RESOLUCION N° 3116-2014 - Opinan favorablemente para que Banco GNB Perú realice el 'Primer Programa de Certificados de Depósito Negociables Banco GNB Perú'

Fecha de disposición02 Junio 2014
Fecha de publicación02 Junio 2014
El Peruano
Lunes 2 de junio de 2014 524429
Autorizan al Banco Internacional del
Perú - Interbank el cierre temporal de
oficina ubicada en el departamento de
Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 3032-2014
Lima, 21 de mayo de 2014
La Intendente General de Banca
VISTA
La comunicación del Banco Internacional del Perú
- Interbank mediante la cual informa que una de sus
of‌i cinas suspenderá la atención al público a partir del 12
de mayo de 2014, por un período de 30 días, por motivos
de remodelación, según se indica en la parte resolutiva;
y,
CONSIDERANDO:
Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la
información pertinente que justif‌i ca el cierre temporal de
la referida agencia;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Bancaria “D”; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de
la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de
Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 6285-2013; y, en
uso de las facultades delegadas mediante la Resolución
SBS Nº 12883-2009 y Resolución Administrativa SBS Nº
240-2013;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar al Banco Internacional del
Perú - Interbank el cierre temporal de su Of‌i cina Interbank
Larco ubicada en Av. Larco Nº 690, distrito de Miraf‌l ores,
provincia y departamento de Lima; a partir del 12 de mayo
del año en curso, por un período de 30 días.
Artículo Segundo.- En caso de extenderse el plazo
requerido para reanudar la atención al público, el Banco
deberá adoptar las medidas necesarias a f‌i n de informar
de manera previa el nuevo plazo tanto al público usuario
como a esta Superintendencia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA SALAS CORTÉS
Intendente General de Banca
1090151-1
Opinan favorablemente para que Banco
GNB Perú realice el “Primer Programa
de Certificados de Depósito Negociables
Banco GNB Perú”
RESOLUCIÓN SBS Nº 3116-2014
Lima, 21 de mayo de 2014
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS
Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE
PENSIONES
VISTA:
La solicitud presentada por Banco GNB Perú para que
se emita opinión favorable sobre la emisión del “Primer
Programa de Certif‌i cados de Depósito Negociables Banco
GNB Perú”, hasta por un monto máximo en circulación
de US$ 100’000,000.00 (cien millones y 00/100 dólares
americanos) o su equivalente en moneda nacional; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia
de Banca y Seguros – Ley Nº 26702, en adelante Ley
General, en su artículo 221º, numeral 14, faculta a las
empresas a emitir y colocar certif‌i cados de depósito
negociables, siempre que sean de su propia emisión;
Que, el artículo 232º de la Ley General establece
respecto de la emisión de instrumentos f‌i nancieros que
tengan la condición de valores mobiliarios y se emitan
por oferta pública, que la Superintendencia del Mercado
de Valores - SMV procederá a inscribirlos en el Registro
Público del Mercado de Valores, previa opinión favorable
expedida por Resolución de esta Superintendencia y con
la documentación precisada en el artículo 18º de la Ley
del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861;
Que, la Circular SBS Nº B-2074-2000 establece
precisiones respecto de la emisión en serie de instrumentos
f‌i nancieros por parte de las entidades del sistema f‌i nanciero,
diferenciando dos procedimientos de emisión, uno general
y otro anticipado, correspondiendo la presente solicitud a
un trámite anticipado y constatándose que se han cumplido
los requisitos exigibles para tal efecto;
Que, en sesión celebrada el 26 de noviembre de 2013 el
directorio de Banco GNB Perú aprobó el “Primer Programa
de Certif‌i cados de Depósito Negociables Banco GNB
Perú”, hasta por un monto máximo en circulación de US$
100’000,000.00 (cien millones y 00/100 dólares americanos)
o su equivalente en moneda nacional, designando a los
funcionarios facultados para determinar las características,
términos, condiciones y cualquier otro aspecto de las
emisiones al interior del programa aprobado, que no hayan
sido establecidos en dicha sesión de directorio;
Que, Banco GNB Perú ha cumplido con presentar la
documentación requerida por el Procedimiento Nº 25 “Opinión
favorable sobre emisión en serie de instrumentos f‌i nancieros
para empresas del Sistema Financiero y de Seguros”, del
Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA),
aprobado mediante Resolución SBS Nº 3082-2011, la que
se encuentra conforme; y de forma adicional, se ha cumplido
con lo previsto en la Circular SBS Nº B-2074-2000;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Bancaria “B” y el Departamento de Supervisión
de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones, y;
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley
General y sus modif‌i catorias;
RESUELVE:
Artículo Único.- Opinar favorablemente para
que Banco GNB Perú realice el “Primer Programa de
Certif‌i cados de Depósito Negociables Banco GNB
Perú”, hasta por un monto máximo en circulación de
US$ 100’000,000.00 (cien millones y 00/100 dólares
americanos) o su equivalente en moneda nacional.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG
Superintendente de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
1090612-1
Autorizan al Banco Cencosud S.A.
la apertura de oficinas especiales
temporales en el departamento de La
Libertad
RESOLUCIÓN SBS Nº 3189-2014
Lima, 26 de mayo de 2014
La Intendente General de Banca
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco Cencosud S.A.
para que esta Superintendencia autorice la apertura de
dos (2) of‌i cinas especiales temporales, de acuerdo con el
detalle descrito en la parte resolutiva; y,
CONSIDERANDO:
Que, la citada entidad ha cumplido con presentar
la documentación pertinente que justif‌i ca la apertura
temporal de las referidas of‌i cinas;

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