Ordenanza N° 498-MVES y Acuerdo de Concejo N° 560. Ordenanza que crea el régimen tributario del arbitrio municipal de barrido de calles y lo establece para el ejercicio fiscal 2024 en el distrito de Villa El Salvador

Fecha de publicación22 Diciembre 2023
SecciónSección Única
SEPARATA ESPECIAL
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE VILLA EL SALVADOR
ORDENANZA N° 498-MVES
ORDENANZA QUE CREA EL
RÉGIMEN TRIBUTARIO DEL ARBITRIO
MUNICIPAL DE BARRIDO DE CALLES
Y LO ESTABLECE PARA
EL EJERCICIO FISCAL 2024 EN EL
DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 560
Viernes 22 de diciembre de 2023
NORMAS LEGALES
“AÑO DE LA UNIDAD, LA PAZ Y EL DESARROLLO”
FUNDADO EL 22 DE OCTU BRE DE 1825 POR EL LIBERTADOR SI MÓN BOLÍVAR
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 22/12/2023 07:21
2NORMAS LEGALES Viernes 22 de diciembre de 2023
El Peruano
/
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 560
Lima, 15 de diciembre de 2023
EL TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión extraordinaria de la fecha, acordó lo siguiente;
VISTO: El Of‌i cio Nº D000470-2023-SAT-JEF de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de Lima –
SAT del 28 de noviembre de 2023, que remite el expediente de ratif‌i cación digital de la Ordenanza Nº 498-MVES,
que crea el régimen tributario del arbitrio de barrido de calles para el ejercicio f‌i scal 2024 en el distrito de Villa El
Salvador, y;
CONSIDERANDO:
Que, en los artículos 74 y 195 de la Constitución Política del Perú y en la Norma IV del Código Tributario, se establece
que los gobiernos locales mediante ordenanza pueden crear, modif‌i car y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar
éstas, dentro de su jurisdicción, y con los límites que señala la Ley; asimismo el artículo 40 de la Ley Orgánica de
Municipalidades, dispone que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben
ser ratif‌i cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad;
Que, en aplicación de la Ordenanza Nº 2386-2021 que aprueba el procedimiento de ratif‌i cación de ordenanzas tributarias
en el ámbito de la provincia de Lima, la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobó la ordenanza objeto de la
ratif‌i cación, remitiéndola conjuntamente con el expediente de ratif‌i cación digitalizado al SAT, con carácter de declaración
jurada;
Que, a través del Informe Nº D000127-2023-SAT-ART del 27 de noviembre de 2023, el Área Funcional de Ratif‌i caciones
de la Gerencia de Asuntos Jurídicos del SAT opinó favorablemente respecto a la ratif‌i cación solicitada, por cumplir con
los requisitos exigidos y las normas aplicables;
Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según los artículos 9 y
41 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por el SAT y por la Comisión
Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, a través de su Dictamen Nº 111-2023-MML/CMAEO; el Concejo
Metropolitano de Lima, por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta;
ACORDÓ:
Artículo 1.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 498-MVES, que crea el régimen tributario del arbitrio de barrido de calles para
el ejercicio f‌i scal 2024 en el distrito de Villa El Salvador.
Artículo 2.- El presente acuerdo ratif‌i catorio, para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su
publicación hasta el 31 de diciembre de 2023, así como del texto íntegro de la ordenanza ratif‌i cada, incluido el informe
técnico. La aplicación de la ordenanza materia de la presente ratif‌i cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva
responsabilidad de los funcionarios de dicha municipalidad distrital.
Artículo 3.- ENCARGAR al Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) que, posterior al cumplimiento del citado
requisito de publicación, efectúe la publicación del presente acuerdo a través de su página web (www.sat.gob.pe), así
como del Informe del SAT.
Artículo 4.- ENCARGAR a la Of‌i cina de Gobierno Digital la publicación del presente acuerdo en el Portal Institucional:
www.munlima.gob.pe.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
RENZO ANDRÉS REGGIARDO BARRETO
Teniente Alcalde

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