ORDENANZA N° 001-2015-MDLP - Autorizan celebración del I Matrimonio Civil Comunitario 2015

EmisorMUNICIPALIDAD DE LA PERLA
Fecha de la disposición14 de Marzo de 2015
El Peruano
Sábado 14 de marzo de 2015 548603
constatador en la memoria descriptiva y memoria
justi cada.
Artículo 5º.- BENEFICIO DEL VALOR DE LA
MULTA
ordena el pago de la multa por construir sin Licencia
Municipal, equivalente al 10% del valor de la obra a
regularizar.
Los propietarios de las edi caciones que se acojan
y regularicen su edi cación al amparo de la presente
ordenanza municipal, tendrán el bene cio a la reducción
de la multa equivalente al 5% del Valor de la Obra a
regularizar yademás, al bene cio de lograr la suspensión
temporal del procedimiento administrativo previsto para
el trámite de la Multa en la instancia administrativa o
en la establecida por el procedimiento de Cobranza
Coactiva, desde el inicio del trámite de regularización,
hasta su conclusión. Si no se logra la obtención del acto
administrativo que otorga la regularización, se continuará
con el procedimiento previsto para la multa en la instancia
administrativa o en el que corresponde a la cobranza
coactiva.
Artículo 6º.- DEMOLICIÓN
Aquellas edi caciones y/o construcciones que no se
hayan regularizado al vencimiento del plazo establecido
en la presente ordenanza municipal, será materia de
demolición por la Municipalidad, conforme a lo previsto
en el artículo 93 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de
Municipalidades.
Artículo 7º.- ÓRGANO COMPETENTE
La Gerencia de Desarrollo Urbano, a través de la
Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro, son las
encargadas de dar cumplimiento a las disposiciones
reguladas en la presente ordenanza municipal.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Los expedientes que se encuentren en
trámite para el otorgamiento de la licencia respectiva, a
la fecha de entrada en vigencia de la presente ordenanza
municipal, podrán acogerse a la presente norma en lo que
le favorezca para la continuación del trámite.
Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia
al siguiente día de su publicación en el Diario O cial El
Peruano.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
PATRICIA ROSA CHIRINOS VENEGAS
Alcaldesa
1210928-1
Rectifican error material consignado
en el Artículo Primero de la R.A.
Nº 001-2014-MDLP-ALC
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 001-2015-MDLP-ALC
La Perla, 16 de febrero del 2015
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LA PERLA
VISTOS: La Carta Notarial de fecha 26 de Diciembre
de 2014, mediante la cual solicita se corrija El Decreto de
Alcaldía Nº 001-2014-MDLP-ALC, por la existencia de un
error material; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 001-2014-
MDLP-ALC de fecha 12 de Febrero de 2014, se aprueba
el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo
de la Municipalidad de La Perla;
Que, mediante Carta Notarial de fecha 26 de
Diciembre de 2014, recibida el 05 de Enero del 2015, el
Presidente del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo
de la Municipalidad de La Perla; en ese entonces, el señor
Miguel Parra Moscoso, Gerente de Sanidad, solicita la
corrección del Decreto de Alcaldía Nº 001-2014-MDLP-
ALC;
indica: Son funciones del Comité de Seguridad y Salud en
el Trabajo: a) Conocer los documentos e informes relativos
a las condiciones de trabajo que sean necesarios para el
cumplimiento de sus funciones, asì como los procedentes
de la actividad del servicio de seguridad y salud en el
trabajo; b) Aprobar el Reglamento Interno de Seguridad
y Salud del empleador; c) Aprobar el Programa Anual de
Seguridad y Salud en el Trabajo;
en su Artículo 42º señala: “Los decretos de alcaldía establecen
normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas,
sancionan los procedimientos necesarios para la correcta
y e ciente administración municipal y resuelven o regulan
asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que
no sean de competencia del concejo municipal”;
Que, en las Conclusiones del Informe Nº 003-2015/
MDLP-GAJ de fecha 06 de enero de 2015, la Gerencia
de Asesoría Jurídica opina que el Decreto de Alcaldía Nº
001-2014-MDLP-ALC del 12 de Febrero de 2014, debe
decir OFICIALIZAR en lugar de aprobar, ya que dicha
función es exclusiva del Comité de Seguridad y Salud en
el Trabajo;
Que, si bien, el Comité de Seguridad y Salud en el
Trabajo tiene como función aprobar el Reglamento Interno
de Seguridad y Salud del Empleador, corresponde a la
Alcaldía OFICIALIZAR dicho Reglamento;
Que, en tal sentido, es necesario, recti car el referido
Decreto de Alcaldía Nº 001-2014-MDLP-ALC del 12 de
Febrero de 2014, de conformidad con el numeral 201.1 del
artículo 201º de la Ley Nº27444- Ley del Procedimiento
Administrativo General, que señala: “los errores material
o aritmético en los actos administrativos pueden ser
recti cados con efecto retroactivo, en cualquier momento,
de o cio o a instancia de los administrados, siempre que
no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de
la decisión”;
Que, estando a las consideraciones expuestas y en
uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo
20º de la Ley Nº27972- Ley Orgánica de Municipalidades,
el numeral 201.1) del artículo 201º de la Ley Nº27444- Ley
del Procedimiento Administrativo General;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- RECTIFICAR el error material
consignado en el Artículo Primero de la Resolución
de Alcaldía Nº 001-2014-MDLP-ALC; de la siguiente
manera:
DICE:
“Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento Interno
de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Municipalidad
Distrital de La Perla, conforme a los argumentos
expuestos”
DEBE DECIR:
“Artículo Primero.- OFICIALIZAR el Reglamento
Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo de la
Municipalidad Distrital de La Perla, conforme a los
argumentos expuestos”
Artículo Segundo.- Declarar que quedan subsistentes
los demás extremos de la Resolución de Alcaldía Nº 001-
2014-MDLP-ALC
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de
Estadística e Informática, la publicación de la presente
corrección del Decreto de Alcaldía en el portal institucional
de la Municipalidad Distrital de La Perla, conforme a ley.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia
de Secretaría General la publicación de la presente
recti cación del Decreto de Alcaldía en el Diario O cial
El Peruano.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
PATRICIA ROSA CHIRINOS VENEGAS
Alcaldesa
1210935-1

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