Ordenanza N° 18-2023-MDLPy Acuerdo N° 141-2023 AC/MPC. Ordenanza Municipal que aprueba el Régimen Tributario de Arbitrios Municipales por los servicios públicos de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo para el Ejercicio 2024 en el distrito de La Perla

Fecha de publicación29 Diciembre 2023
SecciónSección Única
SEPARATA ESPECIAL
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 18-2023-MDLP
ORDENANZA MUNICIPAL
QUE APRUEBA EL RÉGIMEN TRIBUTARIO
DE ARBITRIOS MUNICIPALES POR LOS
SERVICIOS PÚBLICOS DE BARRIDO DE
CALLES, RECOLECCIÓN DE RESIDUOS
SÓLIDOS, PARQUES Y JARDINES Y
SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2024
EN EL DISTRITO DE LA PERLA
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
ACUERDO DE CONCEJO Nº 141-2023-AC/MPC
Viernes 29 de diciembre de 2023
NORMAS LEGALES
“AÑO DE LA UNIDAD, LA PAZ Y EL DESARROLLO”
FUNDADO EL 22 DE OCTU BRE DE 1825 POR EL LIBERTADOR SI MÓN BOLÍVAR
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 29/12/2023 07:34
2NORMAS LEGALES Viernes 29 de diciembre de 2023
El Peruano
/
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 141-2023-AC/MPC
Callao, 18 de diciembre de 2023
El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO,
VISTO:
En Sesión Extraordinaria celebrada en la fecha, el Dictamen Nº 068-2023-MPC-SR-COADAL de fecha 18 de
diciembre de 2023, emitido por la Comisión de Administración y Asuntos Legales; el Memorándum Nº 3032-2023-MPC/
GM de fecha 14 de diciembre de 2023, emitido por la Gerencia Municipal; el Informe Nº 513-2023-MPC/OGAJ de fecha
14 de diciembre de 2023, emitido por la Of‌i cina General de Asesoría Jurídica; los Memorandos Nº 1617-2023-MPC-GAT
de fecha 06 de diciembre de 2023 y Nº 1645-2023-MPC-GAT de fecha 14 de diciembre de 2023, emitidos por la Gerencia
de Administración Tributaria; el Informe Nº 743-2023-MPC-OGAF-OC de fecha 06 de diciembre de 2023, emitido por la
Of‌i cina de Contabilidad; el Memorando Nº 399-2023-MPC/SGCM-OACMA de fecha 28 de noviembre de 2023, emitido
por la Of‌i cina de Apoyo al Concejo Municipal y Alcaldía, el Of‌i cio Nº 405-2023-MPC/SGCM de fecha 17 de noviembre de
2023, emitido por la Secretaría General del Concejo Municipal; los Expedientes Nº 2023-01-0000161347 de fecha 30 de
octubre de 2023 y Nº 2023-01-0000175909 de fecha 28 de noviembre de 2023 y Nº 2023-01-0000183756 de fecha 18
de diciembre de 2023, remitidos por la Municipalidad Distrital de La Perla, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley
Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política establece para las municipalidades
radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, asimismo, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que las ordenanzas en materia
tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratif‌i cadas por las municipalidades provinciales de su
circunscripción para su vigencia;
Que, mediante Expediente Nº 2023-01-0000161347 de fecha 30 de octubre de 2023, la Municipalidad Distrital de La
Perla remite la Ordenanza Nº 18-2023-MDLP q ue aprueba el régimen tributario de arbitrios municipales por los servicios
públicos de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo para el ejercicio f‌i scal 2024
en el Distrito de La Perla;
Que, a través del Of‌i cio Nº 405-2023-MPC/SGCM de fecha 17 de noviembre de 2023, la Secretaría General del
Concejo Municipal remite a la Municipalidad Distrital de La Perla el Memorando Nº 1561-2023-MPC-GAT de fecha 21 de
noviembre de 2023, en el que la Gerencia de Administración Tributaria realiza observaciones a la solicitud de ratif‌i cación;
