ORDENANZA N° 271-MDCH - Aprueban modificación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad

Fecha de disposición25 Abril 2015
Fecha de publicación25 Abril 2015
El Peruano
Sábado 25 de abril de 2015
551404
Aprueban modificación del Reglamento
de Organización y Funciones -
ROF y la Estructura Orgánica de la
Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 271-MDCH
Chorrillos, 14 de abril de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
CHORRILLOS
POR CUANTO:
El Concejo Municipal distrital de Chorrillos en sesión
ordinaria de la fecha; y,
CONSIDERANDO:
194º modif‌i cado por la Ley de Reforma Constitucional
Nº 27680, establece expresamente el ejercicio de una
autonomía política, económica y administrativa para las
municipalidades Provinciales y Distritales como órganos
de los Gobiernos Locales, atributo esencial que se
encuentra del mismo modo establecido en la Ley Orgánica
de Municipalidades Nº27972, que en su Artículo II del
título preliminar, señala que en la autonomía conferida,
radica la facultad que tienen las Municipalidades de
poder ejercer actos de Gobierno , actos administrativos y
actos de administración , los mismos que deben de estar
impartidos con sujeción al ordenamiento jurídico vigente.
Que con Informe Nº 254-2015-SGAJ-MDCH, de la Sub
Gerencia de Asesoría Jurídica recomienda modif‌i car el
ROF (Reglamento Orgánico de Funciones) , y la Estructura
Orgánica de la Municipalidad de Chorrillos, solo en el
extremo de la creación de la Secretaria Técnica la misma
que dependerá de la Sub Gerencia de Personal en razón
a la revisión de la Ley Nº 30057 – Ley del Servicio Civil
reglamento de la Ley del Servicio Civil.
Que, de la revisión de las normas publicadas en diario
el Peruano se puede visualizar la modif‌i catoria de los
capítulos XII (De las Faltas y las Sanciones) y XIII (Del
Procedimiento Administrativo Disciplinario) del Decreto
Supremo Nº 0005-90-PCM, modif‌i catoria que se dio con
que aprueba el Reglamento General de la Ley Nº 30057-
Ley del Servicio Civil.
Asimismo, de la revisión del Decreto Supremo Nº 040-
2014-PCM que aprueba el Reglamento General de la Ley
Nº 30057- Ley del Servicio Civil, se aprecia el artículo
94º que establece: “Las autoridades de los órganos
instructores del procedimiento disciplinario cuentan con
el apoyo de una Secretaria Técnica que puede estar
compuesta por uno o más servidores. Estos servidores,
a su vez, pueden se servidores civiles de la entidad y
ejercer la función en adición a sus funciones regulares. De
preferencia serán abogados y son designados mediante
Resolución del titular de la entidad…”.
Que, el Artículo 26º de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº27972 establece que la administración
Municipal adopta una estructura gerencial y por otro
lado la misma Ley prevé nuevos órganos dentro
de la Organización Municipal , en tal sentido se ha
propuesto modif‌i car el ROF y la Estructura Orgánica
de la Municipalidad de Chorrillos, que fue aprobada por
Ordenanza Nº170-MDCH de fecha 24 de Abril del 2010 y
Modif‌i cada con la Ordenanza Nº 197-MDCH de fecha 29
de Noviembre del 2011 , con la f‌i nalidad de simplif‌i car y
mejorar la Organización Municipal.
Que de conformidad con lo dispuesto en la Ley
Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y con el voto
MAYORITARIO de los miembros del Concejo Municipal,
con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del
acta. Se aprobó la Siguiente:
ORDENANZA
Primera.- APROBAR la Modif‌i catoria del ROF y la
Estructura Orgánica de la Municipalidad de Chorrillos,
según Anexo que forma parte integrante de la presente
Ordenanza.
Segunda.- FACULTESE al señor Alcalde para que
en cumplimiento de la presente Ordenanza elabore y
apruebe los Documentos de Gestión que se requieran
para el mejor funcionamiento de la Gestión.
Tercera.- DEJAR SIN EFECTO toda la disposición
que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza.
Cuarta.- DISPONER su publicación en el Diario Of‌i cial
El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO
Alcalde
FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial,
Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos
Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la
publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente:
1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles
siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectif‌i cación sólo procederá mediante
la expedición de otra norma de rango equivalente o superior.
2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda
revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de
Erratas.
3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo
el título “Dice” y a continuación la versión rectif‌i cada del mismo fragmento bajo el título “Debe
Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden
antes de consignar el siguiente error a rectif‌i carse.
4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste
podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe
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