Ordenanza Nº 002-2023/MCPSMH. Ordenanza que aprueba la Campaña de Actualización Obligatoria de Datos con Carácter de Declaración Jurada Masiva para los Contribuyentes de la Jurisdicción del C.P. de Santa María de Huachipa

Fecha de publicación03 Febrero 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Santa María de Huachipa, 26 de enero de 2023.

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE SANTA MARÍA DE HUACHIPA;

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL C. P. SANTA MARÍA DE HUACHIPA

VISTO; en Sesión Ordinaria, el Memorándum Nº 055-2023-GM/MCPSMH de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 021-2023-GAJ/MCPSMH de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 015-2023-GAT/MCPSMH de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 017-2023-SGRRDE-GAT/MCPSMH de la Sub Gerencia de Registro, Recaudación y Desarrollo Económico; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en los Artículos 194º y 195º numeral 4 de la Constitución Política del Perú, modificados por la Ley Nº 27680- Ley de Reforma Constitucional, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, y gozan de competencia para crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos dentro de los límites establecidos por Ley;

Que, el Artículo 40º de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades, en concordancia con el numeral 4) del Artículo 200º de la Constitución Política del Estado, establece que las Ordenanzas Municipales son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba las materias en las cuales ésta tiene competencia, cuyo rango es equivalente a la Ley;

Que, la jurisdicción de los Gobiernos Locales se encuentra definida en el Artículo 189º de la Carta Magna donde se reconoce a los Centros Poblados como ámbito de Gobierno Local en las cuales, según el Artículo 194º funcionan Municipalidades creadas conforme a Ley.

Que, la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, la cual señala en su Artículo III que los Centros Poblados son creados mediante Ordenanza de la Municipalidad Provincial, la que según su Artículo 128º determina entre otras las funciones que se le delegan y sus atribuciones Económico-Tributarias.

Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que los Gobiernos Locales mediante ordenanza pueden crear, modificar, suprimir o exonerar arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley;

Que, la Municipalidad del Centro Poblado de Santa María de Huachipa fue creada por Acuerdo de Concejo Nº014-92-MML de fecha 23.01.1992 con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley Nº 27972, por lo cual al amparo de su Décimo Segunda Disposición Complementaria la Municipalidad se adecuó en conformidad a la Ley Nº 28458 – Ley que Adecua los Centros Poblados a la Ley Nº 27972 modificada por la Ley 30937 y la Ley 31079 respecto de las municipalidades de centros poblados son órganos del gobierno local, encargados de la administración y ejecución de las funciones y los servicios públicos locales que les son delegados y se rigen por las disposiciones de la presente ley, emitiendo la Municipalidad Metropolitana de Lima la Ordenanza Nº 768-MML de fecha 05.05.2005, en cuyo artículo 11° COMPETENCIAS Y FUNCIONES, establece entre otras las funciones la de Normar, Regular, Calificar, Otorgar Autorizaciones, Certificados, Derechos y Licencias, […]

Que, con Informe Nº 017-2023-SGRRDE-GAT/MCPSMH de la Sub Gerencia de Registro, Recaudación y Desarrollo Económico, señala “a fin de incrementar la recaudación municipal para el inicio del presente ejercicio fiscal, se sugiere que se promueva a probar la ordenanza de beneficios tributarios durante el trascurso del mes de enero y febrero, a fin de dar oportunidad a los contribuyentes de regularizar sus deudas vencidas, siendo que posteriormente se proceda a la emisión de las respectivas resoluciones de determinación a los contribuyentes que no regularizaron sus obligaciones tributarias con esta corporación municipal”.

Que, mediante Informe Nº 015-2023-GAT/MCPSMH, la Gerencia de Administración Tributaria, señala que es política de la presente gestión, el incentivar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y administrativas, resulta necesario aprobar un beneficio Tributario y No Tributario mediante un Régimen Temporal que incentive el pago de las obligaciones tributarias de los contribuyentes y/o administrados, considerando que de no pagarse dentro del plazo establecido se daría inicio a la cobranza forzosa a través de la VIA COATIVA, en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso a) del numeral 25.1 del artículo 25° del T.U.O de la Ley Nº 26979, de Procedimiento de Ejecución Coactiva, así como las resoluciones de multa administrativa que se encuentran pendientes de pago, de personas naturales y jurídicas;

Que, el Informe Nº 021-2023-GAJ/MCPSMH de la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que es procedente aprobar el Proyecto de Ordenanza que Aprueba la Campaña de Actualización Obligatoria de Datos con Carácter de Declaración Jurada Masiva para los Contribuyentes de la Jurisdicción del C.P. de Santa María de Huachipa.

Estando a los fundamentos antes expuestos, a lo opinado por la Gerencia de Administración Tributaria y Gerencia de...

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