ORDENANZA Nº 022-2011-GRA/CR - Aprueban Cuadro para Asignación de Personal y Cuadro Nominativo de Personal de la Dirección Regional de Salud Ayacucho - DIRESA 2011

EmisorGOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO
Fecha de la disposición23 de Noviembre de 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 23 de noviembre de 2011
453738
Autorizan al Banco de Crédito del Perú
S.A. el cierre temporal de agencia
ubicada en el distrito de San Juan de
Lurigancho, provincia y departamento
de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 11470-2011
Lima, 11 de noviembre de 2011
EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco de Crédito del
Perú S.A. para que se le autorice, en vías de regularización,
el cierre temporal de una (01) Agencia, de acuerdo con el
detalle descrito en la parte resolutiva; y,
CONSIDERANDO:
Que, la citada empresa ha cumplido con presentar
la documentación pertinente para el mencionado cierre
temporal;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Bancaria “A”; y,
De conformidad con lo dispuesto por los artículos
32° y 139º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema
Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la
Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución Nº
775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante
la Resolución SBS Nº 12883-2009;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar, en vías de regularización,
al Banco de Crédito del Perú S.A. el cierre temporal,
entre el 02 de noviembre y el 11 de diciembre de 2011,
de la Agencia Tristar, ubicada en la Av. Próceres de la
Independencia N° 1487, Urb. Los Jardines, distrito de San
Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RUBEN MENDIOLAZA MOROTE
Intendente General de Banca
719443-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE AYACUCHO
Aprueban Cuadro para Asignación
de Personal y Cuadro Nominativo de
Personal de la Dirección Regional de
Salud Ayacucho - DIRESA 2011
ORDENANZA REGIONAL
Nº 022-2011-GRA/CR
Ayacucho, 30 de setiembre de 2011
EL CONSEJERO DELEGADO DEL CONSEJO
REGIONAL DE AYACUCHO
POR CUANTO:
El Consejo Regional de Ayacucho en Sesión Ordinaria
Descentralizada de fecha 19 de setiembre de 2011, trató el
tema relacionado al Cuadro para Asignación de Personal
– C.A.P. y Cuadro Nominativo de Personal C.N.P. de la
Dirección Regional de Salud Ayacucho – DIRESA 2011; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Of‌i cio Nº 613-2011-GRA/PRES, el
señor Presidente del Gobierno Regional de Ayacucho
remite al Consejo Regional los documentos de gestión de
la Dirección Regional de Salud Ayacucho – DIRESA 2011:
Cuadro para Asignación de Personal – CAP y Cuadro
Nominativo del Personal - CNP, para conocimiento,
evaluación y su aprobación por el Consejo Regional; en
atención a lo solicitado por el Director Regional de Salud
Ayacucho, iniciativa regional que acompaña el Informe
Técnico y Legal emitido por la Dirección Regional de Salud
Ayacucho - DIRESA y el Gobierno Regional de Ayacucho;
con el Dictamen emitido por la Comisión de Planeamiento,
Presupuesto, Acondicionamiento Territorial, Política de
Gestión y Fortalecimiento Institucional se sometió a
consideración del Pleno del Consejo Regional;
Que, el Cuadro para Asignación del Personal es un
documento de gestión institucional que contiene los cargos
calif‌i cativos, def‌i nidos y aprobados de la entidad sobre
la base de su estructura orgánica vigente prevista en su
Reglamento de Organización y Funciones, asimismo ordena
la necesidad de los cargos – puestos de trabajo que una
entidad necesita para funcionar adecuadamente durante
un determinado período. En el presente caso el CAP es
la implementación del Reglamento de Organización y
Funciones aprobados por Ordenanza Regional de cada
una de las entidades benéf‌i cas. La f‌i nalidad del Cuadro
para Asignación del Personal es que contenga una correcta
def‌i nición de los cargos, acorde con la Estructura Orgánica
de la entidad y con los criterios de diseño y estructura de
la administración pública la Ley Nº 27658 – Ley Marco de
la Modernización de la Gestión del Estado con el objeto de
priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos;
Que, resulta pertinente la implementación del
Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la
Dirección Regional de Salud Ayacucho, aprobado por
Ordenanza Regional Nº 016-2010-GRA/CR de fecha 26
de julio de 2010; es de precisar que para la elaboración
el Proyecto del Cuadro para Asignación del Personal y
Cuadro Nominativo del Personal, la Dirección Regional de
Salud Ayacucho no ha tenido en consideración el Artículo
Segundo de la Ordenanza Regional Nº 016-2010-GRA/CR,
que establece la creación de cinco REDES en la Dirección
Regional de Salud, por no contar con presupuesto en
cumplimiento a la Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2011, que en su Artículo 4º señala.- De las
acciones administrativas en la ejecución del gasto público
- 4.2 ) Todo acto administrativo, acto de administración o
las resoluciones administrativos que autoricen gastos no
son ef‌i caces sino cuentan con el crédito presupuestario
correspondiente en el presupuesto institucional o
condicionan la misma a la asignación de mayores créditos
presupuestarios, bajo exclusiva responsabilidad del titular de
la entidad, así como del jefe de la Of‌i cina de Presupuesto
y del jefe de la Of‌i cina de Administración o los que hagan
sus veces, conforme lo establecido en el Artículo 7 de la Ley
Nº 27411 - Ley General del Sistema de Presupuesto. En lo
que respecta a recursos humanos en el Sub Capítulo 2º del
Gasto de Ingresos del Personal, el Artículo 6 señala.- De
los Ingresos del personal.- 6.1) Prohíbase en las entidades
del nivel del gobierno nacional, Gobiernos Regionales
y Locales el reajuste o incremento de remuneraciones,
bonif‌i caciones, dietas, asignaciones, retribuciones,
estímulos, incentivos y benef‌i cios de toda índole, cualquiera
sea su forma, modalidad, periodicidad, mecanismo y fuente
de f‌i nanciamiento; así mismo, queda prohibida la asignación
de nuevas bonif‌i caciones, asignaciones, incentivos,
estímulos, retribuciones, dietas y benef‌icios de toda índole,
con las mismas características señaladas anteriormente
(…); el numeral 6.2 establece que la prohibición incluye
el incremento de remuneraciones que pudiera efectuarse
dentro del rango tope f‌i jado para cada caso en las escalas
remunerativas respectivas;
Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley
Orgánica de Gobiernos Regionales señala que es atribución
del Consejo Regional aprobar, modif‌i car o derogar las
normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias
de competencia y funciones del Gobierno Regional;
Que, el artículo 15º del Decreto Supremo Nº 43-
2004-PCM, establece que los Cuadros para Asignación

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