ORDENANZA N° 205-GOB.REG-HVCA/CR - Aprueban creación de la Dirección Regional de Camélidos Sudamericanos

Fecha de disposición03 Agosto 2012
Fecha de publicación03 Agosto 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 3 de agosto de 2012 471903
y Auxiliares de Seguros ha calif‌i cado y aprobado la
inscripción respectiva en el indicado Registro; y,
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley
General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros
y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros -
Ley Nº 26702 y sus modif‌i catorias; en virtud de la facultad
delegada por la Resolución SBS N° 842-2012 del 27 de
enero de 2012 y la Resolución SBS N° 4408-2012 del 9
de julio de 2012;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar la inscripción en el
Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros,
Sección II: De los Corredores de Seguros B: Personas
Jurídicas, numeral 3 Corredores de Seguros Generales
y de Personas a la empresa CBR CORREDORES DE
SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA pudiendo
utilizar la denominación abreviada CBR CORREDORES
DE SEGUROS S.A.C. con matrícula Nº J-0727 cuya
representación será ejercida por el señor Carlos Enrique
Bardales Reátegui con Nº de Registro N-3837.
Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ELIO SÁNCHEZ CHÁVEZ
Superintendente Adjunto de Administradoras
Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros (a.i.)
821814-1
Autorizan al Banco Internacional
del Perú - Interbank la apertura y
modificación de dirección de agencias
ubicadas en los departamentos de
Junín y Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 4954-2012
Lima, 23 de julio de 2012
LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA (e)
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco Internacional del
Perú - Interbank para que se le autorice la apertura de
una agencia y modif‌i cación de dirección de otra agencia,
según se indica en la parte resolutiva; y,
CONSIDERANDO:
Que, la citada empresa ha presentado la documentación
pertinente que sustenta el pedido formulado;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Bancaria “D”; y,
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30º de
la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia
de Banca y Seguros, y la Resolución Nº 775-2008; y, en
uso de las facultades delegadas mediante la Resolución
SBS Nº 12883-2009 y Resolución SBS Nº 281-2012;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar al Banco Internacional
del Perú - Interbank, la apertura de una agencia, según
se indica:
- Agencia TF Satipo, sito en: Jirón Manuel Prado
Nº 231, Mz. 0345, Lote 007, distrito y provincia de Satipo,
departamento de Junín.
Artículo Segundo.- Autorizar al Banco Internacional
del Perú - Interbank, la modif‌i cación de la dirección de la
siguiente agencia, según se indica:
- TF San Felipe Dice: “Tiendas 109 y 111 del Edif‌i cio
del Centro Comercial San Felipe, distrito de Jesús
María, provincia y departamento de Lima. Debe decir:
“C.C. San Felipe, Tiendas 109, 111 y 112, Avenida
Gregorio Escobedo, distrito de Jesús María, provincia y
departamento de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA SALAS CORTES
Intendente General de Banca (e)
821858-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE HUANCAVELICA
Aprueban creación de la Dirección
Regional de Camélidos Sudamericanos
ORDENANZA REGIONAL
Nº 205-GOB.REG-HVCA/CR
Huancavelica, 17 de abril de 2012.
POR CUANTO:
EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA:
Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:
ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA
CREACIÓN DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE
CAMÉLIDOS SUDAMERICANOS, DENTRO DE
LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL GOBIERNO
REGIONAL HUANCAVELICA.
Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad
popular, son personas jurídicas de Derecho Público con
autonomía política, económica y administrativa teniendo
por misión organizar y conducir la gestión pública regional
de acuerdo a sus competencias exclusivas, comparativas
y delegadas en el marco de las políticas nacionales y
sectoriales para la contribución al desarrollo integral y
sostenible de la región, sus normas y disposiciones se
rigen por los principios de exclusividad, territorialidad,
legalidad y simplif‌i cación administrativa.
Que, el Inciso “p” del Artículo 51º de la Ley Nº 27867
funciones en materia agraria, pero sin embargo el Artículo
2º precisa que los Gobiernos Regionales son personas
jurídicas de derecho público, con autonomía política y
administrativa en asuntos de su competencia.
Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 182-
2008/GOB.REG.HVCA/PR, se encargó a la Gerencia
Regional de Recursos Naturales y Gestión del medio
Ambiente, del Gobierno Regional Huancavelica, de
manera excepcional y en tanto se culmine el proceso de
implementación de la nueva estructura organizacional de
la entidad las funciones de la Coordinadora de Camélidos
Sudamericanos.
Que, asimismo y luego de un proceso de estudio y
evaluación el pleno del Consejo Regional determina la
posibilidad de crear la Dirección Regional de Camélidos
Sudamericanos, dependiendo de la Gerencia Regional
de Desarrollo Económico, encargada de promover,
asesorar y supervisar el desarrollo, conservación, manejo,
mejoramiento y aprovechamiento de la especie de
camélidos sudamericanos y otras especies de ganadería
regional.
Que, el Artículo 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica
de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas
Regionales norman asuntos de carácter general, la
organización y administración del Gobierno Regional y
reglamentan materias de su competencia;

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