ORDENANZA N° 303-AREQUIPA - Ordenanza Regional que suspende el Proceso de Reorganización y Reestructuración del Sector Salud dispuesto por Ordenanza Regional N° 195-AREQUIPA

Fecha de publicación27 Marzo 2015
Fecha de disposición27 Marzo 2015
El Peruano
Viernes 27 de marzo de 2015 549601
Ordenanza Regional que suspende
el Proceso de Reorganización y
Reestructuración del Sector Salud
dispuesto por Ordenanza Regional Nº
195-AREQUIPA
ORDENANZA REGIONAL
Nº 303-AREQUIPA
El Consejo Regional de Arequipa
Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
CONSIDERANDO:
Que, el derecho a la salud, es un derecho
fundamental reconocido por la Constitución Política del
Perú, que busca garantizar que las personas accedan
en igualdad de oportunidades a los servicios de salud
que brindan las entidades prestadoras, a los que
deberán responder a estándares mínimos de calidad.
Este derecho debe entenderse desde una doble
dimensión: ((a)) El derecho de todos los miembros de
una determinada comunidad de no recibir por parte de
Estado un tratamiento que atente contra su salud, y
((b)) El derecho de exigir del Estado las actuaciones
necesarias para el goce de parte de los ciudadanos de
servicios de calidad en lo relacionado a la asistencia
médica, hospitalaria y farmacéutica;
Que, sin embargo, siendo que la Región Arequipa
estaba presentando deficiencias en el sector salud, es
que mediante Acuerdo Regional Nº 005-2009-GRA/
CR-AREQUIPA de fecha 07.01.2009, se declaró en
reorganización integral la Gerencia Regional de Salud y
todos sus Órganos, Unidades y Oficinas, conformando
para tal efecto a nivel del Consejo regional una Comisión
Especial a la que deberían integrarse los funcionarios
del Ejecutivo Regional, otorgándose un plazo hasta el
22.01.2009 a efectos de que presente su propuesta
de reorganización; dicho plazo fue ampliado mediante
Acuerdo Regional Nº 009-2009-GRA/CR-AREQUIPA,
ampliando sus alcances a una reestructuración;
Que, ante la falta de resultados por diversos
inconvenientes, informado mediante Informe Nº 21-
2012-GRA/OPDI, es que se declaró en reorganización
y reestructuración integral el Sector Salud en el
ámbito de la Región Arequipa, mediante Resolución
Ejecutiva Regional; sin obtener resultado tangibles; en
ese sentido, el Consejo Regional emite la Ordenanza
Regional Nº 195-AREQUIPA, de fecha 12.12.2012
que declara la continuidad y formalización del Proceso
de Reorganización administrativa y Reestructuración
orgánica de la Gerencia Regional de Salud del Gobierno
Regional de Arequipa;
Que, durante el año 2013 la Gerencia Regional de
Salud se encontró en un proceso de nombramiento
para los profesionales médicos conforme a la Ley Nº
29682, siendo requisito para éste que los cargos de
personal médico a nombrar se encuentren previstos
en el CAP vigente, y que los cargos del personal que
ya fue nombrado con las Leyes Nº 28492 y Nº 28560,
se encuentren en condición de ocupados de ocupados;
en ese sentido, con la f‌i nalidad de aprobar el nuevo
CAP para viabilizar el proceso de nombramiento y
estando vigente la Reestructuración y Reorganización
del sector salud, es que mediante Ordenanza Regional
Nº 198 – AREQUIPA se suspende la reestructuración
y reorganización del sector salud por 15 días hábiles,
siendo que cumplido el plazo señalado o la f‌i nalidad
establecida se reiniciará el proceso de reestructuración
y reorganización;
Que, a la fecha el proceso de reestructuración y
reorganización del sector salud se encuentra vigente;si
bien es cierto que se han excedido los plazos establecidos
en la Ordenanza Regional Nº 195 – AREQUIPA (de 90 días
calendarios), pues corresponde una nueva suspensión
