Ordenanza Nº 006-2023-MDLP/AL. Ordenanza que aprueba el Reglamento Interno del Concejo Municipal de La Punta

Fecha de publicación16 Mayo 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
La Punta, 25 de abril de 2023

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA

POR CUANTO:

El Concejo Municipal del Distrito de La Punta en Sesión Ordinaria de fecha 25 de abril de 2023, con el voto aprobatorio de los Regidores Distritales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo, y ;

VISTO:

El Memorando N° 041-2023-MDLP/DOPP emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 090-2023-MDLP/SG emitido por la Oficina de Secretaría General, Archivo y Comunicaciones; el Informe N° 026-2023/MDLP/DOPP emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 040-2023/MDLP/OAJ emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 155-2023-MDLP/SGAC emitido por la Secretaria General, Archivo y Comunicaciones; el Informe N° 013-2023/MDLP/OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 260-2023-MDLP/GM emitido por la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la misma que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, los numerales 3 y 12 del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local y por Ordenanza su Reglamento Interno;

Que, el numeral 14 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Alcalde: “Proponer al Concejo Municipal los Proyectos de Reglamento Interno del Concejo Municipal, los de personal, los administrativos y todos los que sean necesarios para el gobierno y la administración municipal”;

Que, de acuerdo con el artículo 34º de Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad, aprobado mediante Ordenanza Nº 004-2023-MDLP/AL, la Secretaría General, Archivo y Comunicaciones es un órgano de apoyo “que proporciona soporte administrativo al Concejo Municipal, a la Alcaldía y a los Regidores (…)”;

Que, mediante Ordenanza Nº 001-2013, se aprueba el actual Reglamento Interno del Concejo Municipal (RIC) de La Punta;

Que, por otro lado, cabe mencionar que mediante Ley N° 31433, se modifica la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto a las atribuciones y responsabilidades de concejos municipales y consejos regionales, para fortalecer el ejercicio de su función de fiscalización. Asimismo, con la Ley N° 31270, se regulan las sesiones virtuales de consejos regionales y concejos municipales;

Que, mediante el Memorando N° 041-2023-MDLP/DOPP de fecha 24 de febrero de 2023, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto solicita a la Secretaría General la actualización del Reglamento Interno del Concejo Municipal, en vista de las modificaciones a la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señaladas en la Ley N° 31433;

Que, con Memorando N° 090-2023-MDLP/SG de fecha 17 de marzo de 2023, la Secretaría General remite su proyecto de un nuevo Reglamento Interno del Concejo (RIC), exponiendo la justificación a su proyecto, para la revisión y opinión de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (actualmente la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto, Modernización e Inversiones), a fin de que sea posteriormente elevado al Concejo Municipal para su aprobación mediante Ordenanza;

Que, a través del Informe N° 026-2023-MDLP/DOPP de fecha 24 de marzo de 2023, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto concluye que “El proyecto de Nuevo Reglamento Interno de Concejo Municipal de La Punta cumple con las disposiciones normativas emanadas por la Ley N° 31433 y Ley N° 31270, que obligan a las gestión contar con dicho documento actualizado en los extremos de dicha normatividad, en razón de ello se emite la conformidad para su trámite de aprobación.”Finalmente, recomienda derogar la Ordenanza N° 001-2013 y aprobar el citado proyecto mediante Ordenanza;

Que, mediante el Memorándum N° 040-2023/MDLP/OAJ de fecha 24 de marzo de 2023, la Oficina de Asesoría Jurídica procedió a devolver el expediente a la Secretaría General a fin de que subsane las observaciones expuestas, a fin de proseguir el trámite de aprobación ante el Concejo Municipal;

Que, con Memorando N° 155-2023-MDLP/SGAC de fecha 14 de abril de 2023, la Secretaría General remite el proyecto del Reglamento Interno del Concejo Municipal, habiendo levantado las observaciones formuladas por la Oficina de Asesoría Jurídica en el Memorando N° 040-2023-MDLP/OAJ;

Que, mediante Informe Nº 013-2023/MDLP/OGAJ de fecha 18 de abril de 2023, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que resulta procedente la aprobación del Proyecto de la Ordenanza Municipal, que aprueba el nuevo Reglamento Interno del Concejo Municipal (RIC) de La Punta, dejando sin efecto previamente la Ordenanza N° 001-2013, propuesto por la Secretaría General en sus Memorandos N° 155-2023-MDLP/SGAC y N° 090-2023-MDLP/SG y encontrado conforme por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto, Modernización e Inversiones (antes Oficina de Planeamiento y Presupuesto) en su Informe N° 026-2023/MDLP/DOPP;

