Ordenanza Nº 002-2023/GOB.REG.TUMBES-CR-CD. Declaran de interés y prioridad regional la Información Geoespacial, la implementación y sostenibilidad de la Plataforma Tecnológica e Institucional Geoespacial y Cartográfica, denominada Infraestructura de Datos Espaciales de la Región Tumbes (IDERT), como estrategia fundamental para mejorar la gestión regional

Fecha de publicación13 Julio 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
EL CONSEJO REGIONAL DE TUMBES

HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:

POR CUANTO

El Consejo Regional del Gobierno Regional Tumbes de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú de 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización Ley N° 27680; Ley de Bases de Descentralización Ley N° 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley N° 27867, sus modificatorias y demás normas complementarias.

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 191º de la CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ, modificada por el Artículo Único de la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título V sobre descentralización; en concordancia con el Artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modificatorias, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;

Que, mediante la Ley N° 27658 – LEY MARCO DE MODERNIZACIÓN DE LA GESTIÓN DEL ESTADO, se declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un estado democrático, descentralizado, y al servicio del ciudadano;

Que, de conformidad con la Ley N° 27783, LEY DE BASES DE DESCENTRALIZACIÓN, en su artículo 8° establece que la autonomía es el derecho y capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de regular, normar y administrar los asuntos públicos de su competencia;

Que, mediante la LEY ORGÁNICA DE GOBIERNOS REGIONALES, Ley N° 27867, en su Artículo 15° literal a) establece como atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; y en su artículo 8º numeral 6), señala: “La política y la gestión regional se rigen con criterios de eficiencia, desarrollando las estrategias necesarias para la consecución de los objetivos trazados con la utilización óptima de los recursos”;

Que, mediante DECRETO SUPREMO N° 081-2013-PCM se aprueba la Política Nacional de Gobierno Electrónico 2013 – 2017, como el instrumento principal que permite el desarrollo y despliegue del Gobierno Electrónico en el País, siendo su Objetivo N° 1. fortalecer el Gobierno Electrónico garantizando la interoperabilidad y el intercambio de datos especiales a fin de mejorar los servicios públicos;

Que, mediante RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 325-2007-PCM, se constituye el Comité Coordinador Permanente de la Infraestructura de Datos Espaciales del Perú – CCIDEP, cuyo objetivo es promover y coordinar el desarrollo, intercambio y uso de datos y servicios de información espacial...

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