Ordenanza N° 14-2023-MPC. Ordenanza que aprueba el procedimiento de planeamiento integral con fines de anexión al área urbana y asignación de zonificación

Fecha de publicación29 Septiembre 2023
SecciónSección Única
Autorizan viaje del Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo a Costa Rica, y encargan su Despacho al Ministro de Salud

Cañete, 25 de agosto del 2023


EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE


POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 24 de agosto de 2023, Dictamen N°007-2023-CODUYR-MPC de fecha 03 de agosto de 2023, de la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, Memorándum N°1308-2023/GM-MPC de fecha 05 de julio de 2023, de la Gerencia Municipal Informe Legal Nº303-2023-GAJ-MPC de fecha 04 de julio de 2023, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, Informe N° 901-2023-JAGS-GODUR-MPC de fecha 15 de junio de 2023 de la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural; y,


CONSIDERANDO:


Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme a lo señalado en el artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional N°30305, en concordancia con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley N°27972 Ley Orgánica de Municipalidades.


Que, los Gobiernos Locales asumen competencias y ejercen funciones específicas, como es la organización del espacio físico y usos del suelo en sus respectivas jurisdicciones comprendiendo entre otros, la zonificación, según lo establecido en el numeral 1.1 del Artículo 73° de la Ley N°27972; asimismo, dicha Ley Orgánica en su artículo 79° establece que son funciones exclusivas de la municipalidades provinciales, entre otros, aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el esquema de zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial.


Que, el Artículo 6° de la Ley N°2909, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, establece que “ninguna obra de habilitación urbana o de edificación podrá construirse sin sujetarse a las normas urbanísticas establecidas en los planes de desarrollo urbano y/o acondicionamiento territorial y/o planeamiento integral. Las normas urbanísticas constituyen documentos de interés público, cuya finalidad es la promoción del desarrollo ordenado de las ciudades. Las Municipalidades dispondrán su difusión a través de su publicación en lugares y medios accesibles a la colectividad;(…)”.


Que, mediante Decreto Supremo N°022-2016-VIVIENDA se aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible (en adelante Reglamento), la misma que contiene los procedimientos técnicos, criterios y parámetros que los Gobiernos Locales deben considerar en la formulación, aprobación, implementación y modificación de los instrumentos de planificación urbana y en los instrumentos de gestión urbana contemplados en el Reglamento.


Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Cañete, aprobado por Ordenanza N°031-2007-MPC y sus modificatorias, han previsto el procedimiento de Planeamiento Integral y Asignación de Zonificación como parte de los procedimientos administrativos en la Municipalidad al que pueden acceder los administrados para ejercer su derecho.


Que, respecto al Uso del Suelo y la Zonificación del predio materia de Planeamiento Integral, que ha sido verificado por la Sub Gerencia de Obras Privadas de la MPC, conforme refiere en su Informe N°247-SGOP-GODUR-MPC-2022, recibido con fecha 20 de abril del 2022, concluye; indicando que el procedimiento desarrollado es conforme con las siguientes características, detallando:


• Ubicación del predio: Denominado Terreno Rustico y San Agustín número de parcela 39 Código Catastral 11210 Proyecto Tercer Mundo Valle Cañete, U.C.11210, Inscrito en los Registros Públicos en la Partida N°03080873; Jurisdicción del Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete y Departamento de Lima, con un Área de 4.0637 Has. (Sección A-2.7355 Has y Sección B-1.3282 Has.)


• Respecto al Uso del Suelo: Le corresponde ZONA AGRICOLA, DE CONFORMIDAD CON EL Reglamento de Usos de Suelos de la Provincia de Cañete, aprobado mediante Ordenanza Municipal N°06-95-MPC de fecha 08.06.1995; Modificatoria aprobada mediante Ordenanza Municipal N°026-2022-MPC de fecha 20.05.2022.


• Respecto a la Zonificación Actual: Le corresponde ZONA AGRICOLA (Z.A.), de conformidad con el Reglamento de Usos de Suelos de la Provincia de cañete, aprobado mediante Ordenanza Municipal N°006-95-MPC de fecha 08.06.1995; Modificatoria aprobada mediante Ordenanza Municipal N°026-2002-MPC de fecha 20.05.2002.


• Respecto a la Zonificación propuesta por el Administrado corresponde RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA (RDM), cuyos parámetros en concordancia con el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano (D.S. N°022-2016-VIVIENDA), indicadas en la misma, cuya finalidad se ha decidido habilitar el predio para el uso residencial, con un especial interés de desarrollo de proyecto urbanístico debido a que se encuentra cerca de la Carretera antigua Panamericana Sur.


Por lo que dicha Sub Gerencia otorga conformidad Técnica del Expediente Administrativo de Propuesta de Planeamiento Integral solicitado por la Sra. Delia Pilar Cayahuallpa Cárdenas, identificada con DNI: 15349154, en representación de la Asociación de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR