Oficio múltiple nº 1825-2004-SBS de Superintendencia de Banca y Seguros, 30-01-2004

Fecha30 Enero 2004
EmisorSuperintendencia de Banca y Seguros
Tipo de documentoSistema Financiero
Oficio Múltiple N° 1825-2004-SBS

Superintendencia de Banca y Seguros


Lima, 30 de enero de 2004



OFICIO MÚLTIPLE N° 1825 -2004-SBS



Señor

Gerente General

Presente.-


Ref. : Información sobre los Medios de Pago - D. Leg. Nº 939 y su Reglamento




Tengo el agrado de dirigirme a usted para comunicarle que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 5° del Decreto Legislativo N° 939 y sus modificatorias, reglamentado mediante el artículo 4° del Decreto Supremo N° 190-2003-EF, respecto a la publicación de la relación de los Medios de Pago autorizados, esta Superintendencia requiere la siguiente información:


  1. Las empresas del sistema financiero, comprendidas en el literal A del artículo 16° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y modificatorias, el Banco de la Nación, la Corporación Financiera de Desarrollo (COFIDE), el Banco Agropecuario y el Banco Central de Reserva del Perú, en adelante empresas, deberán informar a esta Superintendencia, con una anticipación mínima de diez (10) días hábiles a la fecha en que entrarán en vigencia, la relación de los...

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