Que, mediante Expediente Nº 2023-01-0000175909 de fecha 28 de noviembre de 2023, la Municipalidad Distrital
de La Perla manif‌i esta que ha procedido con el levantamiento de observaciones para continuar con el procedimiento
de ratif‌i cación de la Or denanza Municipal Nº18-2023-MDLP, que aprueba el régimen tributario de arbitrios municipales
por los servicios públicos de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo para el
ejercicio f‌i scal 2024 en el Distrito de La Perla;
Que, la Of‌i cina de Contabilidad, a través del Informe Nº 743-2023-MPC-OGAF-OC de fecha 06 de diciembre de
2023, emite opinión favorable en materia de costos para la ratif‌i cación de la Ordenanza Municipal Nº18-2023-MDLP,
que aprueba el régimen tributario de arbitrios municipales por los servicios públicos de barrido de calles, recolección de
residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo para el ejercicio f‌i scal 2024 en el Distrito de La Perla;
Que, mediante Memorando Nº 1645-2023-MPC-GAT de fecha 14 de diciembre de 2023, la Gerencia de Administración
Tributaria emite opinión favorable respecto a la ratif‌i cación de la Ordenanza Nº 18-2023-MDLP de la Municipalidad Distrital
de La Perla precisando que debe ser derivado a la Comisión de Administración y Asuntos Legales para su evaluación;
Que, la Of‌i cina General de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº513-2023-MPC/OGAJ de fecha 14 de diciembre de
2023, emite opinión legal favorable para la ratif‌i cación, mediante Acuerdo de Concejo, de la Ordenanza Nº 18-2023-MDLP
que aprueba el régimen tributario de arbitrios municipales por los servicios públicos de barrido de calles, recolección de
residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo para el ejercicio f‌i scal 2024 en el Distrito de La Perla;
Que, a través del Expediente Nº 2023-01-0000183756 de fecha 18 de diciembre de 2023, la Municipalidad Distrital de
La Perla remite copia certif‌i cada de la Ordenanza Municipal Nº 22-2023-MDLP, Ordenanza que f‌i ja tope en el incremento
de los arbitrios municipales para el ejercicio 2024; a f‌i n de que sea tomado en cuenta para el proceso de ratif‌i cación de
la Ordenanza Municipal Nº 18-2023-MDLP;
Estando a lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones conferidas al Concejo Municipal por el artículo 9º de la Ley Nº
27972, Ley Orgánica de Municipalidades y su Reglamento de Organización Interior, aprobado por Ordenanza Municipal
Nº 000034-2004;
Por unanimidad:
ACORDÓ:
ARTÍCULO PRIMERO.- RATIFICAR la Ordenanza Municipal Nº 18-2023-MDLP que aprueba el régimen tributario de
arbitrios municipales por los servicios públicos de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y
serenazgo para el ejercicio f‌i scal 2024, en el Distrito de La Perla.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Encargar a la Secretaría General del Concejo Municipal la notif‌i cación del presente Acuerdo
de Concejo a la Municipalidad Distrital y las áreas competentes.
ARTÍCULO TERCERO.- Disponer la publicación del presente Acuerdo en el Portal Institucional de la Municipalidad
Provincial del Callao (www.gob.pe/municallao)
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NORMAS LEGALES
Viernes 29 de diciembre de 2023
El Peruano
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ARTÍCULO CUARTO.- Dispensar al presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
PEDRO SPADARO PHILIPPS
Alcalde
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 18-2023-MDLP
La Perla, 30 de octubre de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA PERLA.
