Ordenanza N° 376-2023-GRJ/CR. Ordenanza Regional que aprueba la modificación de los Artículos 102°, 104°, 113° y 114° e incorpora la Séptima Disposición Complementaria del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional Junín

Fecha de publicación23 Junio 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
VISTO:

Dictamen N° 02-2023-GRJ-CPPPATyDI, de fecha 03.05.2023.

POR CUANTO:

De conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; en la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783; en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968, Ley Nº 29053 y demás normas complementarias y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el artículo 2° de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que señala, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, mediante Ordenanza Regional N° 357-GRJ/CR, de fecha 19 de marzo del 2022 se aprobó la modificación del Reglamento de Organización y Funciones-ROF del Gobierno Regional Junín, vigente a la fecha;

Que, mediante Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, se aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, modificado con el Decreto Supremo N° 131-2018-PCM, concordado con la Resolución de Secretaria de Gestión Pública N° 005-2020-PCM-SGP, que aprueba los Lineamientos N° 002-2020-SGP que establece orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones-ROF y Manual de Operaciones-MOP, los cuales tienen por objetivo regular los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado.

Que, literal b) del numeral 45.3 del artículo 45º del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Lineamientos de Organización del Estado y su modificatoria, establece que el Reglamento de Organización y Funciones de los Gobierno Regionales y sus organismos públicos Regionales es aprobado por Ordenanza Regional;

Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Gobierno Regional de Junín suscribieron el Convenio Interinstitucional de delegación de competencias para el otorgamiento de la Certificación Ambiental de Proyectos de Inversión del sector de transportes en la Categoría I- Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y Fichas Técnicas Socio Ambiental (FITSA) en el ámbito del Gobierno Regional Junín, no comprendidos en el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEI); siendo necesario incorporar nuevas funciones en el ROF con relación al Convenio.

Que, las Gerencias Sub Regionales de Alto Andina y Selva Central diseñados en el estructura orgánica, aprobado mediante la Ordenanza Regional N°357-GRJCR, no han sido implementadas por motivos de limitación de recursos presupuestales, humanos, materiales y de infraestructura pública ya que estas estaban orientadas a constituirse en Unidades Ejecutoras; en ese sentido, resulta viable desconcentrar la organización regional, mediante la creación de las Sub Gerencias de Desarrollo, a fin de que estas puedan ejercer en sus respectivos ámbitos jurisdiccionales las funciones sustantivas de prestación de bienes y servicios de la entidad.

Que, en el Reglamento del Organización y Funciones vigente del Gobierno Regional Junín, las Direcciones Regionales Sectoriales de Comercio Exterior y Turismo, Energía y Minas, Trabajo y Promoción del Empleo, Vivienda, Construcción y Saneamiento, constituyen órganos de línea, las cuales anteriormente contaban con órganos de apoyo y asesoramiento; sin embargo, de conformidad con el literal c) del Artículo del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Lineamientos de Organización del Estado; los órganos de línea no deben incluir órganos de administración interna. Por lo que, las funciones relacionadas a los Sistemas Administrativos de Presupuesto, Planeamiento, Modernización del Estado, Recursos Humanos, Abastecimiento, Contabilidad y Tesorería en lo que les compete, serán desarrolladas a través de áreas de trabajo directamente dependientes de cada Dirección Regional; lo cual deben ser establecido mediante documento por el Director Regional correspondiente.

Que, mediante Reporte N° 96-2023-GRJ/GGR/ORDITI, de fecha 12.04.2023se propone la modificación de los artículos 102, 104°, 113° y 114° e incorporación de la Séptima Disposición Complementaria del Reglamento de Organizaciones y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Junín;

Que, la presente ordenanza tiene el Informe Técnico de modificación de los artículos antes señalados e incorporación de la Séptima Disposición Complementaria del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Junín, así como el Informe Legal N°46-2023-GRJ/ORAJ.

Que, mediante Memorando N°302-2023-GRJ/GR, de fecha 02 de mayo del 2023, el Gobernador Regional, remite al Secretaria Ejecutivo del Consejo Regional el expediente del proyecto de modificación del Reglamento de Organización y Funciones que consta de 34 folios originales;

Que, el artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamenta materias de su competencia;

Que, de conformidad con las atribuciones conferidas y establecidas en la Ley Nº27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y con el Dictamen N°02-2023-GRJ-CPPPATyDI, en concordancia con su...

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