126 767-2006 - Aceptan renuncia del Banco Interbank como fiduciario de patrimonios fideicometidos constituidos por activos del Banco Latino en Liquidación y por cartera transferida al amparo del D.S. Nº 099-99-EF

Fecha de disposición28 Junio 2006
Fecha de publicación28 Junio 2006
NORMAS LEGALES
El Peruano
miércoles 28 de junio de 2006 322671
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Provisional en el Distrito Judicial del Cono Norte, en el
Despacho de la Décima Tercera Fiscalía Provincial Penal
del Cono Norte.
Artículo Tercero.- Nombrar como Fiscales Adjuntos
Provinciales Provisionales en el Distrito Judicial del Cono
Norte, en el Despacho de la Décima Tercera Fiscalía
Provincial Penal del Cono Norte, a los doctores:
- César Ernesto León Moreno.
- Jenny Roxana Schiaffino Falconi.
Artículo Cuarto.- Nombrar a la doctora Isabel Quispe
Ramos, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito
Judicial de Loreto, en el Despacho de la Fiscalía Provincial
Mixta de Requena.
Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente
Resolución, a los Fiscales Superiores Decanos de los
Distritos Judiciales del Cono Norte y Loreto, Gerencia
General, Gerencia Central de Recursos Humanos,
Gerencia de Registro de Fiscales y a los Fiscales
mencionados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA
Fiscal de la Nación
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RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA
NACIÓN Nº 815-2006-MP-FN
Lima, 27 de junio de 2006
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales
Supremos Nº 033-2006-MP-FN-JFS de fecha 8 de junio
del 2006, se crearon Fiscalías de carácter permanente
en los Distritos Judiciales a nivel nacional, las mismas
que deberán despachar con sus homólogos del Poder
Judicial.
Que, al encontrarse vacante las plazas de Fiscales
Provinciales y Fiscales Adjuntos Provinciales, de la
Segunda Fiscalía Provincial Civil y de Familia de
Ayacucho y Segunda Fiscalía Penal Supraprovincial de
Ayacucho, Distrito Judicial de Ayacucho, se hace
necesario cubrir los referidos Despachos con los
Fiscales que asuman provisionalmente el cargo.
Estando a las facultades concedidas por el Artículo
64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del
Ministerio Público;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Modificar la denominación de la
Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Ayacucho, en
Primera Fiscalía Provincial Civil y de Familia de
Ayacucho.
Artículo Segundo.- Nombrar a la doctora María
Asunción Jara Huayta, como Fiscal Provincial Provisional
en el Distrito Judicial de Ayacucho, en el Despacho de la
Segunda Fiscalía Provincial Civil y de Familia de
Ayacucho.
Artículo Tercero.- Nombrar al doctor Gerardo Jack
Sánchez Gallozo, como Fiscal Adjunto Provincial
Provisional en el Distrito Judicial de Ayacucho, en el
Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Civil y de
Familia de Ayacucho.
Artículo Cuarto.- Modificar la denominación de la
Fiscalía Provincial Penal Supraprovincial de Ayacucho,
en Primera Fiscalía Provincial Penal Supraprovincial de
Ayacucho
Artículo Quinto.- Nombrar al doctor Rubén Marino
López López, como Fiscal Provincial Provisional en
el Distrito Judicial de Ayacucho, en el Despacho de
la Segunda Fiscalía Penal Supraprovincial de
Ayacucho.
Artículo Sexto.- Nombrar al doctor Carlos Antonio
Zaravia Palomino, como Fiscal Adjunto Provincial
Provisional en el Distrito Judicial de Ayacucho, en el
Despacho de la Segunda Fiscalía Penal Supraprovincial
de Ayacucho.
Artículo Sétimo.- Hacer de conocimiento la presente
Resolución, al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial
de Ayacucho, Gerencia General, Gerencia Central de
Recursos Humanos, Gerencia de Registro de Fiscales
y a los Fiscales mencionados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA
Fiscal de la Nación
11359
S B S
Aceptan renuncia del Banco Interbank
como fiduciario de patrimonios
fideicometidos constituidos por activos
del Banco Latino en Liquidación y por
cartera transferida al amparo del
D.S. Nº 099-99-EF
RESOLUCIÓN SBS Nº 767-2006
Lima, 16 de junio de 2006
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS
Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
VISTA:
La Carta del 28 de diciembre de 2005, recibida por
esta Superintendencia el 3 de enero de 2006, mediante
la cual el Banco Internacional del Perú - Interbank presentó
su renuncia al cargo de fiduciario de los fideicomisos 1 y
2 de los activos y pasivos del Banco Latino. Asimismo, el
Informe Nº 35-2006-DACEL de fecha 22 de mayo de
2006, elaborado por el Departamento de Administración
de Carteras y Empresas en Liquidación, de esta
Superintendencia; así como el Informe Nº 347-2006-LEG
de fecha 2 de mayo del año en curso emitido por la
Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución SBS Nº 321-2001 del 30
de abril de 2001, y como consecuencia de su
incorporación al Programa de Consolidación del Sistema
Financiero aprobado por Decreto de Urgencia Nº 108-
2000, se autorizó al Banco Latino a que en el marco de
un proceso de reorganización societaria simple realice
la segregación de un bloque patrimonial, conformado
por activos y pasivos (incluida la cuenta patrimonial), y
lo aporte al Interbank para que éste administre dicho
bloque en calidad de fiduciario;
Que, mediante Contratos de Fideicomiso de fechas
20 de abril de 2001 y 23 de mayo de 2001,
respectivamente, se efectuó y perfeccionó la
constitución de los fideicomisos 1 y 2, el primero,
constituido por todos los activos del Banco Latino en
Liquidación - BLL provisionados al 100% y el segundo,
por la cartera de BLL transferida al amparo del Decreto
Supremo Nº 099-99-EF y los activos no incorporados
en el patrimonio de Interbank en el proceso de
reorganización simple que fuera implementado entre
el BLL e Interbank;
Que, los patrimonios fideicometidos 1 y 2 comentados
en el considerado anterior, se constituyeron con la
finalidad de generar recursos para atender las
acreencias, en el primer caso, del Ministerio de Economía

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