ORDENANZA N° 348-2015-MDL - Ratifican el Plan Local de Seguridad Ciudadana del distrito de Lince

Fecha de disposición02 Abril 2015
Fecha de publicación02 Abril 2015
El Peruano
Jueves 2 de abril de 2015 550037
con el voto por Unanimidad de los señores Regidores
asistentes a la Sesión de Concejo de la fecha y con la
dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas;
SE ACUERDA:
Artículo Primero.- RATIFICAR; para el periodo
2015 - 2018, la remuneración del señor Alcalde de la
Municipalidad Distrital de La Victoria, f‌i jada en el Acuerdo
de Concejo Nº 021-2011/MLV de fecha 29 de marzo de
2011, ascendente a la suma de S/. 8,450.00.00 (Ocho
mil cuatrocientos cincuenta con 00/100 Nuevos Soles),
por todo concepto; en mérito a los considerandos antes
expuestos.
Artículo Segundo.- RATIFICAR; para el periodo 2015
- 2018, la dieta que le corresponde percibir a los señores
regidores de la Municipalidad Distrital de La Victoria, f‌i jada
en el Acuerdo de Concejo Nº 021-2011/MLV de fecha 29
de marzo de 2011, por asistencia efectiva a cada sesión
de Concejo, la cual asciende a la suma de S/.1,267.50
(Un mil doscientos sesenta y siete con 50/100 nuevos
soles), abonándose dicho monto hasta por un máximo de
dos (2) sesiones por mes.
Artículo Tercero.- Encargar; el cumplimiento del
presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia Municipal,
Gerencias de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de
Administración, Sub Gerencia de Recursos Humanos,
Gerencia de Finanzas, de acuerdo a sus competencias
y obligaciones.
Artículo Cuarto.- Encargar; a la Secretaría General la
publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario
Of‌i cial El Peruano; y a la Gerencia de Administración
Documentaria e Informática, Sub Gerencia de Tecnología
de la Información en el Portal de la Municipalidad (www.
munilavictoria.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ELIAS CUBA BAUTISTA
Alcalde
1219835-3
MUNICIPALIDAD DE LINCE
Ratifican el Plan Local de Seguridad
Ciudadana del distrito de Lince
ORDENANZA Nº 348-2015-MDL
Lince, 30 de marzo de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE;
POR CUANTO:
El Concejo Distrital de Lince, en Sesión Extraordinaria
de la fecha, visto el Dictamen Nº 002-2015-MDL-CSCSCPV
de la Comisión de Servicios a la Ciudad, Seguridad
Ciudadana y Participación Vecinal; y de conformidad con
lo establecido en los artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal
por UNANIMIDAD; y con dispensa del trámite de lectura y
aprobación del Acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN
LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL
DISTRITO DE LINCE
Artículo Primero.- RATIFICAR el Plan Local
de Seguridad Ciudadana 2015 del distrito de Lince,
aprobado por el Comité Distrital de Seguridad
Ciudadana de Lince, que como anexo forma parte de la
presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento
de la presente Ordenanza a la Gerencia de Seguridad
Ciudadana de la Municipalidad de Lince.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría
General la publicación de la presente Ordenanza en
el Diario Of‌i cial “El Peruano” y a la Subgerencia de
Desarrollo Corporativo y Tecnología la publicación de la
presente Ordenanza y Texto integro del Plan Local de
Seguridad Ciudadana en el Portal Web Institucional de la
Municipalidad (www.munilince.gob.pe).
POR TANTO:
Regístrese comuníquese y cúmplase.
MARTIN PRINCIPE LAINES
Alcalde
1219610-1
Aprueban Directiva N° 001-2015-MDL/
GSAT “QUE REGULA EL SORTEO DEL
AUTO 0km”
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 005-2015-MDL
Lince, 24 de marzo de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE;
VISTO: el Memorando N°016 -2015-MDL-GSAT de
fecha 17 de marzo de 2015, emitido por la Gerencia de
Servicios de Administración Tributaria, Informe N° 029 -
2015-MDL/GAJ de fecha 20 de marzo de 2015, elaborado
por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y:
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Estado en su Artículo
74° y 194° reconoce a los Gobiernos Locales autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia, concordante con lo establecido en el
Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley
Que, mediante Ordenanza N° 307-MDL de fecha
18 de enero de 2012, publicada en el Diario Of‌i cial El
Peruano con fecha 25 de febrero de 2012, se aprobó el
“PROGRAMA DE INCENTIVOS DEL VECINO LINCEÑO
PREFERENTE”;
Que, el artículo cuarto de la Ordenanza descrita
precedentemente, faculta al Alcalde de la Municipalidad
de Lince para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las
disposiciones reglamentarias para la adecuada aplicación
de la Ordenanza y de los benef‌i cios que se otorgue (…);
Que, mediante documento del visto, se elevan para
su aprobación la Directiva denominada DIRECTIVA N°
001-2015-MDL/GSAT “QUE REGULA EL SORTEO DEL
AUTO 0km”; que establece los lineamientos técnicos
y procedimientos necesarios para el otorgamiento de
Estímulos y Premios a los Contribuyentes personas
naturales y sucesiones, propietarias de predios de
casa habitación, que cumplan puntualmente con sus
obligaciones tributarias y administrativas;
Que, constituye política de la Corporación
Municipal incentivar el cumplimiento voluntario y
oportuno de las obligaciones tributarias por parte de
los Contribuyentes, siendo por ello necesario otorgar
beneficios especiales a los contribuyentes personas
naturales y sucesiones, propietarias de predios de
casa habitación del distrito que cumplan puntualmente
con sus obligaciones;
Que, en ese sentido se ha establecido un Programa
de Incentivos dirigido a los Vecinos Linceños, el cual tiene
como propósito premiar a las Contribuyentes personas
naturales y sucesiones, propietarias de predios de casa
habitación y que nuestro índice de cumplimiento se vea
incrementado a favor de la Institución;
Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones
conferidas por el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº
DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR la Directiva N° 001-
2015-MDL/GSAT “QUE REGULA EL SORTEO DEL AUTO
0km”; cuyo texto forma parte integrante del presente
Decreto.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Comisión
Organizadora y Evaluadora y, asimismo, a las Gerencias
y Subgerencias de la corporación edilicia, el cumplimiento
del presente Decreto, de acuerdo a sus competencias.

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