Ordenanza N° 012-2023/MDPN. Aprueban la “Campaña de saneamiento tributario de actualización de declaraciones juradas de predios”

Fecha de publicación10 Septiembre 2023
SecciónSección Única
47
NORMAS LEGALES
Domingo 10 de setiembre de 2023
El Peruano
/
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA
Aprueban la “Campaña de saneamiento
tributario de actualización de declaraciones
juradas de predios”
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 012-2023/MDPN
Punta Negra 13 de julio de 2023
EL CONCEJO DISTRITAL DE PUNTA NEGRA
VISTO:
El Acuerdo de Concejo Nº 067-2023/MDPN y demás
documentos que sustentan el presente; y,
Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo
dispuesto en el inciso 8 del artículo 9º y el artículo 39º
y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;
contando con el voto por UNANIMIDAD de los señores
Regidores se aprobó lo siguiente:
CONSIDERANDO:
Que, estando a lo establecido en el artículo 194º de
la Constitución Política del Estado, modicada por la
Ley Nº 30305, los Gobiernos Locales tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia; lo que es concordante con lo establecido
en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades, que señala que los
gobiernos locales gozan de autonomía política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, conforme lo establece el artículo 74º y el numeral
5 del artículo 195º de la Constitución Política del Perú,
la facultad de crear, modicar y suprimir contribuciones,
arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos es
otorgada a los gobiernos locales, siempre que sea dentro
de su jurisdicción y con los límites que la ley establece,
Que, el artículo 9º numeral 9 de la Ley Nº 27972, Ley
Organiza de Municipalidades en concordancia con la
Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado
del Código Tributario, aprobado mediante D.S. Nº 133-
2013-EF, dispone que mediante Ordenanza se crean,
modican, suprimen o exoneran las contribuciones,
arbitrios, licencias y derechos, dentro de los límites
establecidos por Ley;
Que, el artículo 41º del TUO del Código Tributario
aprobado mediante D.S. Nº 133-2013-EF, establece
que, excepcionalmente los gobiernos locales podrán
condonar, con carácter general, el interés moratorio y las
sanciones, respecto de los impuestos que administren,
estableciendo que, en el caso de contribuciones y tasas,
dicha condonación también podrá alcanzar al tributo;
Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de
Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que, las
Ordenanzas de las municipalidades, en la materia de
su competencia, son las normas de carácter general de
mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por
medio de las cuales se aprueba la organización interna,
la regulación, administración, supervisión de los servicios
públicos y las materias en las que la municipalidad
tiene competencia normativa. Asimismo, el numeral
8 del artículo 9º del mismo cuerpo legal, señala que
corresponde al Concejo Municipal “Aprobar, modicar o
derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”;
Que, mediante Informe Nº 233-2023-SGRRFT/
MDPN, de fecha 09 de junio de 2023, la Sub Gerencia de
Recaudación Registro y Fiscalización Tributaria, presenta
el proyecto de Ordenanza, mediante el cual se propone
la “CAMPAÑA DE SANEAMIENTO TRIBUTARIO DE
ACTUALIZACION DE DECLARACIONES JURADAS DE
PREDIOS”, de sincerar las deudas tributarias pendientes
de cancelación mediante el saneamiento y actualizaciones
de las declaraciones juradas de los predios dentro de la
jurisdicción de Punta Negra;
Que, mediante Informe Nº120-2023-GAT/MDPN, de
fecha 12 de junio de 2023, la Gerencia de Administración
Tributaria, solicita opinión técnica legal a la Gerencia
de Asesoría Jurídica respecto del proyecto Ordenanza
que aprueba la “Campaña de saneamiento tributario de
actualización de declaraciones juradas de predios”;
Que, mediante Informe Nº369-2023-GAJ/MDPN,
de fecha 15 de junio de 2023, la Gerencia de Asesoría
Jurídica, concluye que es de opinión favorable aprobar
el proyecto de Ordenanza que aprueba la “Campaña de
saneamiento tributario de actualización de declaraciones
juradas de predios;
Que, estando a lo expuesto, de conformidad a
lo establecido por los numerales 8) del artículo 9º y
artículos 39 y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, artículo 41º del Texto Único Ordenado
del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo
Nº 133-2013-EF, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD
aprobó:
ORDENANZA QUE APRUEBA LA “CAMPAÑA DE
SANEAMIENTO TRIBUTARIO DE ACTUALIZACION
DE DECLARACIONES JURADAS DE PREDIOS”
Artículo 1º.- OBJETIVO
La presente ordenanza tiene como objetivo establecer
la Campaña de Saneamiento Tributario de Actualización
de Declaraciones Juradas de Predios del Distrito de
Punta Negra, con Benecios Tributarios, e incentivos
para la regularización voluntaria en la presentación de las
Declaraciones Juradas de Autoevaluó a n de incentivar el
pago de los tributos municipales 2023 y años anteriores.
Artículo 2º FINALIDAD
a) Incentivar a los titulares o posesionarios de los
predios, ubicados en la jurisdicción del distrito de Punta
Negra, que a la fecha se encuentren en condición de
omisos, subvaluados, o que no hayan actualizado o
recticado el uso del predio, el aumento en el valor del
autoavaulo de su predio u otro dato que incida en la mayor
determinación del Impuesto Predial en los ejercicios
respectivos, para que regularicen su situación tributaria
ante la Municipalidad Distrital de Punta Negra, y de esa
manera, puedan cancelar el Impuesto Predial derivado
de dicha regularización voluntaria con la correspondiente
condonación de las multas tributarias.
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2213659-1
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 10/09/2023 00:19

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