DECRETO SUPREMO N° 136-2010-EF - Autorizan Transferencia de Partidas a favor de los Pliegos de los Gobiernos Locales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010.

Fecha de publicación27 Junio 2010
Fecha de disposición27 Junio 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 27 de junio de 2010 421331
AGRICULTURA
Aprueban relación de proyectos de
inversión no iniciados y que han sido
priorizados por el Ministerio para ser
ejecutados
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 011-2010-AG
Lima, 26 de junio de 2010
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 037-2010 se
establecen medidas en materia económica y f‌i nanciera en
los Pliegos del Gobierno Nacional para el cumplimiento de
las metas f‌i scales del Año Fiscal 2010;
Que, el numeral 3.1 del artículo 3º de la citada norma,
establece que los proyectos de inversión pública que no
hayan iniciado su ejecución sólo podrán ser ejecutados hasta
un veinticinco por ciento (25%) del monto global asignado
en conjunto a tales proyectos en el presente Año Fiscal;
disponiendo asimismo, que el Titular del Pliego priorizará los
proyectos de inversión no iniciados que se f‌i nanciarán con
cargo a dicho porcentaje en el presente Año Fiscal, los que
serán aprobados mediante Resolución Suprema;
Que, en el marco de lo dispuesto en el numeral 2.3 del
artículo 2º del citado Decreto de Urgencia, la Dirección General
del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas,
en atención a lo solicitado por el Ministerio de Agricultura,
comunica mediante el Of‌i cio Nº 168-2010-EF/76.09, el nuevo
límite de gastos de los proyectos de inversión sin ejecución,
establecido para el Pliego 013: Ministerio de Agricultura,
en la suma de VEINTISEIS MILLONES TRESCIENTOS
DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 26 318 287,00), como límite
máximo de gasto en el presente Año Fiscal;
Que, asimismo, de acuerdo con las coordinaciones
efectuadas con la Titular del Ministerio de Economía y
Finanzas, los Programas y Proyectos de Inversión con
Contratos de Préstamos: 2.040812 Riego Tecnif‌i cado
del Proyecto Subsectorial de Irrigación - JBIC, 2.094974
Rehabilitación y Mejoramiento de los Sistemas de Riego -
JBIC y 2.046380 Programa de Apoyo de Alianzas Rurales
Productivas en la Sierra-Aliados, están exceptuados del límite
de gasto establecido en el citado Decreto de Urgencia, por lo
que el nuevo límite de gasto de los proyectos de inversión sin
ejecución, del Pliego 013: Ministerio de Agricultura, alcanza
la suma de DOCE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA
Y SEIS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 12 676 279,00);
Que, resulta necesario aprobar la relación de proyectos
de inversión no iniciados, que han sido priorizados por
el Pliego 013: Ministerio de Agricultura, para que sean
f‌i nanciados con el veinticinco por ciento 25% del monto
global asignado en conjunto a tales proyectos en el
presente Año Fiscal;
De conformidad con el numeral 8) del artículo 118º
de la Constitución Política del Perú y lo establecido en el
Decreto de Urgencia Nº 037-2010;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la relación de proyectos de
inversión no iniciados y que han sido priorizados por
el Pliego 013: Ministerio de Agricultura, para que sean
ejecutados, hasta por la suma de DOCE MILLONES
SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS
SETENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 12
676 279,00) de acuerdo al Anexo adjunto que forma parte
de la presente Resolución.
Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Agricultura.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
ADOLFO DE CÓRDOVA VÉLEZ
Ministro de Agricultura
ANEXO
SECTOR 13: AGRICULTURA
PROYECTOS PRIORIZADOS QUE ESTÁN SIN EJECUCIÓN - AÑO 2010
(EN NUEVOS SOLES)
FUENTE DE FINANCIAMIENTO: RECURSOS PÚBLICOS
PLIEGO / UNIDAD EJECUTORA / 2. PROYECTO Proyecto
Priorizado
013: MINISTERIO DE AGRICULTURA 12,676,279
001: MINISTERIO DE AGRICULTURA-ADMINISTRACIÓN CENTRAL 1,908,810
2024506: CONSTRUCCIÓN DE LA MICROREPRESA
YANAHURAN 1,847,510
2042122: SIEMBRA Y CONSERVACIÓN DE PASTOS Y
FORRAJES 61,300
006: PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIÓN - PSI 259,223
2105704: MEJORAMIENTO CANAL DE RIEGO SAN FRANCISCO
II, DISTRITO BELLA UNIÓN - PROVINCIA CARAVELÍ - AREQUIPA 259,223
014: BINACIONAL PUYANGO - TUMBES 1,335,988
2027853: CONSTRUCCIÓN POZO TUBULAR Y MEJORAMIENTO
SISTEMA DE RIEGO NUEVO PROGRESO MATAPALO 31,613
2028969: CONSTRUCCIÓN POZO TUBULAR Y MEJORAMIENTO
SISTEMA DE RIEGO PUERTO UÑA DE GATO AGUAS VERDES 35,092
2087462: MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE CAPTACIÓN DE LA
IRRIGACIÓN PUERTO EL CURA 1,269,283
016: SIERRA CENTRO SUR 1,080,000
2001222: CONSTRUCCIÓN Y MEJORAMIENTO CAMINO RURAL
CHACRALLA-AMAYCCA-UMASI 1,080,000
021: PICHIS PALCAZU 8,092,258
2016076: SISTEMA DE IRRIGACIÓN PANGOA 6,758,745
2016077: SISTEMA DE IRRIGACIÓN ZOTANI 6,255
2094684: ENCAUZAMIENTO Y DEFENSA RIBEREÑA RÍO TORO
- SECTOR PUENTE SAN CARLOS LA MERCED 1,027,258
2094941: PROYECTO DE IRRIGACIÓN MAZAMARI 300,000
Fuente SIAF - Transparencia Económica - MEF
Elaborado por: OPP/UPRES
512619-4
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas a
favor de los Pliegos de los Gobiernos
Locales en el Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2010
DECRETO SUPREMO
N° 136-2010-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29465 – Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2010, se aprueba,
entre otros, el presupuesto del Pliego 036 Ministerio de
Transportes y Comunicaciones;
Que, en el Presupuesto Institucional de dicho Pliego
Presupuestario, Unidad Ejecutora Provías Descentralizado,
se han asignado recursos para la ejecución de proyectos
de inversión relacionados a construcción, mejoramiento y
rehabilitación de carreteras en los Gobiernos Regionales
o los Gobiernos Locales;
Que, el artículo 14º de la Ley Nº 29465, establece que
excepcionalmente, en el Año Fiscal 2010, los recursos
públicos asignados en los presupuestos institucionales
de las entidades del Gobierno Nacional para la
ejecución de proyectos de inversión en los Gobiernos
Regionales o los Gobiernos Locales, se transf‌i eren
bajo la modalidad de modif‌i cación presupuestaria en el
nivel institucional, aprobada mediante decreto supremo
refrendado por el Ministro del Sector correspondiente y
el Ministro de Economía y Finanzas, previa suscripción
de convenio;
Que, asimismo, la norma señalada establece que
previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de
inversión pública deben contar con la viabilidad respectiva
en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública,
SNIP, y que cada pliego presupuestario del Gobierno

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