ORDENANZA Nº 488-MDEA - Aprueban Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo del distrito para el Año Fiscal 2012

Fecha de publicación24 Junio 2011
Fecha de disposición24 Junio 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 24 de junio de 2011
445274
Que, de conformidad con el artículo 39º de la Ley
Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos del
Consejo Regional expresan la decisión de este órgano
sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano
o institucional o declara su voluntad de practicar un
determinado acto o sujetarse a una conducta o norma
institucional;
Que, después de un democrático debate y en uso de las
atribuciones conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica
de Gobiernos Regionales, modif‌i cada por la Ley N° 27902
y el Reglamento del Consejo Regional de Tumbes;
SE ACUERDA POR UNANIMIDAD:
Artículo Primero.- DECLARAR la situación de
emergencia en la región Tumbes por 120 días, como
consecuencia de la sequía que viene afectando la
agricultura y ganadería de la región.
Artículo Segundo.- La Gerencia de Planeamiento,
Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno
Regional Tumbes, dispondrá los recursos necesarios para
atender esta situación de emergencia.
Artículo Tercero.- Los municipios afectados
deberán presentar su Plan de Contingencia y sus Fichas
Técnicas para su atención, para ello deberá contar con el
asesoramiento técnico de la Of‌i cina Regional de Defensa
Civil e INDECI.
Artículo Cuarto.- Las direcciones sectoriales
involucradas en esta declaratoria son:
Agricultura, Salud, Educación, Transportes y
Comunicaciones, Energía y Minas, así como la Autoridad
Local de Agua.
Artículo Quinto.- RECOMENDAR al Presidente
Regional coordinar con sus homólogos de Piura y
Lambayeque para solicitar a la Presidencia del Consejo
de Ministros declarar el estado de emergencia y de esta
manera el gobierno nacional se involucre en la atención de
las zonas afectadas.
Regístrese, comuníquese y archívese.
DIEGO ALEMÁN RAMIREZ
Consejero Delegado
657040-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE BREÑA
Designan responsable del Libro de
Reclamaciones de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
N° 473-2011-DA/MDB
Breña, 27 de mayo del 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE BREÑA
VISTOS: Memorando Nº 195 -2011-ALC/MDB, Pase del
Despacho de Alcaldía .
CONSIDERANDO:
estableció que las Entidades de la Administración Pública
señaladas en los numerales del 1 al 7 del Artículo 1 del
Título Preliminar de la Ley Nº 27444 deben contar con un
Libro de Reclamaciones en el cual los usuarios podrán
formular sus reclamos.
Que conforme a lo dispuesto en el referido Decreto
Supremo el Libro de Reclamaciones es un mecanismo de
participación ciudadana para lograr la ef‌i ciencia del Estado
y salvaguardar los derechos de los usuarios frente a la
atención en los trámites y servicios que se les brinda.
Que el Artículo 5º. Del Decreto Supremo Nº 042-
2011-PCM señala que mediante Resolución del Titular
de la Entidad, se designará al responsable del Libro de
Reclamaciones de la Entidad.
Que en este sentido resulta necesario designar al
funcionario responsable del Libro de Reclamaciones de la
Municipalidad Distrital de Breña.
Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades
establecidas por el Artículo 194º de la Constitución Política
del Estado, Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM y Artículo
20º. Inciso 6) de la Ley Nº 27972.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DESIGNAR al Sr. WALTER JAVIER
JARAMA FERREYRA, Sub Gerente de Registro Civiles,
encargado de la Sub Gerencia de Trámite Documentario
y Archivo Central de la Municipalidad Distrital de Breña,
como responsable del Libro de Reclamaciones de la
Municipalidad Distrital de Breña, quien deberá velar por el
correcto uso y brindar respuesta oportuna a los reclamos
que fuesen registrados en el referido Libro.
Artículo Segundo.- Disponer la publicación de
la presente Resolución en el Portal Institucional de la
Municipalidad Distrital de Breña www.munibrena.gob.pe a
cargo de la Sub Gerencia de Estadística e Informática.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de
Administración y Finanzas la publicación en el Diario Of‌i cial
El Peruano bajo responsabilidad .
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General
notif‌i car el presente Acuerdo a los miembros integrantes
para su conocimiento y f‌i nes.
Regístrese, comuníquese y cúmplase
JOSÉ ANTONIO GORDILLO ABAD
Alcalde
656517-1
MUNICIPALIDAD DE
EL AGUSTINO
Aprueban Reglamento del Proceso del
Presupuesto Participativo del distrito
para el Año Fiscal 2012
ORDENANZA Nº 488-MDEA
El Agustino, 21 de junio del 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE EL
AGUSTINO
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITAL DE EL AGUSTINO
VISTO: En sesión extraordinaria de concejo de la fecha,
el Informe Nº 133-2011-GP-GEMU-MDEA, del Gerente
de Planif‌i cación, proyecto de Ordenanza que aprueba el
Reglamento del Proceso de Formulación del Presupuesto
Participativo Distrital de El Agustino para el Año Fiscal
2012, y;
CONSIDERANDO:
Que los artículos 197º y 199º de la Constitución Política
del Perú modif‌i cada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma
Constitucional del Capítulo XIV del Título VI, señala que
las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la
participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus
propuestas con la participación de la población y rinden
cuenta de su ejecución, anualmente, bajo responsabilidad,
conforme a ley;
Que, el artículo 53º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades, establece que las municipalidades
se rigen por presupuestos participativos anuales como
instrumentos de administración y gestión, los cuales se
formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley de la
materia, y en coordinación con los planes de desarrollo
concertados de su jurisdicción;
Que, la Ley Nº 28056 “Ley Marco del Presupuesto
Participativo” y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 142-
2009-EF, establece las disposiciones y lineamientos que
permitan asegurar la efectiva participación de la Sociedad

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