ORDENANZA N° 011-2014-GRP-CRP - Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional Agraria de Puno

Fecha de publicación27 Noviembre 2014
Fecha de disposición27 Noviembre 2014
El Peruano
Jueves 27 de noviembre de 2014 538583
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE PUNO
Aprueban el Reglamento de
Organización y Funciones (ROF) de la
Dirección Regional Agraria de Puno
ORDENANZA REGIONAL
Nº 011-2014-GRP-CRP
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO
REGIONAL DE PUNO
VISTO:
En el Consejo Regional del Gobierno Regional Puno,
en Sesión Ordinaria llevada a cabo el día nueve de
octubre del 2014, se ha debatido y aprobado la Ordenanza
Regional siguiente; y,
CONSIDERANDO:
que la descentralización es una forma de organización
democrática y constituye una política permanente del
Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo
fundamental el desarrollo integral del país; con este
propósito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia.
Que, de conformidad al artículo 9º del literal a)
Regionales; establece que los Gobiernos Regionales
son competentes para aprobar su organización y
presupuesto; artículo 13º que señala que el Consejo
Regional es el órgano normativo y f‌i scalizador
del Gobierno Regional; artículo 15º literal a) de la
norma señalada, es atribución del Consejo Regional,
aprobar, modif‌i car o derogar las normas que regulen
o reglamenten los asuntos y materias de competencia
y funciones del Gobierno Regional; artículo 37º literal
a) indica que el Consejo Regional dicta Ordenanzas y
Acuerdos del Consejo Regional.
de sus funciones en materia Agraria: Formular, aprobar,
ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes
y políticas de la Región en materia agraria en concordancia
con las políticas nacionales y los planes sectoriales y las
propuestas promocionales de desarrollo rural.
Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-
PCM, se aprueban los lineamientos para la elaboración
y aprobación del Reglamento de Organización y
Funciones, señalando en el artículo 5º que este es un
documento técnico normativo de gestión institucional
que formaliza la estructura orgánica de la Entidad
orientada al esfuerzo institucional y al logro de su
misión, visión y objetivos, el cual contiene las funciones
generales de la Entidad y las funciones específicas de
los órganos y unidades orgánicas estableciendo sus
relaciones y responsabilidades. Asimismo el artículo
7º de la misma norma estará a cargo del órgano
responsable de las funciones de planeamiento,
racionalización o quien haga sus veces.
Que, mediante Of‌i cio Nº 147-2014-DRA-P/OPA,
la Dirección Regional Agraria Puno, remite propuesta
de Reglamento de Organización y Funciones – ROF
y el Informe Técnico sustentatorio, los mismos que
se encuentran debidamente visados por la Of‌i cina de
Planif‌i cación Agraria y la Of‌i cina de Asesoría Jurídica. Los
reglamentos de organización y funciones requieren de
un informe previo favorable para su aprobación, en ese
sentido, la Subgerencia de Racionalización y Desarrollo
Institucional ha emitido el Informe Nº 033-2014-GR-PUNO/
GRPPAT-SGRDI, a efecto de verif‌i car el cumplimiento de
los requisitos técnicos previstos en el Decreto Supremo
Nº 043-2006-PCM y en la Ley de modernización de la
Gestión del Estado y normas pertinentes de los sistemas
administrativos.
Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de modernización de
la Gestión del Estado, establece que el diseño y estructura
de la Administración pública, de los diferentes niveles de
gobierno, sus dependencias, funciones y actividades que
realicen deben estar plenamente justif‌i cadas y amparadas
en sus normas. La propuesta de ROF se ha justif‌i cado en
normas sustantivas, como la Ley Nº 27867, Ley Orgánica
de los Gobiernos Regionales, Ley Nº 27783, Ley de Bases
de la Descentralización, Decreto Supremo Nº 011-2007;
aprueba transferencia de facultades que corresponde a
las funciones específ‌i cas de los literales e y q del artículo
51º.Que, el Reglamento de Organización y Funciones
(ROF) de la Dirección Regional Agraria de Puno se
ha diseñado hasta el segundo nivel organizacional
como un órgano de línea con dependencia funcional y
administrativa de la Gerencia de Desarrollo Económico
del Gobierno Regional Puno, técnica y normativa
del Ministerio de Agricultura. La Dirección Regional
Agraria es responsable de formular y proponer políticas
regionales en materia agraria, en concordancia con
las políticas nacionales y sectoriales, así como con las
propuestas promocionales de desarrollo rural de parte
de las municipalidades provinciales y distritales. En la
propuesta del ROF se ha efectuado la modif‌i cación
parcial de la estructura orgánica, tomando en cuenta la
transferencia de funciones, realizada por el Ministerio
de Agricultura, según el artículo 51º de la Ley Nº 27867,
Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, los mismos
que se han incorporado al Reglamento de Organización
y Funciones y el Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, que
aprueban el Reglamento de Organización y funciones
del Ministerio de Agricultura.
Que, mediante Dictamen Nº 006-2014-GRP-CRP/
COPP y AT, la Comisión Ordinaria de Planeamiento,
Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, recomienda
al Pleno del Consejo Regional la aprobación del
Reglamento de organización y Funciones de la Dirección
Regional Agraria de Puno.
Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley
modif‌i catoria Ley Nº 27902. Por mayoría, con la dispensa
del trámite de la lectura y aprobación del acta, el Pleno del
Consejo Regional.
ORDENA:
Artículo Primero.- APROBAR, el Reglamento de
Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional
Agraria de Puno, que comprende de cinco (05) títulos,
diez (10) Capítulos, cuarenta y tres (43) artículos y un (1)
anexo.
Artículo Segundo.- DISPONER, la publicación de
la presente Ordenanza Regional en el Diario Of‌i cial El
Peruano, en estricto cumplimiento de lo que dispone
Gobiernos Regionales y el portal electrónico del Gobierno
Regional de Puno, bajo responsabilidad.
POR TANTO:
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de Puno para su promulgación.
En Puno a los nueve días del mes de octubre del año
dos mil catorce.
VICTORIA ZARELA PINEDA MAZUELOS
Consejera Delegada
Mando se publique, se registre y cumpla.
Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de
Puno, a los 29 días del mes de octubre del año dos mil
catorce.
MAURICIO RODRIGUEZ RODRIGUEZ
Presidente del Gobierno Regional de Puno
1169651-1

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