ORDENANZA N° 454-MSS - Aprueban el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Santiago de Surco

Fecha de publicación27 Julio 2013
Fecha de disposición27 Julio 2013
El Peruano
Sábado 27 de julio de 2013 500217
Que, con Memorándum Nº 785-2013-GR-MDSJM de
fecha 24 de julio del 2013 la Gerencia de Rentas, remite el
proyecto de Decreto de Alcaldía de prórroga del plazo hasta
el 31 de Agosto de 2013, de la vigencia de la Ordenanza
Municipal Nº 249-MDSJM que otorga Benef‌i cios
Tributarios Temporales en el Distrito a los contribuyentes
que cumplan con regularizar sus obligaciones tributarias
de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales.
Que, estando a lo expuesto en el Memorándum Nº 785-
2013-GR-MDSJM de fecha 24 de julio del 2013, emitido
por la Gerencia de Rentas, y a la normatividad vigente,
corresponde que mediante Decreto de Alcaldía, se apruebe
la Prórroga del plazo hasta el 31 de Agosto de 2013, de la
vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 249-MDSJM que
otorga Benef‌i cios Tributarios Temporales en el Distrito a los
contribuyentes que cumplan con regularizar sus obligaciones
tributarias de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales.
Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica es de la opinión
que mediante Decreto de Alcaldía se Apruebe la prórroga
del plazo hasta el 31 de Agosto de 2013, de la vigencia de la
Ordenanza Municipal Nº 249-MDSJM que otorga Benef‌i cios
Tributarios Temporales en el Distrito a los contribuyentes
que cumplan con regularizar sus obligaciones tributarias de
Impuesto Predial y Arbitrios Municipales.
En uso de las facultades conferidas en el por el
Numeral 6) del Artículo 20º y el Artículo 42 de la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 27972,
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de
Agosto de 2013, la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº
249-MDSJM que otorga Benef‌i cios Tributarios Temporales
en el Distrito a los contribuyentes que cumplan con
regularizar sus obligaciones tributarias de Impuesto
Predial y Arbitrios Municipales.
Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia
de Rentas la implementación del presente Decreto de
Alcaldía a Secretaria General la publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano y a la Gerencia de Tecnología de la
Información y Estadística su publicación en la página web
de esta Entidad Municipal.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ADOLFO OCAMPO VARGAS
Alcalde
968064-1
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Aprueban el Reglamento Interno del
Concejo Municipal de Santiago de
Surco
ORDENANZA Nº 454-MSS
Santiago de Surco, 24 de julio de 2013
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión
Ordinaria de la fecha;
VISTO: El Dictamen Nº 021-2013-CGM-CAJ-MSS de
las Comisiones de Gestión Municipal y de Asuntos Jurídicos,
la Carta Nº 2156-2013-SG-MSS de la Secretaría General,
la Resolución Nº 520-2013-JNE del Jurado Nacional de
Elecciones, entre otros documentos, sobre proyecto de
Reglamento Interno del Concejo Municipal de Santiago de
Surco; y,
CONSIDERANDO:
Estado, modif‌i cada por la Ley de Reforma Constitucional,
Ley Nº 27680 y la Ley de Reforma, Ley Nº 28607, establece
que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos
de gobierno local con autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el numeral 3) del Artículo 9º de la Ley Nº
27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que:
“Corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de
organización interior y funcionamiento del gobierno local”;
asimismo el numeral 12) del citado Artículo, establece que
corresponde al Concejo Municipal “Aprobar por Ordenanza
el Reglamento interno del Concejo Municipal”, concordante
con en el Artículo 40º de la misma norma, que señala
“Las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y
distritales, en la materia de su competencia, son las normas
de carácter general de mayor jerarquía en la estructura
normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba
la organización interna, la regulación, administración,
supervisión de los servicios públicos y las materias en las
que la municipalidad tienen competencia normativa. (…)”;
Que, con Ordenanza Nº 301-MSS, publicada
el 24.01.2008 se aprobó el Reglamento Interno del
Concejo;
Que, en sesiones conjuntas de las Comisiones de Gestión
Municipal y Asuntos Jurídicos de fechas 08 y 22.07.2013, fue
vista la Carta Nº 2156-2013-SG-MSS de la Secretaría General
del 26.06.2013, que adjunta la Resolución Nº 520-2013-JNE
del 30.06.2013 del Jurado Nacional de Elecciones;
Que, se torna, necesario aprobar un nuevo
Reglamento Interno de Concejo, que precise su régimen
interior acorde a la normatividad vigente y que actualice el
funcionamiento interno del Concejo Municipal, así como el
Reglamento de Comisiones, a efectos de hacerlo más ágil
y expeditivo en sus decisiones;
Que, de conformidad con el numeral 3.2) del inciso 3)
Directiva Nº 005-2009-MSS aprobada mediante Resolución
Nº 220-2009-RASS, el presente proyecto de Ordenanza se
encuentra exceptuado de prepublicación, dado que la norma
propuesta tiene como objeto la aprobación del Reglamento
Interno del Concejo Municipal de Santiago de Surco, norma
de carácter interno, que incorpora la normatividad vigente
para el funcionamiento del Concejo Municipal;
Estando al Dictamen Nº 021-2013-CGM-CAJ-MSS
de las Comisiones de Gestión Municipal y de Asuntos
Jurídicos, a lo dispuesto en los Artículos 9º numerales
3) y 8), 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y
aprobación del Acta, por MAYORÍA aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL
REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO
MUNICIPAL DE SANTIAGO DE SURCO
Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento Interno
del Concejo Distrital de Santiago de Surco, el mismo que
consta de Índice, 5 Títulos, 12 Capítulos, 7 Subcapítulos
y 123 Artículos, conforme al Anexo Único adjunto, el cual
forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- DERÓGUESE la Ordenanza
Nº 301-MSS y demás dispositivos que se opongan a la
presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- LA PRESENTE Ordenanza entrará
en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en
el Diario Of‌i cial El Peruano.
POR TANTO:
Mando que se registre, publique, comunique y
cumpla.
ROBERTO GOMEZ BACA
Alcalde
ANEXO ÚNICO
DE LA ORDENANZA Nº 454-MSS
REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO
MUNICIPAL DE SANTIAGO DE SURCO
ÍNDICE
TÍTULO I:
DISPOSICIONES GENERALES
TÍTULO II:
DEL CONCEJO
CAPÍTULO I:
DEL ALCALDE

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