ORDENANZA N° 421-MDR - Aprueban Ordenanza que regula el monto de la tasa por concepto de la emisión mecanizada del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2015
Fecha de disposición | 06 Febrero 2015 |
Fecha de publicación | 06 Febrero 2015 |
El Peruano
Viernes 6 de febrero de 2015
546264
términos que establece el D.S. Nº 025-2007-PCM, en tanto
no se declare legalmente su inefi cacia, inaplicabilidad o
inconstitucionalidad.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
CARLOS GUILLERMO FERNÁNDEZ OTERO
Alcalde
1197425-1
MUNICIPALIDAD
DEL RIMAC
Aprueban Ordenanza que regula el
monto de la tasa por concepto de la
emisión mecanizada del Impuesto
Predial y los Arbitrios Municipales para
el Ejercicio 2015
ORDENANZA Nº 421-MDR
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DEL RÍMAC;
VISTO, en Sesión Extraordinaria de fecha 31 de enero
de 2015; y,
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades gozan de autonomía política
y administrativa para los asuntos de su competencia,
conforme lo reconoce el artículo 194 de la Constitución
Política del Perú;
Que, el artículo 74 de la referida Carta Constitucional,
desarrollado por la Norma IV del Titulo Preliminar el
Código Tributario, prescribe que los Gobiernos Locales
tienen potestad tributaria para crear, modifi car, suprimir
y establecer benefi cios tributarios respecto de los
tributos de su competencia a través de normas con
rango de Ley;
Que, conforme a lo dispuesto en la Cuarta Disposición
Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación
Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-
EF, las municipalidades que brinden el servicio de emisión
mecanizada de actualización de valores, determinación de
impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida
su distribución domiciliaria, quedan facultadas a cobrar
por dichos servicios, en cuyo caso dicha valorización
sustituye la obligación de presentación de Declaraciones
Juradas;
Que, la Ordenanza Nº 1533-MML de la Municipalidad
Metropolitana de Lima, modifi cada por la Ordenanza Nº
1833-MML, señala en su Séptima Disposición Final que en
la medida que se mantengan invariables las condiciones
que originaron la ratifi cación de las Ordenanzas Distritales
que aprueben los derechos de emisión mecanizada, el
Acuerdo de Concejo tendrá una vigencia adicional de dos
años siguientes;
Que, mediante Ordenanza Nº 325-MDR la
Municipalidad Distrital del Rímac fi jó el monto de la tasa
de emisión mecanizada de actualización de valores,
determinación del tributo y distribución domiciliaria del
Impuesto Predial y Arbitrios para el ejercicio 2013, la
misma que fue ratifi cada mediante Acuerdo de Concejo
Nº 510-MML, y publicada en el diario ofi cial El Peruano
con fecha 27 de marzo del 2013;
Que, al permanecer invariables las condiciones
bajo las cuales se ratifi có la Ordenanza Nº 325-MDR,
corresponde aplicar para el año 2015, las mismas tasas
que ésta última norma aprobó;
En uso de las facultades contenidas en el numeral
8º del artículo 9º de la ley Organiza de Municipalidades
– Ley 27972, contando con el voto unánime del Concejo
Municipal y con la dispensa de la lectura y trámite de
aprobación del Acta se aprobó lo siguiente:
Aprobó la siguiente Ordenanza:
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