ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL RESOLUCION Nº 037-2013-OEFA/PCD - Designan Asesora de SecretarIa General del OEFA RESOLUCION Nº 037-2013-OEFA/PCD

Fecha de disposición15 Marzo 2013
Fecha de publicación15 Marzo 2013
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 15 de marzo de 2013
490934
encuentren aprobados, según lo dispuesto en los artículos
124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto
Supremo Nº 018-92-EM;
Que, por Decreto Supremo 008-2007-EM se
aprueba la fusión del Instituto Nacional de Concesiones
y Catastro Minero – INACC con el Instituto Geológico,
Minero y Metalúrgico – INGEMMET, correspondiéndole al
Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET la
calidad de entidad incorporante;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 035-2007-EM
del 05 de julio del 2007, se aprobó el Reglamento de
Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y
Metalúrgico – INGEMMET;
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124º
aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el
artículo 24 del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; y
Con la visación de la Dirección de Concesiones
Mineras;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Publíquese en el Diario Ocial El
Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron
aprobados en el mes de Febrero del año 2013, de acuerdo
a la relación adjunta que es parte integrante de la presente
resolución y para los efectos a que se contraen los artículos
124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto
Supremo Nº 018-92-EM. Asimismo, la presente Resolución
se publicará en el Portal Institucional del Instituto Geológico,
Minero y Metalúrgico (www.ingemmet.gob.pe).
Regístrese y publíquese.
V. MAURICIO MARIN APONTE
Director
Ocina de Asesoría Jurídica
911562-1
ORGANISMO DE EVALUACION
Y FISCALIZACION AMBIENTAL
Designan Asesora de Secretaría General
del OEFA
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO
DIRECTIVO
Nº 037-2013-OEFA/PCD
Lima, 14 de marzo de 2013
CONSIDERANDO:
Que, el Literal e) del Artículo 15° del Reglamento de
Organización y Funciones del Organismo de Evaluación
y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto
Supremo N° 022-2009-MINAM, establece que corresponde
al Presidente del Consejo de Directivo designar y remover
a los funcionarios y asesores de la entidad;
Que, encontrándose vacante el cargo de Asesor
de Secretaría General del Organismo de Evaluación y
Fiscalización Ambiental - OEFA resulta necesario designar
al funcionario que desempeñará dicho cargo;
Contando con el visado de la Secretaría General y de
la Ocina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594
- Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en
el nombramiento y designación de funcionarios públicos,
y en uso de la atribución conferida por el Literal e) del
Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones
del OEFA aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009-
MINAM;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Designar a la abogada MARÍA LUISA
EGÚSQUIZA MORI en el cargo de Asesora de Secretaría
General del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental
- OEFA, con efectividad a partir del 15 de marzo de 2013.
Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente
Resolución en el Diario Ocial El Peruano y en el Portal
Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización
Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC
Presidente del Consejo Directivo
912320-1
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Autorizan viaje de trabajadores de la
SUNAT a Qatar para participar en la
Primera Ronda de Negociaciones con
relación a la suscripción y aplicación
de un Convenio para Evitar la Doble
Tributación y Prevenir la Evasión Fiscal
entre Perú y el Estado de Qatar
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 091-2013/SUNAT
Lima, 14 de marzo de 2013
CONSIDERANDO:
Que mediante Ocio Nº 069-2013-EF/15.01 de fecha
20 de febrero de 2013, la Viceministra de Economía del
Ministerio de Economía y Finanzas, cursa invitación a la
Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración
Tributaria - SUNAT para que participe en la primera ronda
de negociaciones para la suscripción de un Convenio para
Evitar la Doble Imposición Tributaria y Prevenir la Evasión
Fiscal entre Perú y el Estado de Qatar, que se llevará a cabo
en la ciudad de Doha, Estado de Qatar, del 19 al 21 de marzo
del 2013;
Que el citado evento tiene por nalidad que los Estados
acuerden reglas de atribución de potestad tributaria con
relación al Impuesto a la Renta, a n de evitar que una
misma ganancia pueda resultar gravada por más de un
Estado; asimismo, establecer entre ambos Estados,
mecanismos de colaboración e intercambio de información
entre sus respectivas administraciones tributarias a n de
fortalecer sus labores de scalización y enfrentar la evasión
scal, y por último, consolidar bilateralmente un marco
normativo predecible y seguro, generando un ambiente
más favorable para los inversionistas;
Que en esta primera ronda de negociaciones, se
discutirán los modelos presentados por los países de
Perú y el Estado de Qatar, buscando alcanzar importantes
acuerdos en lo que corresponde a las deniciones de
establecimiento permanente y residencia; el tratamiento
de las rentas empresariales, de personas naturales y de
las empresas vinculadas; la distribución de potestades
tributarias y el mecanismo de intercambio de información
entre Administraciones Tributarias;
Que en tal sentido, siendo de interés institucional para
la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos
de esta naturaleza, mediante Memoranda N.os 177-2013-
SUNAT/4B0000 y 032-2013-SUNAT/200000 del 6 y 7 de
marzo de 2013 respectivamente, la Intendencia Nacional
Jurídica y la Superintendencia Nacional Adjunta de
Tributos Internos, designaron a los trabajadores Enrique
Pintado Espinoza, Gerente de la Gerencia de Dictámenes
Tributarios de la Intendencia Nacional Jurídica, e
Irving Ojeda Álvarez, Profesional II de la Gerencia de
Fiscalización Internacional y Precios de Transferencia de
la Intendencia Nacional de Cumplimiento Tributario, como
representantes de la SUNAT para que participen en el
mencionado evento;
Que el numeral 1 de la Séptima Disposición
Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la
SUNAT, aprobada por Ley Nº 29816, dispone que mediante
Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus
propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no

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