Ordenanza Nº 593-2023-MDB. Ordenanza que regula el procedimiento para la ampliación de autorización en área de uso público para la realización de obras de instalación, ampliación o mantenimiento de infraestructura para prestación de servicios públicos (no vinculados a telecomunicaciones) en el distrito de Barranco

Fecha de publicación26 Abril 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Barranco, 29 de marzo del 2023

POR CUANTO:

El Concejo Municipal del distrito de Barranco, en Sesión Ordinaria de la fecha y;

VISTOS:

El Informe N° 059-2023-SGOPV-GDU-MDB de fecha 23 de marzo del 2023 emitido por la Subgerencia de Obras Públicas y Vial, el Informe N° 031-2023-GDU-MDB de fecha 23 de marzo del 2023 emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe N° 163-2023-GAJ-MDB emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorando N° 198-2023-GM-MDB de fecha 28 de marzo del 2023 emitido por la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que: “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”;

Que, el artículo , numeral 8) de la Ley 27972, establece que son atribuciones del Concejo Municipal, aprobar, modificar o derogar Ordenanzas;

Que, el artículo 40° de la precitada Ley, señala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;

Que, el artículo 79° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece las competencias de los gobiernos provinciales y locales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo;

Que, el inciso 3.2 del numeral 3 del artículo 79° de la Ley N° 27972, señala que son funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales las de autorizar y fiscalizar la ejecución del plan de obras de servicios públicos o privados que afecten o utilicen la vía pública o zonas aéreas, así como sus modificaciones; previo cumplimiento de las normas sobre impacto ambiental;

Que, el artículo 3° de la Ley N° 30477, Ley que regula la ejecución de obras de servicios públicos autorizadas por las municipalidades en las áreas de dominio público, señala que las empresas públicas, privadas y mixtas prestadoras de servicios públicos están obligadas a solicitar a la municipalidad correspondiente la autorización bajo responsabilidad;

Que, las unidades de organización competentes, consideran necesario actualizar la normatividad vigente en el distrito de Barranco, con la finalidad de contar con un documento normativo que tenga por objeto establecer el procedimiento para...

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