ORDENANZA Nº 1900 - Declaran desfavorables diversas peticiones de cambio de zonificación en el Distrito de Lurín

Fecha de disposición26 Agosto 2015
Fecha de publicación26 Agosto 2015
560052 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de agosto de 2015 /
El Peruano
6HJXQGD,QFUHPHQWRVLJQL¿FDWLYRHQOtPLWHV
Para el caso de empresas autorizadas para abrir
establecimientos de operaciones básicas y cajeros
corresponsales, en el caso que se produzca un
LQFUHPHQWR VLJQL¿FDWLYR HQ ORV OtPLWHV GH SUHVWDFLyQ
de servicios informados a esta Superintendencia, este
debe ser considerado un cambio importante en el
ambiente operativo. En consecuencia, debe realizarse
una evaluación de riesgos conforme lo establecido en la
Circular Nº G-165-2012, relativa al “Informe de riesgos por
nuevos productos o cambios importantes en el ambiente
de negocios, operativo o informático” y ser informado
a esta Superintendencia. Se considera “incremento
VLJQL¿FDWLYR´ WRGR LQFUHPHQWR PD\RU DO  GHO OtPLWH
informado a la Superintendencia.
Tercera.-Empresas con autorización para operar
FDMHURVFRUUHVSRQVDOHV
Lo dispuesto en el artículo 10º del presente
Reglamento no resulta aplicable para aquellas empresas
que a la fecha de entrada en vigencia de la presente
norma cuenten con autorización para operar con cajeros
corresponsales.
Artículo Segundo.- 0RGL¿FDU HO 5HSRUWH 1  GHO
Capítulo V “Información Complementaria” del Manual de
Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero
aprobado por la Resolución SBS Nº 895-98 y sus normas
PRGL¿FDWRULDV \ FRPSOHPHQWDULDV FRQIRUPH DO IRUPDWR
que se muestra en el Anexo que forma parte integrante
de la presente Resolución, y se publica en el portal
institucional (www.sbs.gob.pe), conforme con lo dispuesto
en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS.
Artículo Tercero.- Incorporar en el artículo 14º del
“Reglamento de las Empresas Emisoras de Dinero
Electrónico”, aprobado mediante Resolución SBS Nº 6284-
2013, como información que deben remitir las EEDEs, al
Reporte Nº 30 “Cajeros Automáticos, Establecimientos
de Operaciones Básicas y Cajeros Corresponsales” del
Capítulo V “Información Complementaria” del Manual de
Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero”.
Artículo Cuarto.- Incorporar el procedimiento Nº
166 “Autorización para operar con establecimientos de
RSHUDFLRQHVEiVLFDV´\PRGL¿FDUHOSURFHGLPLHQWR1
“Autorización para operar con cajeros corresponsales”
del Texto Único de Procedimientos Administrativos de
esta Superintendencia, aprobado por la Resolución
SBS Nº 3082-2011, cuyo texto se adjunta a la presente
Resolución, y se publica de acuerdo con lo dispuesto en el
Decreto Supremo 004-2008-PCM, Reglamento de la Ley
Nº 29091. (Portal institucional www.sbs.gob.pe).
Artículo Quinto.- La presente resolución entrará en
vigencia a partir del día siguiente de su publicación en
HO'LDULR 2¿FLDO ³(O 3HUXDQR´ FRQ OD H[FHSFLyQ GH OD
nueva versión del Reporte Nº 30 que se aprueba en el
artículo segundo de la presente resolución, que regirá
a partir de la información correspondiente a diciembre
de 2015.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG
Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras
Privadas de Fondos de Pensiones
1278543-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Declaran desfavorables diversas peticiones
de cambio de zoniicación en el Distrito de
Lurín
ORDENANZA Nº 1900
El ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;
POR CUANTO
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha
20 de agosto de 2015, el Dictamen Nº 020-2015-MML-
CMDUVN, de la Comisión Metropolitana de Desarrollo
Urbano, Vivienda y Nomenclatura;
Aprobó la siguiente:
ORDENANZA
QUE DECLARA DESFAVORABLE PETICIONES
DE CAMBIO DE ZONIFICACIÓN
EN EL DISTRITO DE LURIN
Artículo Primero.- Declarar desfavorables las
SHWLFLRQHV GH FDPELR GH ]RQL¿FDFLyQ HQ HO 'LVWULWR GH
Lurín, que a continuación se indican:
Expediente Nº 285815-2014
EXPEDIENTE SOLICITANTE
1565-2014 CENTRO POBLADO RURAL VICENTE MORALES
Parcela B-14 de la U.C. Nº 10730
11077-2014 ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES CONO SUR
Sub Lote 1-B o Parcela U.C. 1038, Fundo Santa Rosa (Trapecio
Lurín)
11761-2014 EMPRESA NICOLL PERÚ S. A.
Sub Lote B-29 B Código Catastral 1139, Ex Fundo San Pedro
de Lurín.
5686-2013 GONZALO ROSELLÓ PUGA Y SERENELLA MÓNACO
VARAS DE ROSELLÓ
Lote 2D Sección C km. 40.8 de la Panamericana Sur altura del
Puente Arica.
5686-2013 GONZALO ROSELLÓ PUGA Y SERENELLA MÓNACO
VARAS DE ROSELLÓ
Lote 2D Sección A km. 40.8 de la Panamericana Sur altura del
Puente Arica.
5686-2013 GONZALO ROSELLÓ PUGA Y SERENELLA MÓNACO
VARAS DE ROSELLÓ
Lote 2 Sección D, Sección B que formó parte del denominado
Lote Sur Avenida km. 40.8 de la Panamericana Sur altura del
Puente Arica.
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de
Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de
Lima, cumpla con comunicar a los propietarios de los
predios indicados en el artículo segundo lo dispuesto por
la presente ordenanza.
POR TANTO
Mando se registre, publique y cumpla.
Lima, 20 de agosto de 2015
LUIS CASTAÑEDA LOSSIO
Alcalde de Lima
1278220-1
Aprueban el valor total de tasación de
inmueble afectado por la ejecución del
Proyecto Vías Nuevas de Lima y dictan
diversas disposiciones
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 219
Lima, 20 de agosto de 2015
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha
20 de agosto de 2015, el Informe Técnico Legal Nº
019-2015-MML-GPIP-SGCPP-AL y el Memorando Nº
363-2015-MML-GPIP, de la Gerencia de Promoción de
la Inversión Privada, el Informe Nº 550-2015-MML-GAJ,
de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, y el Memorando
Nº 861-2015-MML-GMM, de la Gerencia Municipal
Metropolitana, poniendo a consideración del Concejo, la
aprobación del valor total de tasación de un inmueble que

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