ORDENANZA N° 285 - Institucionalizan la mesa de concertación para la prevención y atención del embarazo adolescente en el distrito de San Juan de Lurigancho

Fecha de disposición28 Diciembre 2014
Fecha de publicación28 Diciembre 2014
El Peruano
Domingo 28 de diciembre de 2014 541847
UIT = 3800.00
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO / SERVICIO BRINDADO EN EXCLUSIVIDAD DERECHO ( I ) COSTO
( C ) % COBERTURA DERECHO
% UIT1/ S/. S/. (I / C) TRÁMITE
11.04 Autorización construcción de buzones de desagüe, buzones de inspección o derivación, en área de uso público. 4.42 168.00 168.0 99.99% 173
11.05 Autorización para instalación de estaciones de radiocomunicación (en áreas de uso público) 1.80 68.30 68.3 99.97% 174
11.06 Certif‌i cado de conformidad de obra vinculado a los servicios públicos de telecomunicaciones 1.40 53.10 53.6 98.98% 175
GERENCIA DE DESARROLLO HUMANO Y EDUCACIÓN
SUBGERENCIA DE SALUD, BIENESTAR SOCIAL Y DESARROLLO DE CAPACIDADES : SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDA
12.01 Carne sanitario 0.68 26.00 26.01 99.95% 176
GERENCIA MUNICIPAL
GERENCIA DE TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL : PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
13.01 Autorización para la instalación de elementos de seguridad (rejas batientes, plumas levadizas) en área de uso público
Por Autorización para la instalación 1.69 64.40 64.41 99.98% 177
Por Inspección ocular por cada elemento de seguridad a instalar 1.70 64.70 64.77 99.90% 178
GERENCIA DE SERVICIOS A LA CIUDAD Y MEDIO AMBIENTE
SUBGERENCIA DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES
16.02 Registro municipal de organizaciones de recicladores autorizados para la recolección selectiva y comercialización de
residuos sólidos 2.43 92.20 92.23 99.96% 179
1/ UIT vigente en el 2014 = S/. 3,800.00
Fuente: Expediente Ordenanza Nº 498 -MSS
Elaboración: Servicio de Administración Tributaria
Artículo Segundo.- Dejar constancia que la
vigencia del presente Acuerdo Ratif‌i catorio se encuentra
condicionado al cumplimiento de su publicación del
texto de la Ordenanza Nº 498-MSS, en el diario of‌i cial
El Peruano, así como del Anexo de la ordenanza que
contiene los procedimientos y/o servicios brindados en
exclusividad contenidos en el TUPA, respecto de los
derechos de trámite que cuenten con opinión favorable
y que sean ratif‌i cados, el cual deberá ser publicado en el
Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE, y en
el Portal Institucional, conforme lo dispuesto en el artículo
38.3 de la Ley Nº 27444, y modif‌i catorias. La publicación
se deberá realizar, sin perjuicio que la Municipalidad deje
sin efecto de forma expresa los derechos de trámite de los
procedimientos y/o servicios brindados en exclusividad
que no cuenten con pronunciamiento favorable, siendo
estas las siguientes:
- 2.03 Dispensa de Publicación de edictos
matrimoniales (Total o Parcial).
- 07.14 “Autorización para instalación de infraestructura
necesaria para la prestación de servicios públicos de
telecomunicaciones (en predios de propiedad privada).
- 07.15 “Autorización de conformidad y f‌i nalización
de la ejecución de la instalación de infraestructura
necesaria para la prestación de servicios públicos de
telecomunicaciones (en predios de propiedad privada).
- 09.03 Licencia de funcionamiento para:
establecimientos con un área de más de 500 m2 y no
comprendidos en las categorías anteriores que apliquen
para una ITSE de detalle en sus 10 tramos.
- 09.07 Licencia de funcionamiento conjunta con
anuncio simple: establecimientos con un área de más de
500 m2 y no comprendidos en las categorías anteriores
que apliquen para una ITSE de detalle y anuncio
publicitario (letreros, letras recortadas, placas y toldos) en
sus 10 tramos.
Ello debido a que no se encuentran conforme a las
disposiciones técnicas y/o legales vigentes.
Por otro lado, se precisa que la aplicación de
la Ordenanza materia de la presente ratif‌i cación,
sin la condición antes señalada, es de exclusiva
responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad
Distrital de Santiago de Surco; así como, la aplicación
estricta de las disposiciones contenidas en la ordenanza
en ratif‌i cación y en la normativa vigente, teniendo
presente que en dicha responsabilidad se encuentra
adoptar las medidas necesarias a efectos que respecto
de los procedimientos de edif‌i caciones y habilitaciones,
adecuadas a la Ley Nº 29090 y modif‌i catorias, el
derecho de trámite total del procedimiento no excede
en valor una (1) unidad impositiva tributaria, y en
caso que excediera, previo a su cobro se solicite la
autorización excepcional prevista en la Ley Nº 27444,
cuya f‌i scalización se encuentra a cargo de entidades
competentes para ello. Finalmente, corresponde
señalar que la evaluación realizada se efectuó sobre
la base de la información remitida por la Municipalidad
Distrital de Santiago de Surco, la cual tiene carácter de
declaración jurada conforme lo dispuesto en el artículo
10 de la Ordenanza Nº 1533.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
HERNÁN NÚÑEZ GONZALES
Encargado de Alcaldía
1182112-1
MUNICIPALIDAD DE SAN
JUAN DE LURIGANCHO
Institucionalizan la mesa de
concertación para la prevención y
atención del embarazo adolescente en
el distrito de San Juan de Lurigancho
ORDENANZA Nº 285
San Juan de Lurigancho, 24 de diciembre del 2014

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