RESOLUCION Nº 03-2010/CNB-INDECOPI - Reemplazan Normas Técnicas Peruanas sobre harina de pescado y cuero por las NTP sobre alimentos para animales y equipo de protección personal

Fecha de disposición10 Abril 2010
Fecha de publicación10 Abril 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 10 de abril de 2010 416959
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
NACIONAL N° 709/INC
Lima, 30 de marzo de 2010
CONSIDERANDO:
Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo
Público Descentralizado del Sector Educación, con
personería jurídica de derecho público interno; responsable
de la promoción y desarrollo de las manifestaciones
culturales del país y de la investigación, preservación,
conservación, restauración, difusión y promoción del
patrimonio cultural de la Nación;
Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296
- Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala
que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de
registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la
Nación dentro del ámbito de su competencia;
Que, mediante Informe Nº 1166-2008-SDIC-DA-
DREPH/INC, de fecha 16 de julio de 2008, la Sub
Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de
Arqueología de la Dirección solicita la declaratoria como
patrimonio cultural de la Nación del sitio arqueológico
Paredones, elaborado en el marco del “Proyecto de
investigación arqueológica en Paredones-Cajamarca”, a
cargo del Dr. Shinya Watanabe, con R.N.A. Nº BW-0140 y
la Lic. Milagros Echevarría Jara, con R.N.A. Nº CE-0239;
Que, mediante Acuerdo Nº 0525 de fecha 24 de julio
de 2008, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología
acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto
Nacional de Cultura se declare patrimonio cultural de
la Nación al sitio arqueológico Paredones, asimismo se
apruebe su respectivo expediente técnico;
Estando a lo visado por el Director de Gestión, el
Director de Arqueología y el Director de la Of‌i cina de
Asuntos Jurídicos;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296,
Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto
Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento
de Organización y Funciones del Instituto Nacional de
Cultura; Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que
aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas,
modif‌i cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nación
al monumento arqueológico prehispánico cuya ubicación
se detalla en el siguiente cuadro:
Departamento Cajamarca
Provincia San Pablo
Nombre del
sitio
arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18
UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte
Paredones San
Bernardino 0739532.835 9202755.968 0739275.706 9202392.988
Artículo 2º.- Aprobar el expediente técnico (plano
de delimitación, memoria descriptiva y f‌i cha técnica)
del monumento arqueológico prehispánico Paredones,
ubicado en el distrito de San Bernardino, provincia de
San Pablo, departamento de Cajamarca, de acuerdo a los
planos, áreas y perímetros siguientes:
Nombre del sitio
arqueológico
Nº de Plano
en Datum
PSAD56
Nº de Plano
en Datum
WGS84
Área
(m2) Área
(ha) Perímetro
(m)
Paredones P-2 P-2 78212.08 7.82 1487.82
Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del
Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y
en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de
Propiedad Estatal (SINABIP) la condición de patrimonio
cultural de la Nación del monumento arqueológico
prehispánico mencionado en el artículo 1º y de los planos
señalados en el artículo 2º de la presente resolución.
Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva,
caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o
agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese
afectar o alterar el paisaje del monumento arqueológico
prehispánico declarado patrimonio cultural de la Nación,
deberá contar con la aprobación previa del Instituto
Nacional de Cultura.
Artículo 5º.- Remítase copia fedateada de la presente
resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial,
autoridades políticas y civiles correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese
CECILIA BÁKULA BUDGE
Directora Nacional
478095-3
ORGANISMOS TECNICOS
ESPECIALIZADOS
INSTITUTO NACIONAL DE
DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROTECCION DE LA
PROPIEDAD INTELECTUAL
Reemplazan Normas Técnicas Peruanas
sobre harina de pescado y cuero por las
NTP sobre alimentos para animales y
equipo de protección personal
RESOLUCIÓN
COMISIÓN DE NORMALIZACIÓN Y DE
FISCALIZACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES
NO ARANCELARIAS
Nº 03-2010/CNB-INDECOPI
Lima, 25 de marzo de 2010
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el Artículo 28º de la
Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada
mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Artículos 4º al
11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización
y Acreditación, aprobada mediante el Decreto Legislativo
1030, y en el Reglamento de esta última Ley, aprobado
mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde
a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de
Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad
de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las
Normas Técnicas recomendables para todos los sectores
y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de
los Comités Técnicos de Normalización;
Que, las actividades de Normalización deben
realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta
para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas
que f‌i gura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos
Técnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado
a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa
26407. Dicho Código viene siendo implementado por la
Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización,
del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y
Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento
de Comités Técnicos de Normalización, aprobados
mediante Resolución 048-2008/CNB-INDECOPI;
Que, el Reglamento de Elaboración y Aprobación
de Normas Técnicas Peruanas vigente, establece en su
artículo 15 que las Normas Técnicas Peruanas serán
revisadas periódicamente para lograr su actualización;
Que, de conformidad con la reglamentación anterior,
acorde con la vigente, se ha venido ejecutando el Plan de
Revisión y Actualización de Normas Técnicas Peruanas
con el objeto de poner a disposición de los usuarios normas
técnicas conf‌i ables que satisfagan sus expectativas;
Que, toda vez que las actividades de elaboración
y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben
realizarse con la participación de representantes de todos
los sectores involucrados: producción, consumo y técnico,
constituidos en Comités Técnicos de Normalización,
la Comisión conformó los siguientes Comités Técnicos

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