OFICINA NACIONAL DE GOBIERNO INTERIOR RESOLUCION JEFATURAL 0051-2015-ONAGI-J - Aceptan renuncia, dan por concluida designaciOn y designan Gobernadores Provinciales y Distritales en diversos departamentos del paIs. RESOLUCION JEFATURAL 0051-2015-ONAGI-J
Emisor | Organismos Ejecutores |
Fecha de la disposición | 12 de Febrero de 2015 |
El Peruano
Jueves 12 de febrero de 2015 546587
ORGANISMOS EJECUTORES
OFICINA NACIONAL DE
GOBIERNO INTERIOR
Aprueban Reglamento que establece
requisitos, funciones y el procedimiento
para la designación, conclusión y
encargatura de las Autoridades Políticas
a Nivel Nacional
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 0050-2015-ONAGI-J
Lima, 9 de febrero de 2015
VISTOS:
El Informe Nº 130-2015-ONAGI-DGAP, expedido por la
Dirección General de Autoridades Políticas y el Informe Nº
038-2015-ONAGI-OGAJ, de la Ocina General de Asesoría
Jurídica de la Ocina Nacional de Gobierno Interior; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1140 se crea la
Ocina Nacional de Gobierno Interior como Organismo
Público Ejecutor, con personería jurídica de derecho
público interno, con autonomía administrativa, funcional,
técnica, económica y presupuestaria en el ejercicio de sus
funciones, con calidad de pliego presupuestal, adscrita al
Ministerio del Interior;
Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2013-IN, se
aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de
la Ocina Nacional de Gobierno Interior, documento de
gestión que establece las funciones y estructura orgánica
de la Entidad;
Que, la Comisión Técnica encargada del proceso de
elaboración del nuevo Reglamento de Autoridades Políticas
y de otorgamiento de garantías personales e inherentes al
orden público de la Ocina Nacional de Gobierno Interior,
aprobado por Resolución Jefatural N° 0538-2014-ONAGI-J
de fecha 02 de octubre de 2014; propone el proyecto del
Reglamento que establece los requisitos, funciones y el
procedimiento para la designación, conclusión y encargatura
de las Autoridades Políticas, para su aprobación;
Que, mediante Informe de Vistos, elaborado por la
Ocina General de Asesoría Jurídica de la Ocina Nacional
de Gobierno Interior, quien concluye que es viable aprobar
el Reglamento que establece los requisitos, funciones
y el procedimiento para la designación, conclusión y
encargatura de las Autoridades Políticas, de acuerdo a la
propuesta realizada por la Dirección General de Autoridades
Políticas de la Ocina Nacional de Gobierno Interior; en ese
sentido, resulta necesario instituir criterios uniformes en el
procedimiento para la designación, conclusión y encargatura
de las autoridades políticas, con la nalidad de garantizar el
correcto desempeño en el ejercicio de sus funciones en el
marco de la legislación vigente;
Que, el literal I) del artículo 8° del Reglamento de
Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo
N° 003-2013-IN del 03 de abril de 2013, establece que
dentro de las funciones de la Jefatura Nacional de la
Entidad, se encuentra la de emitir resoluciones, aprobar
directivas y demás disposiciones normativas de su
competencia, que regulen el adecuado funcionamiento de
la Ocina Nacional de Gobierno Interior; y,
Con el visto de la Dirección General de Autoridades
Políticas, de la Ocina General de Planeamiento y
Presupuesto y de la Ocina General de Asesoría Jurídica
de la Ocina Nacional de Gobierno Interior; y,
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1140 y el
Decreto Supremo Nº 003-2013-IN, de la Ocina Nacional
de Gobierno Interior;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Reglamento que establece
los requisitos, funciones y el procedimiento para la
designación, conclusión y encargatura de las Autoridades
Políticas a Nivel Nacional, el mismo que forma parte
integrante del Reglamento citado.
Artículo 2.- Disponer que la publicación del
Reglamento que establece los requisitos, funciones
y el procedimiento para la designación, conclusión y
encargatura de las Autoridades Políticas a Nivel Nacional,
se efectúe, en el Portal Electrónico Institucional de la
Ocina Nacional de Gobierno Interior, el mismo día que
se publique la presente Resolución Jefatural en el Diario
Ocial “El Peruano”.
Artículo 3.- Disponer que la Dirección General de
Autoridades Políticas de la Ocina Nacional de Gobierno
Interior, realice la impresión y difusión del Reglamento
aprobado mediante el artículo 1 de la presente Resolución
Jefatural, tanto en el ámbito de la sede central como a los
órganos desconcentrados a nivel nacional.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN ENRIQUE PESTANA URIBE
Jefe de la Ocina Nacional
de Gobierno Interior (e)
1199147-1
Aceptan renuncia, dan por concluida
designación y designan Gobernadores
Provinciales y Distritales en diversos
departamentos del país
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 0051-2015-ONAGI-J
Lima, 9 de febrero de 2015
VISTOS:
Los informes N° 076-2015-ONAGI-DGAP, N° 069-
2015-ONAGI-DGAP, N° 074-2015-ONAGI-DGAP, N°
061-2015-ONAGI-DGAP, N° 068-2015-ONAGI-DGAP, N°
075-2015-ONAGI-DGAP y N° 067-2015-ONAGI-DGAP
emitidos por la Dirección General de Autoridades Políticas
de la Ocina Nacional de Gobierno Interior; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 4 del artículo 10 del Decreto
Legislativo N° 1140, de fecha 10 de diciembre de 2012,
que crea la Ocina Nacional de Gobierno Interior, en
concordancia con el literal i) del artículo 8 del Reglamento
de Organización y Funciones de la Ocina Nacional de
Gobierno Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 003-
2013-IN, establecen que entre las funciones del Jefe de
la Ocina Nacional de Gobierno Interior se encuentra la
de designar, remover y supervisar a los Gobernadores
Provinciales y Distritales;
Que, según lo indicado en el literal b) del artículo 50
del precitado Reglamento de Organización y Funciones,
la Dirección General de Autoridades Políticas tiene
como función proponer la designación y remoción de los
Gobernadores Provinciales y Distritales;
Que, de acuerdo a las propuestas realizadas por la
Dirección General de Autoridades Políticas de la Ocina
Nacional de Gobierno Interior sobre, contenidas en los
informes de vistos;
Que, de conformidad con el numeral 17.1 del artículo 17
de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo
General, la autoridad podrá disponer en el mismo acto
administrativo que tenga ecacia anticipada a su emisión,
solo si fuera más favorable a los administrados, y siempre
que no lesione derechos fundamentales o intereses de
buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera
en la fecha a la que pretenda retrotraerse la ecacia del
acto, el supuesto de hecho justicado para su adopción;
Con el visado del Jefe de la Ocina General de
Asesoría Jurídica de la Ocina Nacional de Gobierno
Interior y del Director General de la Dirección General de
Autoridades Políticas de la Ocina Nacional de Gobierno
Interior; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158,
que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el
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