Que, mediante el Memorando N° 260-2023-MDLP/GM de fecha 18 de abril de 2023, la Gerencia Municipal remite el Informe N° 013-2023/MDLP/OAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, a la Secretaría General, solicitando se eleve los actuados al Concejo Municipal;

Estando a lo expuesto, de conformidad con el Informe N° 013-2023-MDLP/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, el Informe N° 026-2023-MDLP/DOPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el artículo , numeral 8) y artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se APROBÓ POR UNANIMIDAD la siguiente:

Artículo 1º.- DEROGAR la Ordenanza N° 001-2023 y demás disposiciones municipales que se opongan a la presente Ordenanza.

Artículo 2º.- APROBAR el Reglamento Interno del Concejo Municipal de La Punta, cuyo texto forma parte de la presente Ordenanza.

Artículo 3º.- DELEGAR en el Señor Alcalde la facultad para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza.

Artículo 4°.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Secretaría General el cumplimiento de la presente Ordenanza.

Artículo 5º.- ENCARGAR a la Secretaría General, Archivo y Comunicaciones la publicación en el Diario Oficial “El Peruano” de la presente Ordenanza; y a la Oficina de Tecnología de la Información la publicación de la Ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Punta (www.munilapunta.gob.pe).

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

RAMÓN RICARDO GARAY LEÓN

Alcalde

La Punta, Callao, abril de 2023

TÍTULO I

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

TÍTULO II

CAPÍTULO II

DEL CONCEJO MUNICIPAL

CAPÍTULO III

DEL ALCALDE

CAPÍTULO IV

DE LOS REGIDORES

TÍTULO III

CAPÍTULO V

DE LAS SESIONES

CAPÍTULO VI

DE LAS SESIONES ORDINARIAS

CAPÍTULO VII

SESIONES EXTRAORDINARIAS

CAPÍTULO VIIII

SESIONES SOLEMNES

CAPÍTULO IX

SUSPENSIÓN EL CARGO DE ALCALDE O REGIDORES

CAPÍTULO X

DE LAS COMISIONES

DISPOSICIÓN FINAL

Artículo 1°.- El presente Reglamento Interno del Concejo Municipal del Distrito de La Punta, establece las atribuciones, funciones y competencias de sus miembros, conforme a la normativa vigente y regula los procedimientos para el desarrollo de las Sesiones de Concejo.

Artículo 2°.- Las atribuciones, funciones y competencias del Concejo Municipal Distrital de La Punta, se encuentran normadas en la Constitución Política del Perú, sus modificatorias, la Ley 27972Ley Orgánica de Municipalidades, la Ley N° 31433, Ley que modifica la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley N° 31270. Ley que Regula las Sesiones Virtuales de Consejos Regionales y Concejos Municipales, respecto a las atribuciones y responsabilidades de Concejos Municipales, así como sus demás disposiciones legales y modificatorias pertinentes.

Artículo 3°.- El Concejo Municipal Distrital de La Punta, es un cuerpo colegiado integrado por el Alcalde y cinco Regidores elegidos conforme a ley.

Artículo 4°.- Son miembros hábiles del Concejo Municipal Distrital de La Punta aquellos que han sido elegidos en sufragio directo que se encuentran en condiciones de desempeñar sus funciones.

Artículo 5°.- Será considerado inhábil el Alcalde o Regidor suspendido del ejercicio de su cargo por Acuerdo de Concejo en los siguientes casos:

1. Por incapacidad física o mental temporal;

2. Por licencia autorizada por el Concejo Municipal Distrital de La Punta, por un periodo máximo de treinta (30) días naturales;

3. Por el tiempo que dure el mandato de detención;

4. Por sanción impuesta por falta grave de acuerdo al reglamento interno del concejo municipal;

5. Por sentencia judicial condenatoria emitida en segunda instancia pro delito doloso con pena privativa de la libertad;

6. Por incumplir lo dispuesto en el artículo 39-A de la Ley 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, debido al ejercicio de la presidencia de la instancia provincial o distrital de concertación, respectivamente.

Artículo 6°.- El Concejo Municipal Distrital de La Punta tiene las siguientes funciones y atribuciones:

1. Aprobar los planes de Desarrollo Municipal Concertados y el Presupuesto Participativo.

2. Aprobar, monitorear y controlar el Plan de Desarrollo Institucional y el Programa de Inversiones, teniendo en cuenta los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y sus Presupuestos Participativos.

3. Aprobar su régimen de organización interior y funcionamiento...

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