los montos históricos en el
mencionado documento de gestión;
Que, de acuerdo al numeral 6) del artículo 20º de la
Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, es atribución
del Alcalde dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con
sujeción a las leyes y ordenanzas;
Estando a lo expuesto, de acuerdo con el Informe Nº 005
-2013-MDLP/OAJ, de la Of‌i cina de Asesoría Jurídica, con el
visto de ésta y la Of‌i cina de Planeamiento y Presupuesto,
y de conformidad con las facultades conferidas por la Ley
Orgánica de Municipalidades, Nº 27972;
SE RESUELVE:
Artículo Primero: ACTUALIZAR los porcentajes de
la UIT correspondientes a los derechos del Texto Único
de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad
de la Punta vigente, con relación al nuevo valor de Tres
Mil Setecientos y 00/100 Nuevos Soles (S/.3,700.00) de
la UIT para el año 2013, según Anexo que forma parte
integrante del presente Decreto.
Artículo Segundo: ENCARGAR el cumplimiento del
presente Decreto a los órganos involucrados a cargo de
ejecutar los procedimientos en el TUPA.
Articulo Tercero: ENCARGAR a la Of‌i cina de Secretaria
General y Archivo, la publicación del presente Decreto de
Alcaldía en el Diario Of‌i cial El Peruano y a la Unidad de
Tecnología de la Información, el mencionado dispositivo y
el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA,
actualizado, en el Portal de Servicios al Ciudadano y
Empresas - PCSE (www.serviciosalciudadano.gob.pe),
en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en
el Portal Institucional (www.munilapunta.gob.pe)
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
PIO SALAZAR VILLARAN
Alcalde
893351-1

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