RESOLUCION N° 024-2012-PCM-SG/ - Aprueban Directiva que norma el Procedimiento de Consultas de las Entidades Públicas a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros

Fecha de disposición23 Noviembre 2012
Fecha de publicación23 Noviembre 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 23 de noviembre de 2012
479182
una oportunidad para desarrollar la colaboración entre
los países, a f‌i n de ayudar a alcanzar nuevos niveles
de desarrollo económico y social a través de servicios
de telecomunicaciones ef‌i cientes y mediante el
establecimiento de un Reglamento de Telecomunicaciones
Internacionales (RTI) pertinente y útil que permita enfrentar
los desafíos que plantea la dinámica cambiante de las
tecnologías de la información y las telecomunicaciones
(TIC);
Que, la importancia de esta conferencia radica, entre
otros temas, en la revisión del actual RTI, que sirve como
tratado mundial vinculante en el que se describen los
principios mediante los que se rige el tráf‌i co internacional
de voz, datos y vídeo; y establece las bases para la
innovación continua y el crecimiento del mercado;
Que, el OSIPTEL, en su calidad de miembro activo de
las Of‌i cinas de Desarrollo (UIT-D) y Normalización (UIT-T)
de la UIT, participa permanentemente en las actividades
convocadas por dicho organismo; y asimismo, forma parte
de las decisiones y recomendaciones internacionales
del sector de telecomunicaciones, en el marco de sus
competencias;
Que, la asistencia del OSIPTEL a esta reunión de
carácter global se considera fundamental, a f‌i n de dar
continuidad a los acuerdos que se establezcan en el
marco de este espacio de debate estratégico y tomar
conocimiento de las políticas internacionales que los
Miembros adopten para el futuro;
Que, la asistencia coordinada con el Ministerio de
Transportes y Comunicaciones – MTC, representante of‌i cial
del Estado Peruano en la UIT, permitirá presentar la posición
of‌i cial de nuestro país en un contexto mundial de debate sobre
temas estratégicos del sector de las telecomunicaciones, en
el marco de la discusión de la nueva propuesta de RTI y su
aprobación durante el evento;
Que, la participación del señor Alejandro Martín Moscol
Salinas en la citada cumbre se considera fundamental,
en la medida que el OSIPTEL ha venido participando
en las reuniones preparatorias previas realizadas
en otros contextos internacionales, tales como las
propuestas interamericanas presentadas en la Comisión
Interamericana de Telecomunicaciones – CITEL;
Que, la participación del señor Moscol Salinas se
realizará durante el periodo comprendido por los días 03
al 09 de diciembre del año en curso, a f‌i n de integrar la
delegación conformada por el OSIPTEL y el MTC que
presentará la posición de nuestro país en las negociaciones
y propuestas a debatirse respecto a las políticas globales
de telecomunicaciones del futuro;
Que, los gastos de viaje, TUUA y viáticos serán
cubiertos por el OSIPTEL, con cargo a su presupuesto
institucional. Cabe precisar que, conforme a lo establecido
por el marco legal vigente, este viaje se realizará en
categoría económica;
De conformidad con lo establecido por la Ley Nº
27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior
de funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo
y su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº
047-2002-PCM; y la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el año f‌i scal 2012 y;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Alejandro
Martín Moscol Salinas, Especialista en Políticas
Regulatorias del Organismo Supervisor de Inversión
Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, a la ciudad
de Dubái, Emiratos Árabes Unidos, del 01 al 10 de
diciembre de 2012, para los f‌i nes expuestos en la parte
considerativa de la presente resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente resolución se efectuarán con cargo al
presupuesto institucional del OSIPTEL, de acuerdo al
siguiente detalle:
CONCEPTO DEL GASTO IMPORTE
DÓLARES AMERICANOS
1VIATICOS 2,340.00
2IMPORTE DE PASAJE (INCLUYE
TUUA) 3,104.92
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario
deberá presentar a su institución un informe detallado
describiendo las acciones realizadas, los resultados
obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos
entregados.
Artículo 4º.- La presente Resolución no otorga derecho
a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de
ninguna clase o denominación.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
870180-7
Aprueban Directiva que norma el
Procedimiento de Consultas de las
Entidades Públicas a la Secretaría de
Gestión Pública de la Presidencia del
Consejo de Ministros
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL
N° 024-2012-PCM-SG/
Lima, 20 de noviembre de 2012
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización
de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano
en proceso de modernización en sus diferentes
instancias, dependencias, entidades, organizaciones
y procedimientos, con la f‌i nalidad de mejorar la gestión
pública y construir un Estado democrático, descentralizado
y al servicio del ciudadano;
Que, de conformidad con los artículos 36° y 37°
del Reglamento de Organización y Funciones de la
Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, la Secretaría de
Gestión Pública es el órgano competente en materia de
funcionamiento y organización del Estado, simplif‌i cación
administrativa, ética y transparencia, en concordancia
con las normas de modernización, racionalización,
descentralización del Estado, control interno y código
de ética de la función pública; además tiene entre
sus funciones, emitir opinión técnica en materia de
su competencia, y aprueba directivas en materia de
funcionamiento y organización del Estado, ética y
transparencia;
Que, en ese sentido, a f‌i n de canalizar adecuadamente
las solicitudes de opinión técnica que realicen las
entidades públicas, resulta necesario establecer los
lineamientos para la atención de las consultas respecto
a las competencias a cargo de la Secretaría de Gestión
Pública;
Que de acuerdo a la delegación de facultades
establecida por el numeral 1.1 del artículo 1° de la
Resolución Ministerial N° 011-2012-PCM, corresponde
al Secretario General de la Presidencia del Consejo de
Ministros aprobar directivas y/o manuales, así como
todo documento normativo que regule los actos de
administración interna, elaboración de documentos
de gestión, trámites internos, lineamientos técnicos-
normativos y metodologías, orientados a optimizar los
procedimientos administrativos de carácter interno a
cargo de la Presidencia del Consejo de Ministros;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº
Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado,
el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y la Resolución
Ministerial N° 011-2012-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobación.
Apruébese la Directiva Nº 003-2012-SG/SGP, DIRECTIVA
QUE NORMA EL PROCEDIMEINTO DE CONSULTAS

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