RESOLUCION N° 2028-2014 - Opinan favorablemente para que BBVA Continental lleve a cabo programa de emisiones de instrumentos representativos de deuda subordinada denominado 'Cuarto Programa de Bonos Subordinados del BBVA Continental'

Fecha de disposición14 Abril 2014
Fecha de publicación14 Abril 2014
El Peruano
Lunes 14 de abril de 2014 521037
disposición en contrario de la misma que postergue su
vigencia;
Estando a lo dispuesto en los literales j) y x) del artículo
9º del Reglamento de Organización y Funciones y en la
Ley Nº 27594, con el visto de la Secretaria General, de
la Of‌i cina General de Recursos Humanos y de la Of‌i cina
General de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar, a partir del día 14 de abril
de 2014, en el cargo de conf‌i anza de Asesor del despacho
del Superintendente Nacional, al Magíster señor Jaime
Leopoldo Castro Calderón.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARIO SOLARI ZERPA
Superintendente Nacional de los
Registros Públicos
1073308-1
ORGANOS AUTONOMOS
SUPERINTENDENCIA
DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Opinan favorablemente para que BBVA
Continental lleve a cabo un programa
de emisiones de instrumentos
representativos de deuda subordinada
denominado “Cuarto Programa de Bonos
Subordinados del BBVA Continental”
RESOLUCIÓN SBS N° 2028-2014
Lima, 2 de abril de 2014
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS
Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS
DE PENSIONES
VISTA:
La solicitud presentada por el BBVA Continental
mediante comunicación del 31 de enero de 2014, para que
se otorgue opinión favorable para la emisión de instrumentos
representativos de deuda subordinada computable como
patrimonio efectivo de nivel 2 en el marco del “Cuarto
Programa de Bonos Subordinados del BBVA Continental” a
emitirse bajo las leyes de la República del Perú, hasta por
un monto de USD 100 000 000.00 (Cien millones y 00/100
dólares americanos) o su equivalente en nuevos soles, y
una vigencia de seis (06) años; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia
de Banca y Seguros, aprobada por Ley N° 26702 y sus
modif‌i catorias, en adelante Ley General, en su artículo
221°, numeral 14, faculta a las empresas a emitir y colocar
bonos, incluidos los bonos subordinados;
Que, la emisión de instrumentos f‌i nancieros se rige por
lo dispuesto en el artículo 232° de la Ley General, el que
dispone que la emisión de bonos subordinados debe ser
acordada por la Junta General de Accionistas, pudiendo
delegar tal facultad en el Directorio; y que la emisión
de los instrumentos f‌i nancieros requiere opinión previa
favorable de esta Superintendencia, siendo aplicable lo
previsto en el artículo 233° de la Ley General y la Circular
SBS N° B-2074-2000;
Que, mediante Resolución SBS N° 4727-2009 del 29
de mayo del 2009, se aprobó el Reglamento de Deuda
Subordinada aplicable a las Empresas del Sistema
Financiero, en adelante el Reglamento;
Que, el artículo 4° del Reglamento establece que las
empresas comprendidas en el literal A del artículo 16°
de la Ley General requieren opinión favorable de esta
Superintendencia para emitir instrumentos representativos
de deuda subordinada;
Que, el artículo 16° del Reglamento dispone que la
deuda subordinada redimible podrá ser considerada como
parte del patrimonio efectivo de nivel 2 de las empresas,
siempre que reúna las características generales señaladas
en el artículo 3° del Reglamento y su plazo de vencimiento
original sea mayor o igual a cinco (5) años;
Que, en sesión celebrada el 27 de marzo de 2013,
la Junta Obligatoria Anual de Accionistas del BBVA
Continental aprobó los programas marco y sus respectivas
emisiones y/o emisiones singulares de obligaciones hasta
un monto máximo en circulación de USD 4 800 000
000.00 (Cuatro mil ochocientos millones y 00/100 dólares
americanos) o su equivalente en moneda nacional u otras
monedas. Asimismo, la mencionada Junta General acordó
delegar en el Directorio la facultad de decidir la oportunidad
y número de los programas marco y sus respectivas
emisiones y/o emisiones singulares, el monto, el tipo, y en
general las demás condiciones de cada emisión, así como
la clase de obligaciones que se emitirán;
Que, en sesión de directorio del BBVA Continental,
celebrada el 19 de diciembre de 2013, se aprobó el “Cuarto
Programa de Bonos Subordinados” a ser emitidos bajo
las leyes de la República del Perú, hasta por un monto
de USD 100 000 000.00 (Cien millones y 00/100 dólares
americanos) o su equivalente en nuevos soles, con una
vigencia de seis (06) años; acordándose además facultar
a determinados directores y funcionarios para que, de
manera conjunta o individual, puedan realizar los trámites
destinados a obtener las autorizaciones correspondientes
y en general, suscribir todos los documentos que se
requieran para el cumplimiento de dicho acuerdo, así
como para la f‌i jación de las condiciones de la emisión y
sus características, sin ninguna reserva ni limitación;
Que, el BBVA Continental ha cumplido con presentar
la documentación requerida por el procedimiento N°
111 “Pronunciamiento sobre la emisión de instrumentos
representativos de deuda subordinada – Empresas del
Sistema Financiero”, del Texto Único de Procedimientos
Administrativos (TUPA), aprobado mediante Resolución
SBS N° 3082-2011 y modif‌i catorias;
Que, asimismo, el programa de bonos subordinados,
cuya opinión favorable se solicita, reúne las características
de la deuda subordinada redimible computable como
patrimonio efectivo de nivel 2, señaladas en el artículo 233°
de la Ley General y en el artículo 16° del Reglamento;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Bancaria “A”, el Departamento de Supervisión
de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones y el
Departamento Legal; y, con la opinión favorable de las
Superintendencias Adjuntas de Banca y Microf‌i nanzas,
de Riesgos y de Asesoría Jurídica;
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley
General;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Opinar favorablemente para que el
BBVA Continental lleve a cabo un programa de emisiones
de instrumentos representativos de deuda subordinada
denominado “Cuarto Programa de Bonos Subordinados del
BBVA Continental”, bajo las leyes de la República del Perú,
hasta por un monto de USD 100 000 000.00 (Cien millones
y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en nuevos
soles, con una vigencia de seis (06) años, conforme a los
términos acordados por la entidad y dentro del plazo que
a tal efecto determinó su Directorio en virtud de la facultad
otorgada por su Junta Obligatoria Anual de Accionistas.
Artículo Segundo.- Precisar que el cómputo de la
deuda subordinada emitida en el marco del programa
señalado en el artículo precedente para la determinación
del patrimonio efectivo, está sujeto a los límites
establecidos en los numerales 1 y 2 del artículo 185° de
la Ley General, y al cumplimiento de los artículos 3°, 4° y
16° del Reglamento.
Artículo Tercero.- Precisar que no procede el pago
de la deuda subordinada antes de su vencimiento ni

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