ORDENANZA N° 016-2005-MPH - Aprueban Reglamento Interno del Concejo Municipal de la provincia de Huaral

Fecha de disposición21 Septiembre 2012
Fecha de publicación21 Septiembre 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 21 de setiembre de 2012 474893
carácter intangible y destinado a f‌i nanciar el Programa
de Modernización Municipal y el Plan de Incentivos a la
Mejora de la Gestión Municipal, creados por las Leyes
Nº 29465 y 29332, respectivamente. La asignación de
los recursos a favor de los gobiernos locales se sujeta
al cumplimiento de metas y plazos, conforme a los
procedimientos reglamentarios y criterios que se aprueban
mediante decreto supremo del Ministerio de Economía y
Finanzas.
Que, la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2012 determina el presupuesto
para el presente Año Fiscal 2012.
Que, después de algunas intervenciones, del debate
pertinente, el intercambio de ideas y en cumplimiento de
lo dispuesto el Artículo , 39º y 40º de la Ley Nº 27972
la Constitución Política del Perú, el Pleno del Concejo
Provincial de Barranca con el voto UNANIME de los
Señores Regidores presentes y con dispensa del trámite
de lectura y aprobación de Acta;
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA
EL PLAN INTEGRAL DE GESTIÓN AMBIENTAL DE
RESIDUOS SÓLIDOS PARA LA PROVINCIA
DE BARRANCA (PIGARS)
Artículo 1º.- APROBAR EL PLAN INTEGRAL DE
GESTIÓN AMBIENTAL DE RESIDUOS SÓLIDOS
PARA LA PROVINCIA DE BARRANCA (PIGARS), como
instrumento de gestión a implementarse con el objetivo de
mejorar la calidad de vida de la población en la Provincia de
Barranca, mediante la gestión participativa y ecoef‌i ciente
respecto a los residuos sólidos, la inclusión de poblaciones
vulnerables y el compromiso de los actores involucrados.
Artículo 2º.- CONFÓRMESE al Equipo Técnico de
Implementación del PLAN INTEGRAL DE GESTIÓN
AMBIENTAL DE RESIDUOS SÓLIDOS PARA LA
PROVINCIA DE BARRANCA (PIGARS), a efectos de
que priorice el cumplimiento de dicho Plan y presentar las
rendiciones correspondientes en los plazos indicados.
Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal,
Gerencia de Administración, Gerencia de Planif‌i cación
y Presupuesto y Sub Gerencia de Planeamiento,
Organización y Métodos, Gerencia de Servicios Públicos
y Sub Gerencia de Medio Ambiente, el cumplimiento de la
presente Ordenanza Municipal.
Artículo 4º.- PUBLÍQUESE la presente Ordenanza
en el Diario Of‌i cial El Peruano, y sus anexos en el Portal
Institucional www.munibarranca.gob.pe y en el portal de
Servicios al Ciudadano y Empresas www.psce.gob.pe
conforme a los lineamientos descritos en la Ley Nº 29091.
POR LO TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en la Casa Municipal, a los veintinueve días del
mes de agosto del dos mil doce.
ROMEL ULLILEN VEGA
Alcalde Provincial
1 Publicado en el Diario Of‌i cial El Peruano, 21 de julio de 2000
843992-1
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE HUARAL
Aprueban Reglamento Interno del
Concejo Municipal de la provincia de
Huaral
(Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la
Municipalidad Provincial de Huaral, mediante Of‌i cio Nº
300-2012-MPH-A, recibido el 19 de setiembre de 2012)
ORDENANZA Nº 016-2005-MPH
Huaral, 26 de noviembre de 2005
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE HUARAL
POR CUANTO:
El Concejo Provincial de Huaral, Visto, en Sesión
Ordinaria de Concejo del 28 de Octubre de 2005, la
propuesta formulada por los Regidores Provinciales: Marta
Danila Ramírez de Lenci, Nancy Eda Meléndez Sánchez,
Hugo Parientes Núñez, Sabino Barboza Amante, Juan
Álvarez Paredes, Celestino Suárez Santos, Javier Zevallos
Zerpa y José Ramírez Buitrón sobre el Reglamento Interno
del Concejo Municipal de la Provincia de Huaral;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 194º
de la Constitución Política del Perú, concordante con el
artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley
Orgánica de Municipalidades, las Municipalidades tienen
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Que, a mérito del inciso 12) del artículo 9º de la Ley Nº
27972 Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde al
Concejo Municipal como atribución, aprobar por Ordenanza
el Reglamento Interno del Concejo Municipal;
Que, el Concejo Provincial de Huaral requiere de
un Reglamento que precise su régimen interior acorde
a la normatividad correspondiente, donde se def‌i na su
organización y funcionamiento, establezca los derechos y
deberes de sus miembros, así como el desarrollo de las
Sesiones de Concejo de las Comisiones, a f‌i n de hacerlo
más expeditivo y ágil en sus decisiones;
Estando a lo expuesto; y, en uso de las facultades
conferidas por el inciso 12) del artículo 9º e inciso 5) del
artículo 20º y en concordancia con el artículo 40º de la Ley
Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, por Mayoría
aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL
REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA PROVINCIA DE HUARAL
Artículo 1º.- APROBAR, el Reglamento Interno del
Concejo Municipal de la Provincia de Huaral, el cual
consta de 6 (seis) Títulos, 9 (nueve) Capítulos, 11 (once)
Subcapítulos, 65 (sesenta y cinco) artículos, y 2 (dos)
Disposiciones Transitorias.
Artículo 2º.- DERÓGUESE cualquier norma municipal
que se oponga al presente Reglamento.
Artículo 3º.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
JAIME URIBE OCHOA
Alcalde
REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA PROVINCIA DE HUARAL
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º.- OBJETO
El presente Reglamento regula el régimen interior del
Concejo Municipal de Huaral, def‌i ne su organización y
funcionamiento, establece los derechos y deberes de sus
miembros, f‌i ja el procedimiento para el desarrollo de las
sesiones del Concejo Municipal y de las Comisiones.
Artículo 2º.- FUNCIONES Y REPRESENTACIÓN
El Concejo Municipal es el órgano normativo y
f‌i scalizador. Es un cuerpo colegiado y está integrado por
el Alcalde y los Regidores elegidos de acuerdo a ley. El
Alcalde representa a la Municipalidad.
Artículo 3º.- EL CONCEJO MUNICIPAL
Corresponde al Concejo Municipal, las atribuciones,
funciones y prerrogativas que establece la Constitución
Política del Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades

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