Ordenanza Nº 481/MDSJM. Ordenanza que prorroga el plazo para la presentación de la declaración jurada del impuesto predial 2023

Fecha de publicación28 Febrero 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
San Juan de Miraflores, 27 de febrero de 2023

EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES

POR CUANTO:

En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha se trató el proyecto de Ordenanza que prorroga el plazo de presentación de la Declaración Jurada de Impuesto Predial del Ejercicio 2023; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo Único de la Ley Nº 30305, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades - que señala la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas que tienen rango de ley de acuerdo al artículo 200º, numeral 4) de la Carta Magna;

Que, el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades, establece que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal;

Que, el artículo 14º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y modificatorias, señala que los contribuyentes están obligados a presentar anualmente su Declaración Jurada del Impuesto Predial, hasta el último día hábil del mes de febrero, salvo que la municipalidad establezca una prórroga;

Que, el artículo 88º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 113-2013-EF y sus normas modificatorias, establece que: “La declaración tributaria es la manifestación de hechos comunicados a la Administración Tributaria en la forma establecida por Ley, Reglamento, Resolución de Superintendencia o norma de rango similar, la cual podrá constituir la base para la determinación de la obligación tributaria”;

Que, mediante Informe Nº 411-2023-SGRCOC-GAT/MDSJM, la Subgerencia de Registro, Control y Orientación al Contribuyente solicita prorrogar hasta el último día hábil del mes de marzo del presente año, la respectiva Declaración Jurada de Impuesto Predial, en la medida que se encontraron diversos problemas en la emisión de la ordenanza que aprueba el régimen de arbitrios municipales del Ejercicio 2023, emitido por la...

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