Ordenanza Nº 620-2023-MDB. Ordenanza que aprueba derechos de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Barranco

Fecha de publicación23 Enero 2024
SecciónSección Única
Aprueban la conformación de la Junta Electoral a cargo de conducir el proceso electoral para la elección de los representantes titulares y suplentes de los/as servidores/as civiles ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo-CSST de la Autoridad Nacional de Infraestructura

Barranco, 8 de noviembre del 2023


POR CUANTO:


El Concejo Municipal del distrito de Barranco, en Sesión Extraordinaria de la fecha y;


VISTOS:


El memorándum Nº 1490-2023-GPPM-MDB, de fecha 03 de noviembre del 2023 y el informe Nº 0113-2023-GPPM-MDB de fecha 07 de noviembre del 2023 emitidos por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el informe Nº 0539- 2023-GAJ-MDB de fecha 07 de noviembre del 2023, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el proveído Nº 0096-2023-GM-MDB y el memorándum Nº 0850-2023-GM-MDB, ambos de fecha 07 de noviembre del 2023, emitidos por la Gerencia Municipal; y,


CONSIDERANDO:


Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, de acuerdo al numeral 4) del artículo 200º de la Constitución Política del Perú;


Que, el tercer párrafo del artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece la formalidad que debe revestir la potestad legislativa en materia tributaria, disponiendo que las tasas y contribuciones deben ser ratificados por la Municipalidad Provincial, procedimiento que, para el caso de la provincia de Lima se encuentra establecido en la Ordenanza Nº 2386-MML, la cual regula el procedimiento de ratificación de las ordenanzas aprobadas por las municipalidades distritales de la provincia de Lima que crean, modifican o regulen tasas o contribuciones dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones;


Que, en los numerales 1) y 3) del artículo 40º del TUO de la Ley Nº 27444, Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, regulan que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente, en el caso de gobiernos locales, mediante Ordenanza Municipal, los mismos que deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA);


Que, en los numerales 2) y 3) del artículo 44º de la precitada norma legal, establecen la forma para la publicación del TUPA, señalando que la norma que lo aprueba se publica en el diario oficial El Peruano, y el TUPA, así como la disposición legal de aprobación, se publican obligatoriamente en el portal del diario oficial El Peruano y adicionalmente se difunde a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo portal institucional


Que, a través del Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM1 concordante con la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 003-2010-PCM-SGP2, se establece la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las entidades públicas;


Que, el artículo 1º del Decreto Legislativo Nº 1203, Decreto Legislativo que crea el sistema único de trámites (SUT) para la simplificación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, establece: “Créase el Sistema Único de Trámites (SUT) como herramienta informática para la elaboración, simplificación y estandarización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), así como el repositorio oficial de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, con su correspondiente información sustentatoria, formulados por las entidades de la Administración Pública.”;


Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 001-2020-PCM-SGP, se resuelve aprobar la actualización del Manual de Usuario del Sistema Único de Tramites (SUT), documento orientador que establece los lineamientos generales y pasos que faciliten el registro, integración, optimización y la generación del repositorio oficial de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad en el marco del proceso de elaboración del TUPA, así como la determinación de sus derechos de tramitación, reemplazando al aplicativo “Mi costo”;


Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, se resuelve aprobar los lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), en los cuales, se regula que el órgano responsable de la elaboración de los instrumentos de gestión o el que haga sus veces, se encuentra a cargo del proceso de elaboración y formulación del TUPA, responsabilidad que recae en la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Modernización. Asimismo, el sustento legal y de la adecuada determinación de los costos corresponden a los titulares de las Oficinas de Asesoría Jurídica y Administración y finanzas, responsabilidades que recaen en la Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Administración y Finanzas, respectivamente;


Que, mediante Ordenanza Nº 389-MDB y su modificatoria Ordenanza Nº 391-MDB, del 26 de junio del 2013 y 22 de agosto del 2013 respectivamente, se aprueban los procedimientos, servicios administrativos brindados en exclusividad, requisitos y derechos de trámite contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Barranco, ratificado mediante Acuerdo de Concejo Nº 2474-MML de fecha 12 de noviembre del 2013;


Que, producto de modificaciones de los dispositivos normativos que regulan los procedimientos y servicios aprobados, la adecuación al porcentaje de la UIT, así como de modificaciones en la estructura orgánica, el TUPA fue modificado a través del Decreto de Alcaldía Nº 007-2014-MDB, Decreto de Alcaldía Nº 002-2016-MDB, Decreto de Alcaldía Nº 009-2016-MDB, Ordenanza Nº 465-MDB, Decreto de Alcaldía Nº 010-2017-MDB, Decreto de Alcaldía Nº 003-2018-MDB, Decreto de Alcaldía Nº 015-2021-MDB y Decreto de Alcaldía Nº 004-2022-MDB;


Que, mediante Ordenanza Nº 601-2023-MDB, se aprobó la Ordenanza que aprueba derechos de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, contenidos en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Barranco, la misma que se remitió a la Municipalidad Metropolitana de Lima iniciando su proceso de ratificación;


Que, mediante Oficio Nº D000041-2023-SAT-GAJ, el Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) informa la culminación de la revisión del expediente de ratificación del TUPA de la Municipalidad Distrital de Barranco, disponiendo el reingreso de la solicitud una vez subsanando las observaciones efectuadas.


Que, bajo ese contexto, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, mediante memorándum Nº1490-2023-GPPM-MDB remite el proyecto de Ordenanza que aprueba los Procedimientos Administrativos, Servicios Prestados en Exclusividad, Requisitos y Derechos de Tramitación contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), conforme a la normatividad vigente; justificación técnica que cuenta con opinión legal favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica según se advierte del informe Nº539-2023-GAJ-MDB; y que cuenta con la opinión favorable...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR