ORDENANZA Nº 010-2015-CR-RL - Declaran de interés público y de prioridad regional el diseño de políticas y estrategias, así como proyectos y programas destinados al desarrollo sostenible de los camélidos sudamericanos en el ámbito del Gobierno Regional de Lima

Fecha de publicación02 Agosto 2015
Fecha de disposición02 Agosto 2015
558537
NORMAS LEGALES
Domingo 2 de agosto de 2015
El Peruano
/
Ciudadana en el Gobierno Regional de Lima, dependiente
de la Gerencia General Regional;
Que, la Comisión de Planif‌i cación Estratégica,
Presupuesto, Tributación, Ordenamiento Territorial y
Administración, Adjudicación de Tierras de Propiedad del
Estado, en sesión del 13 de Mayo del 2015 acordó aprobar
el Proyecto de Ordenanza Regional de la Creación de la
Dirección Regional de Seguridad Ciudadana del Gobierno
Regional de Lima;
Que, en la Sesión Extraordinaria del Consejo
Regional, de fecha 14 de mayo de 2015, se trató la
Carta Nº 012-2015-CO-PEPTOTAATPE-CR/GRL del
Consejero Regional Jorge Taboada Samanamud,
Presidente de la Comisión Ordinaria de Planif‌i cación
Estratégica, Presupuesto, Tributación, Ordenamiento
Territorial y Administración y Adjudicación de Tierras de
Propiedad del Estado del Consejo Regional en la cual
solicita la aprobación del Dictamen Final recaído en el
Acuerdo de Consejo regional Nº 044-2015-CR/GRL que
aprueba el proyecto de Ordenanza Regional de Creación
de la Dirección Ejecutiva de Seguridad Ciudadana en
el Gobierno Regional de Lima con sede en la ciudad
de Huacho; con la sustentación del referido Consejero
Regional; del debate de los miembros del Consejo
Regional de Lima, y con el voto por UNANIMIDAD de
los consejeros regionales concurrentes a la sesión del
Consejo Regional;
En uso de sus facultades conferidas en el artículo
15º inciso a), c) y s) de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales y sus modif‌i catorias;
HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA
REGIONAL:
“CREACIÒN, IMPLEMENTACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO DE LA DIRECCIÓN
REGIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL
GOBIERNO REGIONAL DE LIMA, CON
SEDE EN LA CIUDAD DE HUACHO”
Artículo Primero.- APROBAR, la creación,
implementación y funcionamiento de la Dirección
Regional de Seguridad Ciudadana del Gobierno Regional
de Lima, dependiente de la Gerencia General Regional;
que tenga las funciones y atribuciones del órgano técnico
para la ejecución de los planes, proyectos y actividades,
que permita la lucha frontal contra la delincuencia y
poder reducir los indicadores de inseguridad y darle la
protección a la población que comprenden la jurisdicción
del Gobierno Regional de Lima.
Artículo Segundo.- ENCARGAR al Ejecutivo
del Gobierno Regional de Lima, la implementación y
funcionamiento de la Dirección Regional de Seguridad
Ciudadana.
Artículo Tercero.- DISPENSAR la presente Ordenanza
Regional del trámite de lectura y aprobación de acta.
Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional
se publicará en el diario of‌i cial El Peruano, en un diario
de circulación regional, y en el portal web del Gobierno
Regional de Lima (www.regionlima.gob.pe).
En Huacho, a los catorce días del mes de mayo del
dos mil quince.
POR TANTO:
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de Lima para su promulgación.
VICENTE SABINO RIVERA LOARTE
Consejero Delegado
Consejo Regional
Mando se comunique, publique y cumpla.
Dado en la ciudad de Huacho, sede central del
Gobierno Regional de Lima, a los siete días del mes de
julio del dos mil quince, por Acuerdo del Consejo Regional
Nº 154-2015-CR/GRL se aprueba que el Consejero
Delegado la promulgue.
VICENTE SABINO RIVERA LOARTE
Consejero Delegado
Consejo Regional
1268754-1
Declaran de interés público y de prioridad
regional el diseño de políticas y estrategias,
así como proyectos y programas destinados
al desarrollo sostenible de los camélidos
sudamericanos en el ámbito del Gobierno
Regional de Lima
ORDENANZA REGIONAL
Nº 010-2015-CR-RL
EL GOBERNADOR REGIONAL DEL
GOBIERNO REGIONAL DE LIMA
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima
en su Sesión Ordinaria del día 04 de junio del 2015 en
la ciudad de Cajatambo, provincia de Cajatambo, ha
aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
VISTO:
La Carta Nº 039-2015-VSRL-CRPC/GRL del
Consejero Regional por la provincia de Cajatambo,
Vicente Sabino Rivera Loarte quien solicita que se
considere como punto de agenda en la sesión ordinaria,
la propuesta de Ordenanza Regional del Manejo de los
Camélidos Sudamericanos Alpaca y Vicuña, para su
debate y aprobación del Pleno.
CONSIDERANDO:
Perú, dispone que los Gobiernos Regionales tienen
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Que, en el mismo sentido, el Art. 2 de la Ley Orgánica
de Gobiernos Regionales dispone que los Gobiernos
Regionales emanan de la voluntad popular. Que, son
personas jurídicas de derecho público, con autonomía
política, económica y administrativa en asuntos de su
competencia, constituyendo, para su administración
económica y f‌i nanciera, un Pliego Presupuestal;
Estado, modif‌i cado por Ley Nº 27680, “Ley de Reforma
Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, establece:
“Los gobiernos regionales tienen autonomía política y
administrativa en los asuntos de su competencia (...)
La estructura orgánica básica de estos gobiernos la
conforman el Consejo Regional como órgano normativo
yf‌i scalizador (...)”.
de Gobiernos Regionales, modif‌i cada por la Ley Nº
29053, establece que el Consejo Regional: “Es el
órgano normativo y f‌i scalizador del gobierno regional.
Le corresponde las funciones y atribuciones que se
establecen en la presente Ley y aquellas que le sean
delegadas. (...)”.
de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas
Regionales norman asuntos de carácter general, la
organización y la administración del Gobierno Regional
y reglamentan materias de su competencia; y el literal
a) del artículo 15º de la misma norma, dispone que son
atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modif‌i car
o derogar las normas que regulen o reglamenten los
asuntos y materias de competencia y funciones del
Gobierno Regional;
Que, los literales k), m) y p) del artículo 51º de la
establecen las funciones específ‌i cas del Gobierno
Regional en materia agraria para promover y prestar
servicios de asistencia técnica en sanidad agropecuaria
de acuerdo a las políticas y programas establecidos por la
autoridad nacional de sanidad, fomentar la investigación
y transferencia de tecnología y extensión agropecuaria;
y el de promover, asesorar y supervisar el desarrollo,
conservación, manejo, mejoramiento y aprovechamiento
de cultivos nativos, camélidos sudamericanos y otras
especies de la ganadería regional;
Que, Ley Nº 26496, que en su artículo primero
señala: “declárese a los camélidos sudamericanos:
vicuña, guanaco y sus híbridos, como especies de fauna
NL20150802.pdf 19 8/3/2015 8:51:55 AM

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