ORDENANZA Nº 128-MVMT - Suspenden el otorgamiento de nuevas autorizaciones y/o licencias para la prestación de Servicios de Transporte de Pasajeros en Vehículos Menores así como la inscripción de nuevas empresas

Fecha de disposición16 Febrero 2011
Fecha de publicación16 Febrero 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 16 de febrero de 2011
436270
Que, el numeral 28 del artículo 9º de la Ley Nº
27972 “Ley Orgánica de Municipalidades” establece
como atribuciones del Concejo Municipal, aprobar la
remuneración del alcalde y las dietas de los regidores.
Que, el artículo 12º de la Ley Nº 27972, establece
que los regidores desempeñan su cargo a tiempo parcial
y tienen derecho a dietas f‌i jadas por Acuerdo de Concejo
Municipal dentro del primer trimestre del primer año de
gestión. En ningún caso dichas dietas pueden superar
en total el treinta por ciento (30%) de la remuneración
mensual del Alcalde.
Que, el artículo 21º de la norma acotada, señala que el
Alcalde Distrital desempeña su cargo a tiempo completo
y es rentado mediante una remuneración mensual f‌i jada
por Acuerdo de Concejo Municipal dentro del primer
trimestre del primer año de gestión.
Que, teniendo en cuenta que el literal d) del Artículo
4º de la Ley Nº 28212, modif‌i cada por el Decreto de
Urgencia Nº 038-2006 concordante con lo dispuesto en
el Literal a), b), c), y d) del numeral 3.2 del artículo 3º
del D.S. Nº 025-2007-PCM establece que los Alcaldes
Provinciales y Distritales reciben una remuneración
mensual que es f‌i jada por el Concejo Municipal, en
proporción a la población electoral de la circunscripción
de acuerdo a la información de población electoral emitida
por el Registro Nacional de Identif‌i cación y Estado Civil
“RENIEC” y el monto remunerativo mensual no supere
las cuatro y un cuarto Unidades de ingresos del Sector
Público. Así mismo, por Decreto Supremo Nº 025-2007-
PCM se dictaron nuevas medidas sobre los ingresos por
todo concepto de los Alcaldes en el marco de la Ley Nº
28212, en cuto anexo se ha establecido los parámetros y
escalas para la determinación de los ingresos mensuales
del los Alcaldes.
Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 055-
2010-MDP/C de fecha 23 de Diciembre del 2010 se
aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de la
Municipalidad, para el período f‌i scal 2011, el mismo
que ha considerado en la Específ‌i ca de Gastos :
2.1.1.10.1.2 – Dieta de Regidores y Consejeros – el
monto de. S/. 1,560.00 y en la Específ‌i ca de Gastos
2.1.1.1.1.1 – Funcionarios elegidos por Elección
Política – la suma de S/. 5,200.00.
En uso de las facultades conferidas en los Artículos
12º, 21º y 41º de la Ley Nº 27972 – “Ley Orgánica de
Municipalidades”, con el voto UNÁNIME de los Señores
Regidores se adoptó el siguiente,
ACUERDO:
Artículo Primero.- RATIFICAR el ingreso mensual
establecido al Alcalde por todo concepto ascendente a
la suma de S/. 5,200.00 (Cinco Mil Doscientos y 00/100
nuevos Soles)
Artículo Segundo.- RATIFICAR la Dieta que
percibirá cada regidor por asistencia efectiva a cada
sesión de concejo en la suma de S/. 780.00 (Setecientos
Ochenta y 00/100 Nuevos Soles), con un máximo de
dos (02) sesiones al mes, en ningún caso podrá superar
mensualmente la suma de S/. 1,560.00 (Un Mil Quinientos
Sesenta y 00/100 Nuevos Soles)
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal, Of‌i cina de Planeamiento y Presupuesto,
Of‌i cina de Administración, el cumplimiento de presente
Acuerdo
Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación del
presente Acuerdo en el Diario Of‌i cial El Peruano y Portal
Institucional, respectivamente.
Artículo Quinto.- DISPENSAR del trámite de
la aprobación del acta para proceder a la ejecución
inmediata del presente acuerdo
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
HUGO L. RAMOS LESCANO
Alcalde
603081-1
MUNICIPALIDAD DE VILLA
MARÍA DEL TRIUNFO
Suspenden el otorgamiento de nuevas
autorizaciones y/o licencias para la
prestación de Servicios de Transporte
de Pasajeros en Vehículos Menores
así como la inscripción de nuevas
empresas
ORDENANZA Nº 128-MVMT
Villa María del Triunfo, 14 de febrero del 2011
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO
POR CUANTO:
El Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria de la
fecha;
CONSIDERANDO:
Estado, modif‌i cado por la Ley de Reforma Constitucional,
Ley Nº 27680, consagra el concepto de autonomía
municipal señalando que las municipalidades provinciales
y distritales son los órganos de gobierno local y tienen
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Que, la Ley Nº 27189, Ley de Transporte Público
Especial de Pasajeros en Vehículos Menores, en su
artículo 1 reconoce al servicio de transporte público
especial de pasajeros en vehículos menores, mototaxis
y similares, complementario y auxiliar, como un medio de
transporte vehicular terrestre;
se aprobó el nuevo Reglamento Nacional de Transporte
Público Nacional de Transportes Público Especial de
Pasajeros en Vehículos Motorizados o No Motorizados,
el cual establece las normas generales para prestar el
servicio de transporte público especial de pasajeros
en vehículos menores motorizados y no motorizados;
precisando además en su octava disposición
complementaria y f‌i nal, la adecuación del Texto Único de
Procedimientos Administrativos de esta entidad;
Que, mediante la Ordenanza No.125-MVMT se
regula el servicio de transporte de pasajeros y carga en
vehículos menores en la jurisdicción del distrito de Villa
María del Triunfo;
Que, de acuerdo a lo previsto en el numeral 3.2
del inciso 3) del artículo 81º de la Ley Orgánica de
Municipalidades – Ley No.27972, es competencia
específ‌i ca compartida de las Municipalidades Distritales,
el Otorgar licencias para la circulación de vehículos
menores y demás, de acuerdo con lo establecido en la
regulación provincial;
Que, mediante el artículo primero del Decreto de
Alcaldía No.002-2010-MVMT de fecha 05 de febrero del
año 2010 publicado en el diario of‌i cial “El Peruano” se
aprueba el Estudio Técnico para Vehículos Menores en
el distrito de Villa María del Triunfo;
Que, mediante el artículo primero del Decreto de
Alcaldía No.003-2010-MVMT de fecha 05 de febrero del
año 2010 publicado en el diario of‌i cial “El Peruano” se
declara saturadas todas las zonas de trabajo de Villa
María del Triunfo, para el otorgamiento de autorizaciones
de nuevas personas jurídicas para el servicio de
transporte de pasajeros en vehículos menores en Villa
María del Triunfo;
Que, mediante el Acuerdo de Concejo No.003-2011-
MDVMT de fecha 17 de enero del año 2011 publicado en
el diario of‌i cial “El Peruano” se declara en Emergencia

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