ORDENANZA N° 442-MPL - Aprueban Programa Temporal Especial para el cumplimiento de obligaciones tributarias en el distrito de Pueblo Libre

EmisorMUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Fecha de la disposición19 de Julio de 2015
557755
NORMAS LEGALES
Domingo 19 de julio de 2015
El Peruano
/
VISTO:
El Memorándum Nº 062-2015-GSC/MDMM de
la Gerencia de Servicios Comunales, el Informe Nº
049-2015-GPP-MDMM de la Gerencia de Planeamiento y
Presupuesto y el Informe Nº 390-2015-GAJ-MDMM de la
Gerencia de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo dispuesto en los Artículos
2º y 67º de la Constitución Política del Perú, es deber
primordial del Estado garantizar el derecho de toda
persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado
al desarrollo de su vida, siendo el Estado el que determina
la Política Nacional del Ambiente, promoviendo el uso
racional de los recursos naturales;
Que, el Artículo I del Título preliminar de la Ley Nº
28611, Ley General del Ambiente, establece que toda
persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un
ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno
desarrollo de la vida, y el deber de contribuir a una efectiva
gestión ambiental y de proteger el ambiente, así como sus
componentes, asegurando particularmente la salud de las
personas en forma individual y colectiva, la conservación
de la diversidad biológica, el aprovechamiento sostenible
de los recursos naturales y el desarrollo sostenible del
país;
Que la Ley General de Residuos sólidos - Ley Nº
27314, modi cada por el Decreto Legislativo Nº 1065,
en su Artículo 10º dispone el rol y las obligaciones de las
Municipalidades, entre ellas se encuentra comprendida el
de plani car la gestión integral de los Residuos Sólidos
del ámbito de su jurisdicción, compatibilizando los planes
de Manejo de Residuos Sólidos de su distritos con las
políticas de Desarrollo local y Regional y sus respectivos
Planes de acondicionamiento territorial y de desarrollo
Urbano. Asimismo las municipalidades distritales y
las provinciales en lo que concierne a los distritos del
cercado son responsables por la prestación de los
servicios de recolección y transporte de los residuos
sólidos municipales y de la limpieza de vías, espacios y
monumentos públicos en su jurisdicción;
Que, el Reglamento de la Ley General de Residuos
Sólidos, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-
2004-PCM, señala en el numeral 2 del Artículo 8º, que
las municipalidades distritales deben asegurar una
adecuada prestación del servicio de limpieza, recolección
y transporte de residuos en su jurisdicción, debiendo
garantiza la adecuada disposición nal de los mismos;
Que, por Ley Nº 29419 de fecha 7 de Octubre de 2009
se aprobó la Ley que regula la actividad de los recicladores,
estableciendo que los Gobiernos locales, provinciales y
distritales deben encargarse de establecer las políticas y
medidas destinadas a la gestión ecológicamente e ciente
de los residuos sólidos en su respectiva jurisdicción;
Que, teniendo en cuenta la Ordenanza Nº 295-
MML, la Municipalidad Metropolitana de Lima, creo el
“Sistema Metropolitano de Gestión de Residuos Sólidos”,
siendo objeto de la misma establecer las disposiciones
que rigen los aspectos técnicos y administrativos del
Sistema Metropolitano de Gestión de Residuos Sólidos
y determinar las responsabilidades de las personas
naturales y jurídicas de derecho público y privado que
generan residuos sólidos, estableciéndose en su Artículo
2º que la misma de cumplimiento obligatorio por las
municipalidades distritales integrantes de la Municipalidad
Metropolitana de Lima, por quienes generan residuos
sólidos en la Provincia de Lima y por las personas naturales
y jurídicas de derechos público y privado que desarrollen
actividades vinculadas a la gestión de residuos sólidos;
Que con la nalidad de garantizar la gestión integral
y manejo sostenible de los residuos sólidos domiciliarios
y contribuir a la mejora de la calidad ambiental en el
distrito de Magdalena del Mar, la Gerencia de Servicios
Comunales presenta el Plan Anual de Manejo de Residuos
Sólidos 2015 y formula el “Estudio de Caracterización
de los Residuos Sólidos Domiciliarios del Distrito de
Magdalena del Mar”, al amparo de lo establecido en la Ley
General de Residuos Sólidos – Ley Nº 27314, modi cada
mediante Decreto Legislativo Nº 1065;
Que es facultad del concejo Municipal, establecida
en el numeral 29) del Artículo 9º de la Ley Orgánica
de Municipalidades Nº 27972, aprobar el régimen de
administración de sus bienes y rentas, entre otros,
asimismo de conformidad al numeral 35) del mismo
artículo, le corresponde las demás atribuciones conforme
a Ley;
Que, estando a lo expuesto, y de conformidad a lo
establecido en el Artículo 39º y 40º de la Ley Nº 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades y demás normatividad
aplicable y vigentes, con dispensa del trámite de lectura
y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó por
UNANIMIDAD la siguiente:
ORDENANZA
Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Manejo de
Residuos Sólidos Municipales en el Distrito de Magdalena
del Mar, que como Anexo forma parte de la presente
Ordenanza.
Artículo Segundo.- APROBAR el Estudio de
Caracterización de Residuos Sólidos del Distrito de
Magdalena del Mar, que como Anexo forma parte de la
presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- Mediante Resolución de Gerencia
se constituirá el equipo técnico municipal para formular o
actualizar el Plan de Manejo de Residuos Sólidos.
Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto cualquier norma de
igual o menor rango que se oponga a lo dispuesto en la
presente Ordenanza.
Artículo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de la
presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia
de Servicios Comunales y Gerencia de Planeamiento y
Presupuesto.
Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación.
Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Secretaria
General, la publicación de la presente Ordenanza
en el Diario O cial El Peruano y a la Sub Gerencia de
Informática y Estadística la publicación de la presente
Ordenanza en la página web de la Municipalidad: www.
munimagdalena.gob.pe y en el portal del Estado Peruano:
www.peru.gob.pe.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JAVIER OLAZABAL RAYA
Encargado del Despacho de Alcaldía
1264520-1
MUNICIPALIDAD DE
PUEBLO LIBRE
Aprueban Programa Temporal Especial
para el cumplimiento de obligaciones
tributarias en el distrito de Pueblo Libre
ORDENANZA Nº 442-MPL
Pueblo Libre, 17 de julio de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
PUEBLO LIBRE
POR CUANTO:
VISTO: en Sesión Ordinaria Nº 14 de la fecha, el
Dictamen Nº 004-2015-MPL-CPL-CODTAL de la Comisión
Ordinaria de Desarrollo Tributaria, Administrativo y Legal;
y,
CONSIDERANDO:
Perú establece que las Municipalidades Provinciales
y Distritales son órganos de Gobierno Local, tienen
autonomía política, económica y administrativa en
asuntos de su competencia y corresponde al Concejo
Municipal la función normativa, la cual se ejerce a través
de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme
al numeral 4) del artículo 200º de la Constitución Política
del Perú;
Que, de acuerdo a lo establecido por los artículos 195º
numeral 4) y 74º de la Constitución Política del Perú, en

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