ORDENANZA N° 406-MDR - Ordenanza que reconoce a la mesa multisectorial contra la violencia familiar y sexual del distrito del Rímac

Fecha de disposición11 Abril 2015
Fecha de publicación11 Abril 2015
El Peruano
Sábado 11 de abril de 2015 550441
Subgerencia de Rentas y Subgerencia de Ejecución
Coactiva, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen, el
cumplimiento de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General
la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Of‌i cial
“El Peruano” y a la Subgerencia de Desarrollo Corporativo
y Tecnología la publicación del integro del texto aprobado
por la presente Ordenanza en el portal electrónico de la
Municipalidad Distrital de Lince: www.munilince.gob.pe.
Artículo Tercero.- FACULTAR al Alcalde para que,
mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas necesarias
para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza y,
asimismo, para que disponga su culminación de ser el caso.
Artículo Cuarto.- DEROGAR la Ordenanza Nº 317-MDL
del 28.09.2012 sobre “Campaña de Ejecución, Recuperación
y Saneamiento de Multas Administrativas y/o sanciones
Administrativas en Vía Coactiva” y la Ordenanza Nº 336-
MDL del 31.03.2014 sobre “Benef‌i cios para la Cancelación
de Multas Administrativas y/o sanciones Administrativas en
Vía de Cobranza Coactiva respectivamente.
POR TANTO:
Regístrese comuníquese y cúmplase;
MARTIN PRINCIPE LAINES
Alcalde
ANEXO A LA ORDENANZA Nº 350-2015-MDL
DESISTIMIENTO DE RECURSO
SEÑOR ALCALDE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE
_______________________________________________, con
DNI Nº _________________, con domicilio en ______________
___________________________________________________
a Ud. atentamente digo:
Que, mediante el presente formulo desistimiento de los siguientes
recursos administrativos presentados, relacionados con las
Resoluciones de Multas Administrativas o Resoluciones de
Sanción Administrativa Nº ____________
___________________________________________________
o el Expediente Coactivo Nº ____________________________
DOCUMENTO Nº ____________________________________
DOCUMENTO Nº ____________________________________
DOCUMENTO Nº ____________________________________
DOCUMENTO Nº ____________________________________
al haberme acogido a la Ordenanza que aprueba el PROGRAMA
EXCEPCIONAL DE DESCUENTOS DE PAGO DE RESOLUCIONES
DE MULTA ADMINISTRATIVA Y/O RESOLUCIONES DE
SANCIÓN ADMINISTRATIVA EN VIA ORDINARIA Y EN VIA DE
COBRANZA COACTIVA, para lo cual cumplo con legalizar mi
f‌i rma ante el fedatario de la Municipalidad.
Por lo expuesto:
Pido tenerme por desistido.
Lince, de de 2015
1222740-1
MUNICIPALIDAD DEL RIMAC
Ordenanza que reconoce a la mesa
multisectorial contra la violencia
familiar y sexual del distrito del Rímac
ORDENANZA Nº 406-MDR
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC
POR CUANTO:
Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 1º de
diciembre del 2014;
CONSIDERANDO:
señala que los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia; autonomía que se encuentra reconocida
en la Constitución Política del Perú y que radica en la
facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y
de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico
vigente;
- Ley Orgánica de Municipalidades, señala entre sus
funciones las de organizar, administrar y ejecutar programas
locales de asistencia, protección y apoyo a la población en
riesgo, niños, adolescentes, mujeres y otros grupos de la
población en situación de discriminación;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-07-PCM
se establecen las políticas nacionales en materia de
Igualdad de Hombres y Mujeres, entre las cuales se
señala el Impulsar en la sociedad en sus acciones y
comunicaciones, la adopción de valores, prácticas,
actitudes y comportamientos equitativos entre hombres y
mujeres, para garantizar el derecho a la no discriminación
de las mujeres y la erradicación de la violencia familiar y
sexual.
Que, mediante la Ley de Igualdad de Oportunidades –
Ley Nº 28983, en su artículo 6º establece como lineamiento
para los gobiernos locales desarrollar políticas, planes y
programas para la prevención, atención y eliminación de la
violencia en todas sus formas y en todos sus espacios, en
especial la ejercida contra las mujeres;
Que, mediante la Ley Nº 26260 – Ley de protección frente
a la violencia familiar, en el Inc. e) del artículo 3, establece
como política permanente del Estado la lucha contra la
violencia familiar debiendo promover la participación activa de
organizaciones, entidades públicas del nivel central, regional
y local e instituciones privadas dedicadas a la protección
de niños y adolescentes, adultos mayores, mujeres, para
el desarrollo de labores preventivas, así como el apoyo y
tratamiento de la violencia;
Que, la violencia contra la mujer, los niños, las niñas,
los adolescentes, los adultos y los adultos mayores, de
acuerdo a informes nacionales e internacionales, es uno
de los problemas más severos que se padecen en el país
y en particular, en la zona del Rímac, considerada además
como el distrito más peligroso e inseguro de Lima, la misma
que es afrontada a lo largo de todo el ciclo de vida de las
personas afectadas y en cada espacio donde desarrollan su
vida, constituyéndose en un f‌l agelo que impide el desarrollo
social de la comunidad;
Que, considerando las estadísticas nacionales registran
que el 41.2% de las mujeres sufre violencia física por parte
de la pareja y 70 de cada 100 mujeres ha sufrido violencia
familiar. Asimismo en el Distrito del Rímac, se ha verif‌i cado
que la problemática de violencia contra la mujer, los niños,
las niñas y los adolescentes en las familias y en los espacios
públicos persiste con amparo y complicidad social;
Que, es necesario fortalecer el rol comunitario a través
del apoyo de todos los organismos que tienen presencia en
una determinada zona o comunidad, realizando actividades
para sensibilizar a la población, promoviendo la toma de
conciencia sobre la problemática; la magnitud y los efectos
nefastos que genera la violencia sobre todo en los niños y
adolescentes
En uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del
artículo 9 y el artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades, con el voto unánime de los Regidores y
con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta,
el Concejo Municipal, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE RECONOCE A LA MESA
MULTISECTORIAL CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR
Y SEXUAL DEL DISTRITO DEL RÍMAC
Artículo Primero.- RECONOCER como una
problemática que merece urgente atención a la
violencia familiar y sexual contra mujeres, niños, niñas y
adolescentes.
Artículo Segundo.- RECONOCER a LA MESA
MULTISECTORIAL CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR
Y SEXUAL DEL DISTRITO DEL RÍMAC , como el espacio
de análisis, ref‌l exión, impulsor y de coordinación para la

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR