Ordenanza Nº 00334/MDSA. Establecen beneficios de regularización de deudas tributarias y Campaña de Fiscalización Tributaria Masiva con beneficios tributarios en el distrito de Santa Anita

Fecha de publicación31 Mayo 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Santa Anita, 24 de mayo de 2023

POR CUANTO;

VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha que se indica, el Memorandum Nº 305-2023-MDSA/GM de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 134-2023-OGAJ/MDSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 0014-2023-GSATDE/MDSA de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Desarrollo Económico; y

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo que se encuentra en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, el cual señala que la autonomía que la Constitución Política del Perú otorga a las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el numeral 8 del artículo 9º de la Ley mencionada establece como atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; asimismo en su numeral 9 señala que son atribuciones del Consejo Municipal, crear, modificar, suprimir, exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a Ley; asimismo, el artículo 40º precisa que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;

Que, conforme a lo establecido en el numeral 4) del artículo 195º y 74º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y sus modificatorias, los gobiernos locales tienen potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a Ley; así como exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley.

Que, el artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133- 2013-EF, establece, que la deuda tributaria sólo podrá ser condonada por norma expresa con rango de Ley y que excepcionalmente los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren; en el caso de contribuciones y tasas, dicha condonación también podrá alcanzar al tributo;

Que, la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Desarrollo Económico con Informe Nº 014-2023-GSATDE/MDSA propone el Proyecto de Ordenanza que establece Beneficios de Regularización de Deudas Tributarias y Campaña de Fiscalización Tributaria Masiva con beneficios tributarios, justificando la propuesta dentro de la actual coyuntura económica y social que atraviesa el país, determinando que es favorable establecer determinados beneficios tributarios que permitan a los Santanitenses el cumplimiento en el pago de sus obligaciones tributarias, sin que ello genere una grave afectación económica, sino por el contrario le permita el cumplimiento oportuno a través del otorgamiento de facilidades para el mismo, y que a su vez permita contribuir con la reducción del índice de morosidad en el distrito para el saneamiento de los saldos deudores. Asimismo, resulta favorable establecer una Campaña de Fiscalización Tributaria Masiva con beneficios tributarios a fin de actualizar la información de valúo predial de los contribuyentes registrados en la jurisdicción del distrito, en mérito que existe en el distrito crecimiento en el desarrollo de construcciones nuevas y transferencias de predios, sobre las cuales los contribuyentes no presentan la declaración jurada tributaria respectiva, requiriéndose incentivar la participación de los mismos otorgando facilidades y beneficios tributarios, para quienes permitan la inspección de sus predios durante el proceso de fiscalización o verificación tributaria correspondiente y asimismo para quienes voluntariamente presenten sus declaraciones juradas tributarias a efecto de regularizar sus obligaciones tributarias.

Que, constituye política de esta Entidad Municipal, brindar facilidades a los contribuyentes y administrados para el cumplimiento de obligaciones de naturaleza tributaria;

Que la Oficina General de Asesoría Jurídica con Informe Nº 134-2023-OGAJ/MDSA emite opinión favorable al presente proyecto de Ordenanza.

Que, mediante Memorándum Nº 305-2023-MDSA/GM la Gerencia Municipal remite los...

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