VISTO:
En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 30 de octubre de 2023; el Dictamen Nº 19-2023-MDLP/COAEP emitido
por la Comisión Ordinaria de Administración, Economía y Presupuesto con fecha 25 de octubre de 2023; y,
CONSIDERANDO:
Que , de conformidad con el artículo 194º y 195º de la Constitución Política del Perú, modif‌i cado por la Ley Nº 30305,
se reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
asimismo, son competentes para administrar sus bienes y rentas, creando modif‌i cando y suprimiendo contribuciones,
tasas, arbitrios, licencias, derechos municipales, conforme a Ley;
Que, el numeral 8) del Artículo 9º, Artículo 40º y los numerales 1) y 2) del Artículo 69º de la Ley Orgánica de
MunicipalidadesLey Nº 27972, establecen que son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modif‌i car o derogar
las ordenanzas; así como, que mediante Ordenanzas se crean, modif‌i can, suprimen o exoneran los arbitrios, licencias,
derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley, señalando que las Ordenanzas son normas de
carácter general por medio de las cuales se regula las materias en las que las Municipalidades tienen competencia
normativa y precisando que son rentas municipales, entre otros conceptos, las contribuciones, arbitrios, licencias, multas
y derechos creados por el Concejo Municipal, los que constituyen sus ingresos propios;
Que, el Literal a) del Artículo 68º y 69º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por
Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, ref‌i ere que las Municipalidades podrán imponer tasas por servicios públicos o arbitrios,
def‌i niéndolas como aquellas que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio público individualizado
en el contribuyente; así mismo, dispone que la determinación de las tasas por servicios públicos o arbitrios, deberán
ajustarse a criterios de razonabilidad que consideren el costo efectivo de servicios, su mantenimiento, señalando el
servicio individual prestado de manera real y/o potencial, utilizándose criterios que resulten válidos para la distribución
real del costo de las tasas por servicios públicos entre los contribuyentes, de manera vinculada y dependiendo del
servicio público involucrado, tales como de uso, tamaño y ubicación del predio del contribuyente, el grado de intensidad
en su uso, entre otros;
Que, en las Sentencias Nº 0041-2004-AI/TC y Nº 00053-2004-PI/TC, publicadas el 15 de marzo y el 17 de agosto
de 2005 en el Diario Of‌i cial El Peruano respectivamente, el Tribunal Constitucional se pronunció en los procesos de
inconstitucionalidad sobre la potestad tributaria municipal precisando que la aprobación y determinación de arbitrios
municipales son competencia de la Entidad y cuyos fallos tienen carácter vinculante en la totalidad de su contenido;
Que, en relación con la determinación de las tasas por arbitrios municipales, el Tribunal Constitucional mediante
sentencia recaída en el Expediente Nº 00053-2004-PI/TC, se pronunció acerca de la aplicación de “parámetros mínimos
de validez constitucional” que permitan una distribución de los costos de los servicios de barrido de calles, recolección de
residuos sólidos, parques y jardines y seguridad ciudadana;
Que, asimismo, mediante Sentencia Nº 0018-2005-AI/TC publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano el 19 de julio de
2006, el Tribunal Constitucional estableció que los criterios vinculantes de constitucionalidad materia de las Ordenanzas
de arbitrios municipales desarrollados en el punto VIII, AS3 de la Sentencia 0053-2004-PI/TC, si bien resultan bases
presuntas mínimas, estas no deben entenderse rígidas en todos los casos, pues tampoco lo es la realidad social y
económica de cada Municipio, precisando que es obligación de estos, sustentar técnicamente, aquellas otras fórmulas
que adaptándose mejor a su realidad, logren una mayor justicia en la imposición tributaria;
Que, mediante Ordenanza Nº 012-2023/MPC publicada en el Diario Of‌i cial “El Peruano” con fecha 14 de junio de
2023, la Municipalidad Provincial del Callao aprueba los Procedimientos de Ratif‌i cación de Ordenanzas Distritales que
dispongan la creación, modif‌i cación o que regulen Tasas de carácter Tributario en la Provincia Constitucional del Callao,
mediante los cuales se regula la determinación de los costos referidos a la prestación de servicios contenidos en las
Ordenanzas de Arbitrios Municipales, así como el contenido del Informe Técnico Financiero que lo sustente;
Que, en este sentido, la Municipalidad Distrital de La Perla ha procedido a formular el marco legal que aprueba la
estructura de costos y metodología de distribución, sobre el cual se distribuirán los arbitrios municipales en el Distrito;

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