Ordenanza N° 340-2023-MDL. Ordenanza Municipal que determina el monto por el servicio del derecho de emisión mecanizada de actualización de los valores tributarios, determinación del impuesto predial y arbitrios municipales y la distribución a domicilio correspondiente para el Ejercicio Fiscal 2024 en el distrito de Lurigancho - Chosica

Fecha de publicación08 Noviembre 2023
SecciónSección Única
Aceptan renuncia de Ministra de Relaciones Exteriores

Lurigancho 30 de octubre del 2023


EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL


DE LURIGANCHO.


POR CUANTO:


EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO


DE LURIGANCHO


VISTO: El Informe N°141-2023-MDL-GR de la Gerencia de Rentas, el Informe N°417-2023-SGATYOC-GR/MDLCH de la Subgerencia de Administración Tributaria y Orientación al Contribuyente, el Informe N°688-2023-MDL/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y el Memorándum N°2720-2023-MDL/GM de la Gerencia Municipal respecto al Proyecto de Ordenanza Municipal que establece el Derecho de Emisión Mecanizada de los Valores Tributarios para el Ejercicio Fiscal 2024 del Distrito de Lurigancho, y;


CONSIDERANDO:


Que, conforme a lo dispuesto por el Artículo 194º y el Artículo 195° de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; le corresponde al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, las mismas que tienen rango de ley, conforme al artículo 200° inciso 4) de la Carta Fundamental;


Que, el Artículo 74° de la Constitución Política del Perú otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales en concordancia con la Norma III y IV del Título Preliminar del Decreto Supremo N° 133-2013-EF Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley, asimismo precisa que las Ordenanzas son normas de carácter general por medio de las cuales se regulan las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa;


Que, el Numeral 8) del Artículo 9°, el Artículo 40° y los Numerales 1) y 2) del Artículo 69° de la Ley N°27972 Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas; así como, que mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por ley, señalando que las Ordenanzas son normas de carácter general por medio de las...

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