Modifican artículo del Reglamento de Ordenamiento Pesquero de la Amazonía Peruana

Fecha de disposición18 Septiembre 2003
Fecha de publicación18 Septiembre 2003
Pág. 251531
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 18 de setiembre de 2003
Viceministra de la Mujer del Ministerio de la Mujer y
Desarrollo Social - MIMDES, en la que se intercambiará
experiencia y estrategias en el seguimiento a la Agenda y
Plan de Acción Iberoamericana como un efectivo meca-
nismo para mejorar la calidad de vida de la niñez y ado-
lescencia de la región;
Que, los gastos por concepto de viáticos, pasajes, y
tarifa CORPAC serán asumidos por el Fondo de las Nacio-
nes Unidas para la Infancia - UNICEF;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793,
el Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES, modificado por
el Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES, la Ley Nº 27619,
y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la doctora MARÍA ISA-
BEL ROSAS BALLINAS, Viceministra de la Mujer del Mi-
nisterio de la Mujer y Desarrollo Social, a la ciudad de San-
ta Cruz, Bolivia, del 18 al 20 de septiembre de 2003, para
el fin expuesto en la parte considerativa de la presente
Resolución.
Artículo 2º.- El cumplimiento de la presente Resolu-
ción no irrogará gasto alguno al Pliego Presupuestal del
Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social.
Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho
a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de nin-
guna clase o denominación.
Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calenda-
rio siguientes de efectuado el viaje, la señora María Isa-
bel Rosas Ballinas, Viceministra de la Mujer del Ministe-
rio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, presentará
al Despacho Ministerial un informe de las acciones
realizadas durante el viaje autorizado por la presente Re-
solución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA ELENA TOWNSEND
Ministra de la Mujer y
Desarrollo Social
17234
PRODUCE
Modifican artículo del Reglamento de
Ordenamiento Pesquero de la Amazo-
nía Peruana
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 328-2003-PRODUCE
Lima, 12 de setiembre de 2003
CONSIDERANDO:
neral de Pesca, establece que son patrimonio de la Na-
ción los recursos hidrobiológicos contenidos en aguas
jurisdiccionales y, corresponde al Estado regular el ma-
nejo integral y la explotación racional de dichos recur-
sos; considerando que la actividad pesquera es de inte-
rés nacional;
Que el citado Decreto Ley en su artículo 43º, considera
a la autorización como un derecho específico que se otor-
ga a plazo determinado para el desarrollo de las activida-
des pesqueras como son: la acuicultura en predios de pro-
piedad privada, realizar actividades de investigación, el in-
cremento de flota y la instalación de establecimientos in-
dustriales;
Que, el marco normativo pesquero adaptado a la reali-
dad de la región amazónica está regulado por el Regla-
mento de Ordenamiento Pesquero de la Amazonía Perua-
na, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 147-2001-
PE, de fecha 30 de abril de 2001, el mismo que en su artí-
culo 5º, considera el Programa de Manejo Pesquero
(MAPE), como un instrumento técnico-administrativo sub-
sidiario al presente Reglamento de Ordenamiento Pesque-
ro (ROP) y que tiene por objeto poner en práctica una ex-
plotación controlada de una especie o un conjunto de es-
pecies en un ambiente particular, bajo normas y regulacio-
nes vigiladas periódicamente;
Que, al tratarse de un instrumento técnico admi-
nistrativo, el Programa de Manejo Pesquero (MAPE) cons-
REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA
Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos
Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que,
para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en
cuenta lo siguiente:
1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin
justificar.
2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la
fecha de ser publicados.
3.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico:
normaslegales@editoraperu.com.pe.
LA DIRECCIÓN
DIARIO OFICIAL
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