ORDENANZA Nº 197-MDCH - Aprueban la nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad

Fecha de disposición14 Diciembre 2011
Fecha de publicación14 Diciembre 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 14 de diciembre de 2011 454881
Los aportes reglamentarios para recreación pública
adquieren la condición de titularidad correspondiente, al
momento de la recepción de obras de habilitación urbana,
reconocida por la resolución administrativa pertinente y su
inscripción en el Registro de Propiedad Inmueble de la
Of‌i cina Registral de Lima y Callao.”
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Precísese que la presente Ordenanza
rige para todos los aportes reglamentarios provenientes
de habilitaciones urbanas, sea con f‌i nes residenciales,
de vivienda, industriales, comerciales o de otros usos
especiales (OU), aún cuando se desarrollen por etapas;
incluso aquellos que hayan sido transferidos a terceros
mediante subasta pública, desde la fecha de entrada en
vigencia de la Ordenanza N° 836-MML.
Segunda.- Póngase en conocimiento de la
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos
– SUNARP y del Instituto Nacional de Defensa de la
Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual
– INDECOPI, el contenido de la presente Ordenanza, para
los efectos que fuere de ley.
POR TANTO:
Mando, se registre, publique y cumpla.
En Lima 7.DIC.2011
EDUARDO ARIEL ZEGARRA MENDEZ
Teniente Alcalde - Encargado de la Alcaldía
727834-2
MUNICIPALIDAD DE
CHORRILLOS
Aprueban la nueva Estructura Orgánica
de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 197-MDCH
Chorrillos, 26 de noviembre del 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CHORRILLOS
POR CUANTO:
El Concejo Distrital de Chorrillos en Sesión Ordinaria
de fecha 26 de noviembre del 2011.
CONSIDERANDO:
Nº 27972 establece que la Administración Municipal
adopta una estructura gerencial.
Que, por otro lado la Ley Orgánica de Municipalidades
Ley Nº 27972 prevé nuevos órganos dentro de la
Organización Municipal, en tal sentido se ha propuesto
modif‌i car la Estructura Orgánica de la Municipalidad de
Chorrillos, que fue aprobada por Ordenanza Nº 170-
MDCH de fecha 24 de Abril del 2011, con la f‌i nalidad de
simplif‌i car y mejorar la Organización Municipal.
Que, el último párrafo del Artículo 5º de la Ley Orgánica
de Municipalidades Nº 27972 señala, que corresponde al
Concejo ejercer las Funciones normativas y f‌i scalizadoras,
precisando el artículo 9º inciso 8) de la misma norma
legal que le corresponde dictar, modif‌i car o derogar las
Ordenanzas, consecuentemente es función del Concejo
aprobar el Reglamento de Organización y Funciones de
la Municipalidad Distrital de Chorrillos.
Que, estando a lo expuesto y con las facultades
establecidas en el artículo 9º de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972, contando con el voto UNANIME
de sus miembros, el Concejo ha dado la siguiente:
ORDENANZA
Artículo Primero.- APROBAR la NUEVA
ESTRUCTURA ORGANICA DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE CHORRILLOS, según anexo que forma
parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- FACULTAR al señor Alcalde para
que en cumplimiento de la presente ordenanza elabore
y apruebe los Documentos de Gestión que se requieran
para el mejor funcionamiento de la gestión.
Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO toda la
disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente
Ordenanza.
Artículo Cuarto.- DISPONER su publicación en el
Diario Of‌i cial El Peruano.
POR TANTO:
Regístrese y comuníquese.
AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO
Alcalde
FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos
constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme
a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las
Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente:
1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes
a la publicación original. En caso contrario, la rectif‌i cación sólo procederá mediante la expedición de otra
norma de rango equivalente o superior.
2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar
debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas.
3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice”
y a continuación la versión rectif‌i cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de
existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a
rectif‌i carse.
4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser
remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe
LA DIRECCIÓN
DIARIO OFICIAL

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