ORDENANZA N° 019-2014-MDCH - Aprueban Reglamento del Inspector Municipal de Transporte de Vehículos Menores de la Municipalidad distrital de Chancay

Fecha de disposición26 Febrero 2015
Fecha de publicación26 Febrero 2015
El Peruano
Jueves 26 de febrero de 2015 547555
representativo de la No Violencia, en conmemoración
el 25 de noviembre “DÍA INTERNACIONAL DE LA
ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER”.
Artículo Sexto.- PROMOVER el compromiso de las
Instituciones del Estado y la Sociedad Civil para que
incorporen en sus respectivas agendas el desarrollo de
planes de prevención a f‌i n de coadyuvar al éxito de la
aplicación de las estrategias que prevengan y atiendan a
las víctimas de violencia familiar y sexual en el distrito de
Chancay, a través de una acción articulada y concertada.
Artículo Séptimo.- ENCARGAR a las áreas
correspondientes su implementación, difusión y la
publicación de la presente Ordenanza en el Diario Of‌i cial
El Peruano y en el Portal Municipal, conforme a los
procedimientos establecidos en el artículo 44º inciso 3) de
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JUAN A. ALVAREZ ANDRADE
Alcalde
1204051-2
Aprueban Reglamento del Inspector
Municipal de Transporte de Vehículos
Menores de la Municipalidad Distrital
de Chancay
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 019-2014-MDCH
Chancay, 29 de diciembre de 2014.
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CHANCAY
VISTO: En la Sesión de Concejo de la fecha, el
Informe Legal Nº 794-2014-MDCH/DAL presentado por
la Dirección de Asesoría Legal, mediante el cual pone a
consideración el Proyecto de Ordenanza que aprueba
el Reglamento del Inspector Municipal de Transporte
de Vehículos Menores de la Municipalidad Distrital de
Chancay; y,
CONSIDERANDO:
en concordancia con el articulo II del título preliminar de
la Ley Orgánica de Municipalidades, aprobada mediante
Ley Nº 27972 reconoce a los gobiernos locales autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia:
Que, el Concejo Municipal cumple su función
normativa fundamentalmente a través de las ordenanzas
municipales, las mismas que de conformidad con lo
previsto en el artículo 200º numeral 49 de la Constitución,
tiene rango normativo de Ley, en su calidad de normas de
carácter general de mayor jerarquía dentro de la estructura
normativa Municipal, calidad reconocida por el artículo 40º
de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipales;
Que, la Ley Nº 27189, Ley de Transporte Público
Especial de Pasajeros en Vehículos Menores, en su
artículo 1º, reconoce al Servicio de Transporte Público
Especial de Pasajeros en Vehículos Menores, Mototaxis
y similares complementario y auxiliar, como un medio de
transporte vehicular terrestre;
Que, la Cuarta Disposición Complementaria y Final
Reglamento Nacional de Transporte Público Especial
de Pasajeros y Carga en vehículos motorizados o no
Motorizados, dispone que la Municipalidad Distrital
competente podrá dictar disposiciones complementarias
necesarias sobre aspectos administrativos y operativos
de servicio especial de acuerdo a las condiciones de su
jurisdicción;
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 006-2013-
MDCH, que Aprueba el Reglamento de Transporte
en Vehículos Menores Motorizados y Cuadros de
Infracciones, Calif‌i caciones, Sanciones y Medidas
Preventivas para el Transportador o Persona Jurídica,
Natural y Conductores, en su artículo 47º faculta a los
efectivos de la Policía Nacional del Perú e Inspector de
Tránsito Municipal aplicar las sanciones por infracciones,
así mismo resulta necesario que mediante Ordenanza
Municipal, se reglamente las funciones de los Inspectores
de Tránsito Municipal.
Con el voto unánime de los miembros del Concejo
Municipal, y con la dispensa del trámite de lectura del
acta, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO
DEL INSPECTOR MUNICIPAL DE TRANSPORTE
DE VEHÍCULOS MENORES DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE CHANCAY
Artículo Primero.- CREAR el CUERPO DE
INSPECTORES MUNICIPALES DE TRANSPORTE DEL
DISTRITO DE CHANCAY, adscrito al Área de Tránsito y
Vialidad de la Dirección de Gestión Ambiental y Servicios
Públicos de la Municipalidad Distrital de Chancay.
Artículo Segundo.- APROBAR EL REGLAMENTO
DEL INSPECTOR MUNICIPAL DE TRANSPORTE
DE VEHÍCULOS MENORES DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE CHANCAY, el mismo que consta de un (01)
título, cinco (05) capítulos, diecinueve (19) artículos y dos
(02) disposiciones complementarias, transitorias y f‌i nales,
que forman parte integrante de la presente ordenanza.
Artículo Tercero.- IMPLEMENTAR el Registro Único
del Cuerpo de Inspectores Municipales de Transporte
del Distrito de Chancay, a cargo del Área de Tránsito y
Vialidad de la Municipalidad Distrital de Chancay.
Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la
presente Ordenanza en el Diario Of‌i cial El Peruano y
su Reglamento en el Portal Municipal, conforme a los
procedimientos establecidos en el artículo 44º inciso 3) de
Artículo Quinto.- PRECÍSESE que la presente
Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su
publicación.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JUAN A. ALVAREZ ANDRADE
Alcalde
1204054-1
Ordenanza que aprueba el planeamiento
integral del diseño urbano, los
parámetros normativos en términos
de zonificación usos y vías del sector
ubicado en la zona de Chacarilla -
Chancay
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 020-2014-MDCH
Chancay, 30 de diciembre de 2014.
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CHANCAY
VISTO: En la Sesión de Concejo de la fecha, el
Dictamen Nº 010-2014-CDUR-MDCH, presentado por
la Comisión de Desarrollo en Infraestructura Urbana y
Rural, mediante el cual pone a consideración el proyecto
de Ordenanza que aprueba el Planeamiento Integral del
diseño urbano, los parámetros normativos en términos de
zonif‌i cación, usos y vías del sector ubicado en la zona de
Chacarilla - Chancay; y
CONSIDERANDO:
su artículo 194º que las Municipalidades son órganos
de gobierno local con autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia.
Municipalidades Distritales en materia de organización del
espacio físico y uso del suelo, tienen la función específ‌i ca
de aprobar el plan urbano, rural o distrital, con sujeción
al plan y a las normas municipales provinciales sobre la
materia, precisándose en el numeral 3.6 acápite 3.6.1

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