DECRETO SUPREMO N° 026-2011-EM - Suspenden la admisión de Petitorios Mineros en el territorio de las provincias de Chucuito, El Collao, Puno y Yunguyo del departamento de Puno

Fecha de publicación29 Mayo 2011
Fecha de disposición29 Mayo 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 29 de mayo de 2011 443457
2008-MINCETUR/DM, modif‌i cada por las Resoluciones
Ministeriales Nº 092-2010-MINCETUR/DM y Nº 1051-
2010-RE;
Que, mediante el documento del Visto, la Viceministra
de Turismo ha presentado la propuesta de Plan Anual de
Promoción y Desarrollo Turístico Nacional correspondiente
al año 2011, aprobado por el Comité Especial en su Sesión
Ordinaria Nº 02-2010, el cual se ajusta a los márgenes de
f‌i nanciamiento establecidos en el numeral 3.2 del artículo
3 del Reglamento de la Ley Nº 27889, aprobado por
Decreto Supremo Nº 007-2003-MINCETUR, modif‌i cado
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27790 Ley
de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio
Exterior y Turismo, la Ley Nº 27889, Ley que crea el
Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y
Desarrollo Turístico Nacional y su Reglamento;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Promoción y
Desarrollo Turístico Nacional para el año 2011, conforme
a los términos de los Anexos 1 y 2, en tres (3) y un (1)
folios, respectivamente, que debidamente visados y
sellados forman parte integrante de la presente Resolución
Ministerial.
Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente
Resolución Ministerial en el Diario Of‌i cial El Peruano,
y sus Anexos en el Portal Institucional del MINCETUR
(www.mincetur.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO FERREYROS KÜPPERS
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
645875-1
ENERGIA Y MINAS
Suspenden la admisión de Petitorios
Mineros en el territorio de las provincias
de Chucuito, El Collao, Puno y Yunguyo
del departamento de Puno
DECRETO SUPREMO
N° 026-2011-EM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Ley Nº 26821, Ley Orgánica para el aprovechamiento
sostenible de los recursos naturales, el Estado es el
responsable de velar para que el otorgamiento del derecho
de aprovechamiento sostenible de los recursos naturales
se realice en armonía con el interés de la Nación, el bien
común y dentro de los límites y principios establecidos en
la ley y en las normas reglamentarias sobre la materia;
Que, asimismo, de conformidad con el artículo 44º de
la Constitución Política del Perú son deberes primordiales
del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos
humanos; proteger a la población de las amenazas
contra su seguridad; y promover el bienestar general que
se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y
equilibrado de la Nación;
Que, en el marco del proceso de diálogo entre
representantes del Poder Ejecutivo y las autoridades
regionales y locales del departamento de Puno se ha
manifestado la necesidad de efectuar las acciones
tendientes a estudiar la situación de las concesiones
mineras en las provincias de Chucuito, El Collao,
Puno y Yunguyo en una Comisión Multisectorial,
haciéndose necesario adoptar medidas que garanticen
la implementación de las medidas que esta Comisión
proponga;
Que, en tal sentido, se hace necesaria la suspensión
de la admisión de petitorios mineros en las provincias de
Chucuito, El Collao, Puno y Yunguyo del departamento de
Puno por un plazo de doce meses;
De conformidad con el numeral 8 del artículo 118 de la
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto de la norma
Suspender la Admisión de Petitorios Mineros en el
territorio de las provincias de Chucuito, El Collao, Puno y
Yunguyo del departamento de Puno por un plazo de doce
meses.
Artículo 2.- Refrendo
El presente decreto supremo será refrendado por el
Ministro de Energía y Minas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho
días del mes de mayo del año dos mil once.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA
Ministro de Energía y Minas
646346-1
INTERIOR
Designan Subdirector de Administración
de Armas de la DICSCAMEC
RESOLUCION MINISTERIAL
N° 0569-2011-IN/1701
Lima, 26 de mayo de 2011
VISTO, el Of‌i cio N° 8993-2011-IN-1707/1 del 09 de
mayo del 2011, formulado por el Director General de
Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas,
Munición y Explosivos de Uso Civil del Ministerio del
Interior;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 005-2009-
IN/1701 del 09 de enero del 2009 se designó al Mayor de la
Policía Nacional del Perú Roger Moisés PEREZ OBLITAS
en el cargo público de conf‌i anza de Director del Programa
Sectorial I, Nivel F-2, Subdirector de Administración de
Armas de la Dirección General de Control de Servicios de
Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de
Uso Civil del Ministerio del Interior;
Que, se .ha visto por conveniente dar por concluida
la designación, del Mayor PNP ® Roger Moisés PEREZ
OBLITAS en el cargo público de conf‌i anza de Director
de Programa Sectorial l, Nivel F-2, Subdirector de
Administración de Armas de la Dirección General de
Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas,
Munición y Explosivos de Uso Civil del Ministerio del
Interior,
Que, resulta necesario designar al Comandante PNP
Willian Henry SANTOS ZEVALLOS en el cargo público de
conf‌i anza de Director de Programa Sectorial I, Nivel F-2,
Subdirector de Administración de Armas, a f‌i n de garantizar
el normal funcionamiento de la citada Subdirección de la
Dirección General de Control de Servicios de Seguridad,
Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil del
Ministerio del Interior;
Que, el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley N°
establece que la autoridad podrá disponer en el mismo

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