Ordenanza Nº 557 /MDSMP. Ordenanza que establece incentivos tributarios

Fecha de publicación03 Noviembre 2023
SecciónSección Única
Autorizan viaje de Cadetes de la Marina de Guerra del Perú a EE.UU., en misión de estudios

San Martín de Porres, 30 de octubre de 2023


EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES


VISTOS; En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; Dictamen N° 011-2023-COPLANIFI-REG/MDSMP de la Comisión de Planificación y Finanzas; Informe N° 368-2023-SGRTYCD-GAT/MDSMP de fecha 09 de octubre de 2023 emitido por la Subgerencia de Recaudación Tributaria y Control de la Deuda; Informe N° 076-2023-GAT-MDSMP de fecha 20 de octubre de 2023 de la Gerencia de Administración Tributaria; Informe N° 220-2023-OGAJ/MDSMP de fecha 23 de octubre de 2023 de la Oficina General de Asesoría Jurídica, Proveído N° 594-2023 GM/MDSMP de fecha 23 de octubre de 2023 de la Gerencia Municipal y su Reglamento de Organización Interno del Concejo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 304-MDSMP; y,


CONSIDERANDO:


Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo que conforme al artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la indicada autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;


Que, el artículo 74º de la misma norma constitucional establece que los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; en concordancia con el segundo párrafo de la norma IV del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF que señala que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley;


Que, el inciso 8 del artículo de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas, siendo que su inciso 9 establece que es también su atribución crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencia y derechos, conforme a Ley;


Que, el artículo 41º del Código...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR