ORDENANZA N° 457-MDJM - Modifican el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Jesús María
Fecha de publicación | 20 Marzo 2015 |
Fecha de disposición | 20 Marzo 2015 |
El Peruano
Viernes 20 de marzo de 2015 549025
MUNICIPALIDAD CP SANTA
MARIA DE HUACHIPA
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº
112-MCPSMH, que aprobó beneficio
de regularización tributaria en el C.P.
Santa María de Huachipa
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 002.15-MCPSMH
Santa María de Huachipa, 28 de febrero del 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO
POBLADO DE SANTA MARIA DE HUACHIPA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 112-MCPSMH del 16 de
Octubre del 2014, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano
el 24 de octubre de 2014, se establecieron benefi cios
tributarios para facilitar a los contribuyentes del Centro
Poblado de Santa María de Huachipa, la regularización y
cumplimiento de sus obligaciones, además en el artículo
9 de la mencionada Ordenanza Municipal, se delega al
Despacho de Alcaldía la facultad de prorrogar a través
del Decreto de Alcaldía la vigencia de los benefi cios
concedidos.
Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la
Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de
Asesoría Jurídica y la Gerencia Municipal, en ejercicio de
las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº
27972 le confi ere;
DECRETA:
Artículo 1º.- PRORROGAR, la vigencia de los
benefi cios otorgados mediante Ordenanza Nº 112-
MCPSMH, hasta el 30 de Marzo de 2015.
Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y la
Gerencia de Administración Tributaria y demás miembros
de la corporación municipal, el cumplimiento del presente
Decreto.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MIGUEL ANGEL MALAGA CUADROS
Alcalde
1213259-1
Prorrogan fechas de vencimiento para
el pago de los Arbitrios e Impuesto
Predial del ejercicio fiscal 2015
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 003.15-MCPSMH
Santa María de Huachipa, 28 de febrero de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO
POBLADO DE SANTA MARIA DE HUACHIPA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 113-MCPSMH del 27 de
enero del 2015, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano
el 08 de Febrero de 2015, se aprueban las fechas de
vencimientos para el pago de Arbitrios e Impuesto Predial
2015, además de fi jarse los costos de emisión mecanizada
y la distribución con la determinación de las mismas a los
contribuyentes del C.P. Santa María de Huachipa para el
cumplimiento de sus obligaciones.
Que, en las disposiciones fi nales de la mencionada
Ordenanza Municipal, se delega en el Despacho de
Alcaldía la facultad de prorrogar lo establecido en el
Articulo Nº 2 de dicho texto acreditado, con relación al
vencimiento de la Primera Cuota que dice 28 Febrero
2013, que se modifi cará al 31 de Marzo del 2015, a través
de un Decreto de Alcaldía si así lo amerita.
Que, estando a lo expuesto en el Informe Nº 026-
2015/ GAT/MCPSMH y con el Visto Bueno de la Gerencia
Municipal, la Gerencia de Administración Tributaria,
Gerencia de Asesoría Jurídica; y en ejercicio de las
facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº
27972 le confi ere;
DECRETA:
Artículo 1º.- PRORROGAR la vigencia de los
vencimientos otorgados mediante Ordenanza Municipal
Nº 0113-MCPSMH, hasta el 31 de Marzo de 2015, para el
pago total o primera cuota del Predial y Arbitrios 2015.
Artículo 2º.-. ENCARGAR a la Gerencia Municipal,
Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de
Desarrollo Urbano y demás miembros de la Corporación
Municipal el cumplimiento del presente Decreto.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MIGUEL ANGEL MALAGA CUADROS
Alcalde
1213259-2
MUNICIPALIDAD DE
JESÚS MARÍA
Modifican el Reglamento Interno del
Concejo Municipal de Jesús María
ORDENANZA Nº 457-MDJM
Jesús María, 10 de marzo del 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE JESÚS MARÍA
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE JESÚS MARÍA
VISTO; el Dictamen Nº 001-2015-MDJM-CAJ de la
Comisión de Asuntos Jurídicos en Sesión Ordinaria de
Concejo de la fecha, con el voto unánime de los señores
Regidores y con dispensa del Trámite de Lectura y
Aprobación del Acta; y,
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades gozan de autonomía
política, económica y administrativa para los asuntos de
su competencia, conforme lo reconoce el artículo 194º de
la Constitución Política del Estado, en concordancia con
lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la
Que, a través de la Ordenanza Nº 453-MDJM, se
aprobó el Reglamento Interno del Concejo Municipal
de Jesús María, el cual está conformado por diez (10)
capítulos, noventa y cuatro (94) artículos, una (01)
Disposición Transitoria y dos (02) Disposiciones Finales;
Que, de conformidad con el numeral 16.1 del artículo 16º
de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General, el acto administrativo es efi caz a partir de que la
notifi cación legalmente realizada produce sus efectos. Al
respecto, el artículo 20º del referido cuerpo legal, señala
las modalidades de notifi caciones que la administración
puede emplear, precisándose en el numeral 20.1.2, que
la notifi cación se puede realizar mediante telegrama,
correo certifi cado, telefax; o cualquier otro medio que
permita comprobar fehacientemente su acuse de recibo
y quien lo recibe, siempre que el empleo de cualquiera de
estos medios hubiese sido solicitado expresamente por el
administrado;
Que, de acuerdo a lo normado, nuestra legislación
considera la modalidad de notifi cación electrónica;
por lo que, a fi n de mejorar nuestros procedimientos
administrativos en materia de notifi caciones con ahorro
de tiempo y mayor accesibilidad, haciéndola ésta más
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