ORDENANZA N° 435/MM - Establecen beneficios tributarios a favor de vecinos de la calle Lima y avenida Ernesto Diez Canseco del distrito de Miraflores

Fecha de publicación19 Febrero 2015
Fecha de disposición19 Febrero 2015
El Peruano
Jueves 19 de febrero de 2015 546995
Procedimiento de Ejecución Coactiva, no implica que
dichos cargos sean de conf‌i anza;
Que, mediante Informe Nº 00001-2015-MDLO/GR/EC/
KGARAY la Ejecutora Coactiva, solicita la designación de
un Auxiliar Coactivo, y reitera que existe vacante la plaza
de 01 Auxiliar Coactivo (Plaza CAP), el mismo que se
encuentra debidamente presupuestado, siendo necesario
realizar el concurso público de mérito conforme con la
normatividad legal vigente;
Que, mediante Informe Nº 002-2015-GR/MDLO de la
Gerencia de Rentas, reitera la solicitud de designación de
un Auxiliar Coactivo para la atención de la carga procesal
existente a nivel de coactivo, solicitando se proceda a la
aprobación de las bases por parte del Concejo Municipal,
conformación de Comité Evaluador, publicación y
desarrollo de la Convocatoria, selección de personal
establecido, así como su nombramiento con la diligencia
que el caso amerita, anexa el Proyecto de Bases del
Concurso Público para seleccionar un Auxiliar Coactivo
de la Municipalidad Distrital de Los Olivos;
Que, mediante Informe Nº 00034-2015/MDLO/
GA/SGRRHH la Sub Gerencia de Recursos Humanos
propone la creación de la Comisión del Concurso Público
de méritos, la cual estará conformada por un presidente
y dos miembros, quienes tendrán a su cargo las etapas
preparatoria, convocatoria y de selección del Proceso de
Contratación de 01 Auxiliar Coactivo, sujeto al régimen
laboral Público;
Que, mediante Informe Nº 35- 2015-MDLO/GAJ
la Gerencia de Asesoría Jurídica indica en el análisis
numeral 1 que las bases administrativas del Proceso de
Contratación de 01 Auxiliar Coactivo se encuentran acorde
a las normativas vigentes y concluye que es procedente
aprobar mediante Acuerdo de Concejo pertinente con el
f‌i n de proseguir el trámite correspondiente para tal f‌i n.
Estando a lo expuesto, y en cumplimiento de lo
dispuesto en el Artículo 9º numeral 8) y Artículo 41º, de
la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto
unánime de los miembros del Concejo Municipal y con la
dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta.
ACUERDA:
Artículo Primero.- APROBAR las Bases
Administrativas para designar a un (01) AUXILIAR
COACTIVO para la Municipalidad Distrital de Los Olivos,
correspondiente al Concurso Público de Méritos Nº 001-
2015/MDLO, las mismas que forman parte del presente
Acuerdo de Concejo en Anexo adjunto; asimismo el Auxiliar
Coactivo será funcionario contratado en concordancia al
Artículo 1º de la Ley Nº 27204.
Artículo Segundo.- FACULTAR al Sr. Alcalde para
que mediante Resolución de Alcaldía designe al Comité
que deberá llevar a cabo el Concurso Público de Méritos
para la selección de un (01) Auxiliar Coactivo, así como
establecer el cronograma del citado Concurso Público de
Méritos.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, el cumplimiento
de lo dispuesto en el presente Acuerdo a la GERENCIA
MUNICIPAL, a la GERENCIA DE PRENSA E IMAGEN
INSTITUCIONAL su difusión, a la SECRETARIA GENERAL
la publicación del presente acuerdo en el DIARIO
OFICIAL EL PERUANO, asimismo DISPONER que la
GERENCIA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y
COMUNICACIÓN proceda a publicar el texto íntegro del
presente acuerdo en la página web de la entidad www.
portal.munilosolivos.gob.pe.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
PEDRO M. DEL ROSARIO RAMÍREZ
Alcalde
1201586-1
MUNICIPALIDAD DE
MIRAFLORES
Establecen beneficios tributarios a
favor de vecinos de la calle Lima y
avenida Ernesto Diez Canseco del
distrito de Miraflores
ORDENANZA Nº 435/MM
Miraf‌l ores, 13 de febrero de 2015
EL ALCALDE DE MIRAFLORES
POR CUANTO:
El Concejo de Miraf‌l ores, en Sesión Ordinaria de la
fecha;
CONSIDERANDO:
Que, según el artículo 194 de la Constitución
Política del Perú, las municipalidades provinciales
y distritales son los órganos de gobierno local con
autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia; reconociéndoseles
que son competentes para crear, modif‌i car y suprimir
contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos
municipales conforme a la ley, según lo dispuesto en
el artículo 195, numeral 4 del mismo texto normativo;
concordante con los lineamientos establecidos en la
Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado
REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE
NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial,
Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos
Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales,
reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración,
actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará
un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo
electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe.
LA DIRECCIÓN

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