Modifican artículo del Reglamento de Ordenamiento Pesquero de la Amazonía Peruana
Fecha de disposición | 18 Septiembre 2003 |
Fecha de publicación | 18 Septiembre 2003 |
Pág. 251531
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 18 de setiembre de 2003
Viceministra de la Mujer del Ministerio de la Mujer y
Desarrollo Social - MIMDES, en la que se intercambiará
experiencia y estrategias en el seguimiento a la Agenda y
Plan de Acción Iberoamericana como un efectivo meca-
nismo para mejorar la calidad de vida de la niñez y ado-
lescencia de la región;
Que, los gastos por concepto de viáticos, pasajes, y
tarifa CORPAC serán asumidos por el Fondo de las Nacio-
nes Unidas para la Infancia - UNICEF;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793,
el Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES, modificado por
el Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES, la Ley Nº 27619,
y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la doctora MARÍA ISA-
BEL ROSAS BALLINAS, Viceministra de la Mujer del Mi-
nisterio de la Mujer y Desarrollo Social, a la ciudad de San-
ta Cruz, Bolivia, del 18 al 20 de septiembre de 2003, para
el fin expuesto en la parte considerativa de la presente
Resolución.
Artículo 2º.- El cumplimiento de la presente Resolu-
ción no irrogará gasto alguno al Pliego Presupuestal del
Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social.
Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho
a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de nin-
guna clase o denominación.
Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calenda-
rio siguientes de efectuado el viaje, la señora María Isa-
bel Rosas Ballinas, Viceministra de la Mujer del Ministe-
rio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, presentará
al Despacho Ministerial un informe de las acciones
realizadas durante el viaje autorizado por la presente Re-
solución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA ELENA TOWNSEND
Ministra de la Mujer y
Desarrollo Social
17234
PRODUCE
Modifican artículo del Reglamento de
Ordenamiento Pesquero de la Amazo-
nía Peruana
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 328-2003-PRODUCE
Lima, 12 de setiembre de 2003
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 2º del Decreto Ley Nº 25977, Ley Ge-
neral de Pesca, establece que son patrimonio de la Na-
ción los recursos hidrobiológicos contenidos en aguas
jurisdiccionales y, corresponde al Estado regular el ma-
nejo integral y la explotación racional de dichos recur-
sos; considerando que la actividad pesquera es de inte-
rés nacional;
Que el citado Decreto Ley en su artículo 43º, considera
a la autorización como un derecho específico que se otor-
ga a plazo determinado para el desarrollo de las activida-
des pesqueras como son: la acuicultura en predios de pro-
piedad privada, realizar actividades de investigación, el in-
cremento de flota y la instalación de establecimientos in-
dustriales;
Que, el marco normativo pesquero adaptado a la reali-
dad de la región amazónica está regulado por el Regla-
mento de Ordenamiento Pesquero de la Amazonía Perua-
na, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 147-2001-
PE, de fecha 30 de abril de 2001, el mismo que en su artí-
culo 5º, considera el Programa de Manejo Pesquero
(MAPE), como un instrumento técnico-administrativo sub-
sidiario al presente Reglamento de Ordenamiento Pesque-
ro (ROP) y que tiene por objeto poner en práctica una ex-
plotación controlada de una especie o un conjunto de es-
pecies en un ambiente particular, bajo normas y regulacio-
nes vigiladas periódicamente;
Que, al tratarse de un instrumento técnico admi-
nistrativo, el Programa de Manejo Pesquero (MAPE) cons-
REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA
Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos
Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que,
para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en
cuenta lo siguiente:
1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin
justificar.
2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la
fecha de ser publicados.
3.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico:
normaslegales@editoraperu.com.pe.
LA DIRECCIÓN
DIARIO OFICIAL
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