a efectos de poder aprobar un nuevo CAP para el
nombramiento de profesionales, técnicos y auxiliares
asistenciales del sector salud al amparo de la Ley Nº
30114 –Ley de Presupuesto del Sector Público para el
año 2014– tendiente a evitar cualquier nulidad;
Que, luego entonces, deviene en necesario y
urgente la suspensión del proceso de reorganización
y reestructuración en el sector salud dispuesto por la
Ordenanza Regional Nº 195-AREQUIPA, en tanto se
apruebe el nuevo Cuadro para Asignación de Personal
– CAP Provisional de la Gerencia Regional de Salud y
sus Órganos Desconcentrados para los efectos del
nombramiento autorizado por la Ley Nº 30114; teniendo
en consideración que dicho nombramiento recaerá de
manera directa en benef‌i cio de la población usuaria de los
servicios de salud en la Región Arequipa;
Que, entonces, por estas consideraciones, al
Gobiernos Regionales, modif‌i cada por las Leyes
27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y en
observancia del marco legislativo regional constituido
por la Ordenanza Regional Nro. 001-2007-GRA/CR-
AREQUIPA, la Ordenanza Regional 010-AREQUIPA y
la Ordenanza Regional 154-AREQUIPA,
Se ha aprobado la siguiente Ordenanza:
ORDENANZA REGIONAL
QUE SUSPENDE EL PROCESO DE
REORGANIZACIÓN Y REESTRUCTURACIÓN
DEL SECTOR SALUD – ORDENANZA REGIONAL
Nº 195 - AREQUIPA
Artículo 1º.- De la suspensión del Proceso de
Reorganización y Reestructuración
SUSPENDER el Proceso de Reorganización
administrativa y Reestructuración orgánica de la Gerencia
Regional de Salud del Gobierno Regional de Arequipa y
todos sus órganos Desconcentrados dispuesto mediante
Ordenanza Regional Nº 195 – AREQUIPA; por un periodo
de 30 días hábiles.
Artículo 2º.- De la Finalidad
La suspensión dispuesta en el artículo 1º de la presente
norma regional tiene como f‌i nalidad la aprobación y
vigencia de un nuevo Cuadro para Asignación de Personal
– CAP Provisional de la Gerencia Regional de Salud y
sus Órganos Desconcentrados, para efectos del proceso
de nombramiento de personal profesional, técnicos y
auxiliares asistenciales del sector salud, al amparo de lo
dispuesto en la Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del
Sector Público para el año 2014.
Artículo 3º.- De la Vigencia de la Norma
La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia
al día siguiente de su publicación en el Diario Of‌i cial “El
Peruano”.
Artículo 4º.- Evaluación del Proceso de
Reorganización y Reestructuración
ENCARGAR a la Comisión de Salud del Consejo
Regional la evaluación del Proceso de Reorganización
administrativa y Reestructuración orgánica de la Gerencia
Regional de Salud Regional de Arequipa y todos
sus órganos Desconcentrados dispuestos mediante
Ordenanza Regional Nº 195 – AREQUIPA.
Artículo 5º.- De la publicación
DISPONER la publicación de la presente Ordenanza
Regional tanto en el Diario Of‌i cial “El Peruano” como
en el Diario de Avisos Judiciales “La República”; en
ese sentido, se encarga a la Of‌i cina de Planeamiento y
Desarrollo Institucional del Ejecutivo Regional que, una
vez publicada en el Diario Of‌i cial, inmediatamente, ésta
se publique en la página web institucional, de conformidad
con lo regulado en el artículo 9 del Decreto Supremo Nº
001-2009-JUS.
La tramitación de la publicación será a cargo de la
Secretaría del Consejo Regional, mientras que el costo
que ésta irrogue será cubierto por el Órgano Ejecutivo
Regional.
Comuníquese a la señorita Gobernadora del Gobierno
Regional de Arequipa para su promulgación.
En Arequipa, a los trece días del mes de marzo del
2015.
MAURICIO CHANG OBEZO
Presidente del Consejo Regional de Arequipa

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