Ordenanza Nº 469-MDPH. Derogan la Ordenanza N° 421-MDPH y restituyen vigencia de la Ordenanza N° 242-2013-MDPH, que declara zona de riesgo geológico la Zona Este del distrito de Punta Hermosa y dispone la suspensión de todas las actividades administrativas o constructivas en dicho sector del distrito
Fecha de publicación | 10 Febrero 2023 |
Sección | Separatas de Normas Legales |
Punta Hermosa 30 de enero del 2023
EL CONCEJO MUNICPAL DE PUNTA HERMOSA
VISTO:
En Sesión de Ordinaria de Concejo 30 de enero del 2023, el Informe Nº 0020-2023-SGDCyGRD-GDUCT-MDPH de la Sub Gerencia de Defensa Civil y Gestión de Riesgo de Desastres, el Informe Nº 005-2023-GDUCT/MDPH, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Control Territorial y el Informe Nº017-2023-2023 OAJ/MDPH; y,
CONSIDERANDO
Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el Art 194 de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 28607 y en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Organiza de Municipalidades – Ley Nº 27972
Que, el Art IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, refiere que (…) Los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción.
Que, el Artículo VIII de Título Preliminar de la LOM, prescribe que, (…) Los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público; así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio. Las competencias y funciones específicas municipales se cumplen en armonía con las políticas y planes nacionales, regionales y locales de desarrollo.
Que, el Artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, prescribe, (…) Principio de legalidad, Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas.
Que, mediante Ley Nº 29664 se crea la Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y preparación y atención ante situaciones de desastres mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres.
Que, el Art 4º de la Ley Nº 29664...
EL CONCEJO MUNICPAL DE PUNTA HERMOSA
VISTO:
En Sesión de Ordinaria de Concejo 30 de enero del 2023, el Informe Nº 0020-2023-SGDCyGRD-GDUCT-MDPH de la Sub Gerencia de Defensa Civil y Gestión de Riesgo de Desastres, el Informe Nº 005-2023-GDUCT/MDPH, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Control Territorial y el Informe Nº017-2023-2023 OAJ/MDPH; y,
CONSIDERANDO
Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el Art 194 de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 28607 y en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Organiza de Municipalidades – Ley Nº 27972
Que, el Art IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, refiere que (…) Los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción.
Que, el Artículo VIII de Título Preliminar de la LOM, prescribe que, (…) Los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público; así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio. Las competencias y funciones específicas municipales se cumplen en armonía con las políticas y planes nacionales, regionales y locales de desarrollo.
Que, el Artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, prescribe, (…) Principio de legalidad, Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas.
Que, mediante Ley Nº 29664 se crea la Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y preparación y atención ante situaciones de desastres mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres.
Que, el Art 4º de la Ley Nº 29664...
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