ORDENANZA N° 1804 - Aprueban Ordenanza que desafecta bien de uso público en el distrito de San Borja

EmisorMUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Fecha de la disposición18 de Agosto de 2014
El Peruano
Lunes 18 de agosto de 2014
530300
PROYECTO MONTO FTE.FTO MINISTERIO
-Instalación de Defensa
Ribereña en el Río Conde-
bamba – Sector Chingol,
distrito de Cachachi, Caja-
bamba.
-Instalación de Defensa
Ribereña en el Río Caja-
marquino – Sector El Olivo
y Machilcucho, distrito de
Cachachi, Cajabamba
– Cajamarca.
-Instalación de Defensa Ri-
bereña en el Río Chiminero
– Sector Chimín, distrito
de Cachachi, Cajabamba
– Cajamarca.
-S/. 1, 986.896.00
-S/. 2, 790.931.00
-S/. 2, 044,259.00
Recursos
Ordi-
narios
Ministerio de
Agricultura y
Riego.
Que, mediante Informe Legal Nº 040-2014-GR.CAJ/
DRAJ, de fecha 17 de junio del año 2014, formulado por
el Director Regional de Asesoría Jurídica, Abg. Glen Joe
Serrano Medina, emite opinión legal favorable a f‌i n que se
continúe con el procedimiento de Transferencia Financiera
a favor del Programa Sub Sectorial de Irrigaciones -
Ministerio de Agricultura y Riego, para la ejecución de los
Proyectos de inversión Pública: “Instalación de Defensa
Ribereña en el Río Condebamba – Sector Chingol, Distrito
de Cachachi, Cajabamba – Cajamarca”, “Instalación de
Defensa Ribereña en el Río Cajamarquino – Sector El
Olivo y Machilcucho, Distrito de Cachachi, Cajabamba
– Cajamarca”, e “Instalación de Defensa Ribereña en
el Río Chiminero – Sector Chimín, Distrito de Cachachi,
Cajabamba – Cajamarca”;
Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de
Bases de la Descentralización N° 27783; Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales Nº 27867, modif‌i cada por las Leyes
N° 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento
Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional
Cajamarca, aprobado por Ordenanza Regional Nº 005-
2014-GRCAJ-CR; el Pleno del Consejo Regional acordó:
Primero.- AUTORIZAR al Presidente del Gobierno
Regional Cajamarca (e) Dr. César Augusto Aliaga Díaz,
de acuerdo a la normatividad legal vigente, apruebe
mediante Resolución Ejecutiva Regional la Transferencia
Financiera por el monto de S/. 6, 822,086.00 (seis
millones, ochocientos veintidós mil, ochenta y seis con
00/100 nuevos soles), a favor del Ministerio de Agricultura
y Riego; siempre y cuando se cumpla con suscribir
el convenio respectivo, entre el Gobierno Regional
Cajamarca y Ministerio de Agricultura y Riego, de acuerdo
a lo dispuesto por la Ley N° 30114, para la ejecución de
los siguientes proyectos:
PROYECTO MONTO FTE.FTO MINISTERIO
-Instalación de Defensa
Ribereña en el Río Conde-
bamba – Sector Chingol,
distrito de Cachachi,
Cajabamba.
-Instalación de Defensa
Ribereña en el Río Caja-
marquino – Sector El Olivo
y Machilcucho, distrito de
Cachachi, Cajabamba
– Cajamarca.
-Instalación de Defensa
Ribereña en el Río Chimine-
ro – Sector Chimín, distrito
de Cachachi, Cajabamba
– Cajamarca.
-S/. 1, 986.896.00
-S/. 2, 790.931.00
-S/. 2, 044,259.00
Recursos
Ordinarios
Ministerio de
Agricultura y
Riego.
Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General
Regional, realice el seguimiento de la ejecución de los
Proyectos de inversión Pública: “Instalación de Defensa
Ribereña en el Río Condebamba – Sector Chingol, Distrito
de Cachachi, Cajabamba – Cajamarca”, “Instalación de
Defensa Ribereña en el Río Cajamarquino – Sector El
Olivo y Machilcucho, Distrito de Cachachi, Cajabamba
– Cajamarca”, e “Instalación de Defensa Ribereña en
el Río Chiminero – Sector Chimín, Distrito de Cachachi,
Cajabamba – Cajamarca”, a f‌i n de que se cumpla lo
estipulado en el Convenio suscrito con el Ministerio de
Agricultura y Riego, de acuerdo a lo establecido en el
primer artículo.
Tercero.- DISPONER que la Dirección Regional de
Administración, realice los trámites correspondientes para
la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario
Of‌i cial El Peruano, conforme a ley.
Cuarto.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del
Gobierno Regional Cajamarca disponga las acciones
necesarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
JUAN BARREDA SOTO
Consejero Delegado
Presidente del Consejo Regional
1124061-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Aprueban Ordenanza que desafecta
bien de uso público en el distrito de
San Borja
ORDENANZA N° 1804
LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA:
POR CUANTO
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA:
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 5 de
agosto de 2014 el Dictamen Nº 41-2014-MML-CMDUVN
de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano,
Vivienda y Nomenclatura y el Dictamen Nº 70-2014-MML-
CMAL de la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales
Aprobó la siguiente:
ORDENANZA
QUE DESAFECTA UN BIEN DE USO PÚBLICO
EN EL DISTRITO DE SAN BORJA
Artículo Único.- Desafectar el Uso de Suelo de un
área de 2,566.34 m2, ubicado entre las cuadras 4 y 5
impar con frente al Jr. Paseo del Bosque (Urb. Chacarilla
del Estanque VI Etapa) distrito de San Borja, provincia y
departamento de Lima, promovido por la Municipalidad
Distrital de San Borja, conforme se indica en el Plano
adjunto al Informe N° 012-2014-MML-GDU-SPHU-DD,
de la División de Desafectaciones de la Subgerencia de
Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de
Desarrollo Urbano de la MML.
POR TANTO
Mando se registre, publique y cumpla.
En Lima, 5 de agosto de 2014
SUSANA VILLARÁN DE LA PUENTE
Alcaldesa
1124530-1

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