Ordenanza Nº307-2023-MDP/C . Ordenanza que regula la campaña de fiscalización tributaria con incentivos tributarios en la jurisdicción de Pachacámac

Fecha de publicación30 Abril 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Pachacámac, 27 de abril de 2023

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PACHACÁMAC

VISTOS: en sesión extraordinaria de concejo de la fecha, el informe Nº079-2023-MDP/GAT-SGFT emitido por la subgerencia de Fiscalización Tributaria, el informe Nº042-2023-MDP/GAT emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y el informe Nº055-2023-MDP/OAJ emitido por la gerencia de la Oficina General de Asesoría Jurídica y los memorandos Nº549 y Nº577-2023-GM/MDP cursados por la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del título preliminar de la ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, promueven el desarrollo y la economía local, la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, gozan de competencia para crear, modificar, suprimir o exonerar contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos dentro de los límites previstos por ley;

Que, según el artículo 40 de la norma municipal invocada, las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, mediante las cuales, se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, al amparo del artículo 200 de la norma fundamental, que le concede rango de ley;

Que, igualmente, la norma IV del texto único ordenado del código tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº133-2013-EF, en concordancia con el artículo 52 del mismo, dispone que los gobiernos locales mediante ordenanza puedan crear, modificar y suprimir contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de las mismos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley, en tanto, el artículo 41 prevé que excepcionalmente puedan condonar intereses moratorios y sanciones, respecto de los tributos que administren, inclusive el tributo mismo;

Que, el artículo 60 del texto único ordenado de la ley de Tributación Municipal aprobado mediante Decreto Supremo Nº156-2004-EF, establece que las municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas, y otorgan exoneraciones, dentro de los límites que fija la ley, siendo que la creación y modificación de tasas y contribuciones se aprueban por ordenanza y para la supresión de tasas y contribuciones no...

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